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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (23/09/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 22

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 23 de setiembre de 2012 475020 3º DISPONER, que a través de la Ofi cina General de Administración, el egreso que origine la presente Resolución se afecte al Programa 006: “Formación Universitaria de Pregrado”, Producto 3000001: “Acciones Comunes”, Actividad 5001549: “Gestión Administrativa para Apoyar la Actividad Académica”, Función 22: “Educación”, División Funcional 019: “Educación Superior”, Grupo Funcional 0109: “Educación Superior Universitaria”, Específi cas del Gasto 2.3.2.1.1.1 y 2.3.2.1.1.2 antes señaladas, con cargo a los recursos directamente recaudados de la administración central, girándose el cheque de acuerdo a lo establecido en las normas de tesorería, debiendo el docente fi nanciado presentar el comprobante de pago dentro de los plazos señalados de acuerdo a las normas de tesorería. 4º DISPONER, que para efectos del registro del gasto público, el docente fi nanciado adjunte la correspondiente relación de cuentas debidamente revisada por la Ofi cina de Contabilidad y Presupuesto; asimismo, que esta Ofi cina solicite la certifi cación respectiva a través del Sistema Integrado de Administración Financiera. 5º DEMANDAR, que el docente fi nanciado presente al Vicerrectorado de Investigación un informe académico y copia de su constancia de participación en el evento materia de fi nanciamiento, conforme a la Directiva Nº 003-2011-R “Directiva para la presentación de Informes Académicos por docentes de la Universidad Nacional del Callao”, aprobada por Resolución Nº 999-2011-R del 14 de octubre del 2011; en el plazo de quince días posteriores a la culminación del mismo. 6º TRANSCRIBIR, la presente Resolución a los Vicerrectores, Escuela de Posgrado, Vicerrectorado de Investigación, Ofi cina de Planifi cación, Ofi cina de Asesoría Legal, Ofi cina General de Administración, Ofi cina de Archivo General y Registros Académicos, Órgano de Control Institucional, Ofi cina de Personal, Unidad de Escalafón, Unidad de Remuneraciones, Ofi cina de Contabilidad y Presupuesto, Ofi cina de Tesorería, ADUNAC, e interesado, para conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y archívese. MANUEL A. MORI PAREDES Rector 844931-4 UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 772-2012-R Callao, 11 de setiembre del 2012 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO Visto el Ofi cio Nº 495-2012-DFIPA (Expediente Nº 17624) el 29 de agosto del 2012, mediante el cual el profesor Dr. Ing. DAVID VIVANCO PEZANTES, Decano de la Facultad de Ingeniería Pesquera y de Alimentos solicita fi nanciamiento para su participación en la Misión Académica Alemania- España-Francia-Italia, a invitación de la Alianza Estratégica así como el respectivo fi nanciamiento para dicha visita a realizarse del 12 al 27 de octubre del 2012. CONSIDERANDO: Que, la capacitación permanente es un derecho inherente a la docencia universitaria, así también, es un deber de los profesores universitarios el perfeccionamiento de sus conocimientos y capacidad docente, así como realizar labor intelectual creativa, de acuerdo con lo normado en los Arts. 250º y 293º Inc. c) del Estatuto de la Universidad, concordante con los Arts. 43º y 51º Inc. c) de la Ley Universitaria, Ley Nº 23733; Que, además, los profesores universitarios tienen derecho a recibir subvención y/o fi nanciamiento para realizar estudios de Maestría, Doctorado y capacitación o perfeccionamiento en el área correspondiente, preferentemente en su especialidad, en concordancia con el Art. 296º Inc. m) del Estatuto de esta Casa Superior de Estudios; Que, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, en sus Arts. 2º y 5º, concordantes con los Arts. 2º y 10º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional; asimismo, que dentro de los quince días calendarios siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público