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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (20/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de setiembre de 2012 474782 Extienden plazo para la formulación del presupuesto multianual del gasto público 2013-2016, establecido por la Directiva Nº 004-2012-EF/50.01 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 022-2012-EF/50.01 Lima, 19 de Setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 13° de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 3° y 4º de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Dirección General de Presupuesto Público es el órgano rector y constituye la más alta autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto, dicta las normas y establece los procedimientos relacionados a su ámbito; Que, los literales a) y c) del numeral 13.2 del artículo 13° de la Ley N° 28112, en concordancia con los literales a) y c) del artículo 4° de la Ley N° 28411, establecen como atribuciones de la Dirección General de Presupuesto Público, programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; Que, de conformidad con la Resolución Directoral Nº 012-2012-EF/50.01 se aprobó la Directiva Nº 004-2012- EF/50.01 “Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público”, cuyo numeral 15.2 del artículo 15° de dicha Directiva establece que los Pliegos formulan el presupuesto multianual hasta el 20 de setiembre de cada año fi scal; Que, es necesario extender el plazo para que los Pliegos formulen de forma adecuada el presupuesto multianual del gasto público 2013-2016, hasta el día 26 de setiembre de 2012; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13º de la Ley Nº 28112 – Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3º y 4º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y el Decreto Legislativo Nº 183 modifi cado por el Decreto Legislativo Nº 325 Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas; SE RESUELVE: Artículo Único.- Extender hasta el día 26 de setiembre de 2012 el plazo para la formulación del presupuesto multianual del gasto público 2013-2016, establecido por la Directiva N° 004-2012-EF/50.01 “Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto del Sector Público”. Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO ACUÑA NAMIHAS Director General Dirección General de Presupuesto Público 843851-1 EDUCACION Modifican la R.M. Nº 0490-2005- ED, sobre reincorporación de ex trabajadores cuyos ceses han sido reconocidos como irregulares en la Sede Central del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0357-2012-ED Lima, 18 de setiembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0490-2005- ED de fecha 27 de julio de 2005, se dispuso nombrar, a partir del 1 de agosto de 2005, a los trabajadores cuyos ceses han sido reconocidos como irregulares en la Sede Central del Ministerio de Educación, al amparo de lo dispuesto por la Ley Nº 27803, modifi cada por la Ley Nº 28299; Que, la Ley Nº 27803, Ley que implementa las recomendaciones derivadas de las Comisiones Creadas por las Leyes Nº 27452 y Nº 27586 encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados en las empresas del Estado sujetas a procesos de promoción de la inversión privada y en las entidades del Sector Público y Gobiernos Locales, establece que los ex trabajadores cuyos ceses hayan sido declarados irregulares pueden optar, entre otros, por el benefi cio de la reincorporación o reubicación laboral; Que, el artículo 11 de la precitada Ley, dispone que se reincorporen a sus puestos de trabajo o se reubiquen en cualquier otra entidad del Sector Público y de los Gobiernos Locales, según corresponda al origen de cada trabajador, sujeto a la disponibilidad de plazas presupuestadas vacantes de carácter permanente correspondientes, a los ex trabajadores de las entidades del Estado que fueron cesados irregularmente u obligados a renunciar compulsivamente; Que, de acuerdo con el artículo 23 del Reglamento de la mencionada ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2002-TR, la reincorporación deberá entenderse como un nuevo vínculo laboral, generado ya sea mediante contratación o nombramiento; en tal medida, el régimen laboral, condiciones remunerativas, condiciones de trabajo y demás condiciones que corresponderá a los ex trabajadores que opten por el benefi cio de reincorporación o reubicación Laboral, será el que corresponda a la plaza presupuestada vacante a la que se accede, tomando como referencia la plaza que ocupaba al momento del cese; Que, en ese sentido, de acuerdo con las normas antes mencionadas, le correspondía al Ministerio de Educación reincorporar a aquellos ex trabajadores cuyos ceses han sido reconocidos como irregulares y se encuentren debidamente inscritos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente; Que, el numeral 201.1 del artículo 201 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrativos, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido en el sentido de la decisión; Que, asimismo, el numeral 201.2 del citado artículo, dispone que la rectifi cación adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original; por lo que corresponde rectifi car la Resolución Ministerial Nº 0490-2005-ED, guardando la misma formalidad; De conformidad, con lo previsto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 006-2012-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) del Ministerio de Educación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi car el Artículo Único de la Resolución Ministerial Nº 0490-2005-ED, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo Único.- Reincorporar, a partir del 1 de agosto de 2005, a los ex trabajadores cuyos ceses han sido reconocidos como irregulares en la Sede Central del Ministerio de Educación, según el siguiente detalle: (…)” Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 843267-1