NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (23/09/2012)
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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 23 de setiembre de 2012 475029 PR de fecha 08 de julio del 2008 y Ordenanza Regional Nº 009-2011-GR.LAMB/CR de fecha 29 de abril del 2011, que aprueba la actualización del Reglamento de Organización y Funciones - R,O.F. del Gobierno Regional Lambayeque; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado representado por el Gobierno Regional Lambayeque del terreno ERIAZO ubicado en el Distrito de Olmos, Provincia de Lambayeque, Departamento de Lambayeque, denominado “TERRA OLMOS” con un área de 393.32 Has, según el plano de ubicación-perimétrico en coordenadas UTM y memoria descriptiva, que sustentan la presente Resolución, teniendo las siguientes medidas perimétricas y colindancias que se detallan a continuación: Por el Norte: Colinda con predio eriazo: Sector III Zona en controversia entre las Comunidades Campesinas de Olmos, San Martín de Sechura, San Pedro de Mórrope, y el Estado( predio Santa Ana) en línea recta, entre los vértices (4-I) con una distancia total de 1,979.7166 metros lineales Por el Sur: Colinda con predio eriazo: Sector III Zona en controversia entre las Comunidades Campesinas de Olmos, San Martín de Sechura, San Pedro de Mórrope, y el Estado( predio Santa Ana) en línea recta, entre los vértices (2-3) con una distancia total de 1,977.5350 metros lineales. Por el Este: Colinda con terreno eriazo: Sector III Zona en controversia entre las Comunidades Campesinas de Olmos, San Martín de Sechura San Pedro de Mórrope, y el Estado (predio Santa Ana) , en línea recta entre los vértices (1-2) con una distancia total de 2,001.7098 metros lineales. Por el Oeste.- Colinda con terreno eriazo: Colinda con terreno eriazo: Sector III Zona en controversia entre las Comunidades Campesinas de Olmos, San Martín de Sechura, San Pedro de Mórrope, y el Estado (predio Santa Ana), en línea recta entre los vértices (3-4), con una distancia total de 1,974.0671 metros lineales. Artículo Segundo.- La zona Registral Nª II sede CHICLAYO de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos por el merito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado representado por el Gobierno Regional Lambayeque, del terreno descrito en el artículo primero de la presente resolución en el Registro de Predios de CHICLAYO. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VICTOR HUGO MIRANDA MONTEZA Jefe Regional Ofi cina Regional de Administración 844947-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Aprueban la Actualización del Plan de Desarrollo Concertado 2012 - 2021 del distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 262/MDC Carabayllo, 13 de Setiembre del 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO POR CUANTO: El Concejo Municipal de Carabayllo, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTOS: El Dictamen Nº 009-2012-CEPyP/MDC de la Comisión Permanente de Economía, Planeamiento y Presupuesto, la misma que se pronuncia sobre el Proyecto de Ordenanza que propone la Actualización del Plan de Desarrollo Concertado del Distrito de Carabayllo, y el Informe Nº 624-2012-GPPCI/MDC mediante el cual la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, hace de conocimiento la conclusión de los trabajos realizados para la Actualización del Plan de Desarrollo Concertado 2012-2021, elaborado en un trabajo conjunto entre la población, municipio y las instituciones públicas y privadas, teniendo en cuenta la normatividad legal vigente a nivel distrital, regional y nacional, contando con el trabajo activo del Equipo Técnico del Municipio y la asistencia técnica de la Universidad Católica Sedes Sapientiae; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 27680, establece en su Artículo 194º que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los Órganos del Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con los artículos 195º, 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional se aprueba el Capítulo sobre Descentralización, estableciéndose que las Municipalidades aprueban el Plan de Desarrollo Local Concertado con la Sociedad Civil; promueven, apoyan y reglamentan la participación de la población y rinden cuenta de su ejecución anualmente, bajo responsabilidad, conforme a Ley; Que, mediante Ordenanza Nº 174-2009-A/MDC del 11 de Junio del 2009 se aprueba el Plan de Desarrollo Concertado (PDC) del Distrito de Carabayllo al 2015, defi niéndolo como un instrumento de planifi cación a través del cual se organiza, regula y orienta el cumplimiento del Programa del Gobierno, de manera concertada entre la comunidad y el Gobierno Local en concordancia con los lineamientos Regionales y Nacionales. Que, en la necesidad de tener un Plan de Desarrollo Concertado, teniendo en cuenta las Normas Legales vigentes, en tanto en la actualidad se han producido cambios sustanciales, se hizo necesario que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 372-2011-A/MDC, de fecha 12 de Setiembre del 2011, se designe el Comité Técnico encargado de la Actualización del Plan de Desarrollo Concertado del Distrito acorde con lineamientos establecidos a Nivel Regional y Nacional en concordancia con el Plan de Desarrollo Nacional: “Plan Bicentenario: El Perú hacia el 2021”; Que, mediante Informe Nº 624-2012-GPPCI/MDC, el Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional, refi ere que para la actualización del Plan de Desarrollo Concertado del distrito, se realizó un diagnóstico distrital a partir de datos cuantitativos y cualitativos los cuales permitieron caracterizar la realidad del Distrito y facilitaron el reconocimiento de las potencialidades de desarrollo, la ejecución fue hecha con el apoyo de las unidades orgánicas del municipio, de las entidades públicas y privadas tanto del distrito como a nivel metropolitano y nacional, así como de la Universidad Católica Sedes Sapientiae mediante su equipo profesional del Observatorio de Desarrollo Territorial. Acota que en el Proceso de Elaboración del Plan de Desarrollo Concertado al 2021, concluido el diagnóstico se elaboró la visión de desarrollo y se diseñaron las líneas y objetivos estratégicos sobre la base de los programas y proyectos viabilizados o en proceso, vinculando Plan y Presupuesto con posibilidad de ser ejecutados y se realizó en función de los Aspectos del Desarrollo Económico, Desarrollo Social y Cultural, Desarrollo Físico Ambiental y Desarrollo Político Institucional, constituyéndose cuatro líneas estratégicas en función de ello; Que, la Municipalidad Distrital de Carabayllo, formula la actualización del Plan de Desarrollo Concertado de Carabayllo, diseñado y construido en base al consenso de todas las personas, líderes y lideresas de nuestro distrito,