presentará ante el titular del pliego de su institución un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas correspondiente; Que, de conformidad con lo establecido en el Art. 83º del Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, aplicable supletoriamente al caso materia de los autos, la Comisión de Servicios es el desplazamiento temporal del servidor fuera de la sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente, para realizar funciones según el nivel de carrera y especialidad alcanzados que estén directamente relacionados con los objetivos institucionales, y no excederá en ningún caso el máximo de treinta (30) días calendarios por vez; Que, el Presidente de la Alianza Estratégica, integrada por las Universidades Nacionales Mayor de San Marcos, de Ingeniería, Agraria de la Molina, y la Universidad Nacional del Callao, invita al Decano de la Facultad de Ingeniería Pesquera y de Alimentos de esta Casa Superior de Estudios para participar, en representación de nuestra Universidad, en la Misión Académica Alemania-España-Francia-Italia, que se realizará del 12 al 27 de octubre del 2012, con el objetivo de fi jar parámetros para la modernización de la Universidad y el desarrollo regional; comprendiendo dicha Misión Académica la visita a las Universidades de: Bologna, Sapienza, Politécnico de Torino, en Italia; Panthéon – Sorbonne, Paris – Est, Écoles de la Red Paris – Tech, entre otras, en Francia; Hochschule Karlsruhe – Technik Und Wirtschaft, Universität Siegen, Cologne University of Applied Sciences, Justus Liebig Universität Giessen, Universität Bremen, Universität Bonn, Hochschule Offenburg – University of Applied Sciences, entre otras, en Alemania; la Universidad Politécnica de Madrid, la Universidad Complutense de Madrid, la Universidad Politécnica de Valencia, entre otras, en España; Que, mediante el Ofi cio del visto, el Decano de la Facultad de Ingeniería Pesquera y de Alimentos remite la Resolución Nº 184-2012-CFIPA, por la que se propone otorgar fi nanciamiento al peticionante con cargo a los recursos directamente recaudados de dicha Facultad; Que, la participación del profesor Dr. Ing. DAVID VIVANCO PEZANTES en la mencionada Misión Académica benefi ciará a la Facultad de Ingeniería Pesquera y de Alimentos y a la Comunidad Universitaria de la Universidad Nacional del Callao en general, en su proceso de Autoevaluación, contribuyendo a elevar su nivel académico y calidad de enseñanza; asimismo, redundará a favor de la imagen de nuestra región; siendo necesario brindar el fi nanciamiento para su participación en dicha Misión, desde el 12 al 27 de octubre del 2012; Estando a lo glosado; al Informe Nº 1630-2012-UPEP- OPLA y Proveído Nº 990-2012-OPLA recibidos de la Ofi cina de Planifi cación el 06 de setiembre del 2012; al Informe Legal Nº 1147-2012-AL, recibido de la Ofi cina de Asesoría Legal el 07 del setiembre del 2012; y, en uso de las atribuciones que le confi eren los Arts. 158º y 161º del Estatuto de la Universidad, concordantes con el Art. 33º de la Ley Nº 23733; RESUELVE: 1º AUTORIZAR la participación, en COMISIÓN DE SERVICIOS, por interés institucional, en representación de esta Casa Superior de Estudios, del profesor Dr. Ing. DAVID VIVANCO PEZANTES, Decano de la Facultad de Ingeniería Pesquera y de Alimentos de la Universidad Nacional del Callao, en la Misión Académica Alemania-España-Francia- Italia, a invitación del Presidente de la Alianza Estratégica, por la cual se visitarán universidades de Alemania, España, Francia e Italia, a partir del 12 al 27 de octubre del 2012. 2º OTORGAR, fi nanciamiento al mencionado docente por el monto total de U$ 5,875.00 (cinco mil ochocientos setenta y cinco con 00/100 dólares americanos), al cambio del día en moneda nacional, para sufragar parcialmente los gastos que irrogue su asistencia a la citada Misión Académica, según el siguiente detalle: a) Específi ca del Gasto 2.3.2.1.1.2: “Viáticos y Asignaciones por Comisión de Servicios” Viáticos: Hospedaje, Alimentación y Movilidad local U$ 200.00 x 17 = US$ 3,400.00