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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (20/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 4

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de setiembre de 2012 474770 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Modifican la R.M. Nº 146-2012-PCM, mediante la cual se crea Comisión Sectorial con el objeto de estudiar, evaluar y analizar la estructura, funcionamiento y reorganización del CONCYTEC RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 236-2012-PCM Lima, 19 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 067-2012- PCM, publicado el 16 de junio de 2012, se adscribió el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, la Primera Disposición Complementaria de la precitada norma otorga el plazo de 5 (cinco) días hábiles, contado a partir de la vigencia del Decreto Supremo antes invocado, para la creación de una Comisión Sectorial de naturaleza temporal que tenga por objeto el estudio, evaluación y análisis sobre la estructura, funcionamiento y reorganización del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC; Que, el numeral 1 del artículo 36 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que las comisiones sectoriales son de naturaleza temporal, creadas con fi nes específi cos para cumplir funciones de fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos. Se crean formalmente por resolución ministerial del titular a cuyo ámbito de competencia corresponden; Que, en este contexto, corresponde crear la Comisión Sectorial de naturaleza temporal mencionada en los considerandos precedentes, conforme lo establece la Primera Disposición Complementaria del Decreto Supremo Nº 067-2012-PCM; Que, por Resolución Ministerial Nº 146-2012-PCM se dictaron disposiciones para la regulación del accionar de la mencionada Comisión Sectorial; Que, resulta pertinente dictar disposiciones normativas para optimizar la operatividad de la mencionada Comisión Especial; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo Nº 067-2012-PCM, que adscribe el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC a la Presidencia del Consejo de Ministros; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifíquese los artículos 2 y 4 de la Resolución Ministerial N° 146-2012-PCM, los que quedarán redactados de la siguiente manera: “Artículo 2.- Conformación de la Comisión Sectorial de naturaleza temporal La Comisión Sectorial de naturaleza temporal estará conformada por: -Dos (2) representantes de la Presidencia del Consejo de Ministros, uno de los cuales lo presidirá; y, - Un (1) representante del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC. La designación de los representantes antes mencionados será realizada por Resolución Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros. La Comisión Sectorial de naturaleza temporal deberá instalarse en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles contado a partir del día siguiente de la designación de los representantes ante la Comisión Sectorial acotada. La indicada Comisión Sectorial contará con un Secretario Técnico, que será designado por el Presidente de la Comisión. Asimismo, la referida Comisión Sectorial podrá convocar a profesionales de las entidades públicas y/o privadas vinculadas a las materias de ciencia, tecnología e innovación tecnológica; entre otros técnicos especializados, cuyas participaciones se estime necesaria para la consecución de su objeto, sin que ello genere recursos adicionales al Tesoro Público.” “Artículo 4.- Gastos de la Comisión Sectorial Los gastos que demande el funcionamiento de la referida Comisión Sectorial serán de cargo a los presupuestos institucionales de las entidades representadas en la Comisión, según corresponda.” Artículo 2.- De la colaboración y apoyo a la Comisión Sectorial. Las diversas dependencias de la Presidencia del Consejo de Ministros deberán prestar la colaboración y el apoyo que requiera la Comisión Sectorial para la consecución de los objetivos trazados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 843853-1 AGRICULTURA Encargan funciones de Director de la Dirección Zonal Tacna del Programa AGRO RURAL RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 135-2012-AG-AGRO RURAL-DE Lima, 19 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 130- 2012-AG-AGRO RURAL-DE se estableció la Dirección Zonal Tacna, cuya jurisdicción abarca las zonas rurales de menor desarrollo económico en el ámbito agrario de la Región Tacna; Que, por necesidad del servicio, se ha visto pertinente encargar las funciones de Director de la citada Dirección Zonal en tanto se designe al titular; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la Participación el Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en uso de las atribuciones conferidas en el Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 1120-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- ENCARGAR al ING. JUAN CARLOS BARAHONA SÁNCHEZ, profesional de la Dirección Zonal Arequipa, las funciones de Director de la Dirección Zonal Tacna del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural AGRO RURAL, con retención de su cargo y en tanto se designe al titular. Artículo 2º.- DISPONER la publicación de la presente en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo