Norma Legal Oficial del día 23 de septiembre del año 2012 (23/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 23 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

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Organizacion del INDECOPI, a solicitud de los organos funcionales pertinentes, el Consejo Directivo del Indecopi podra ordenar la publicacion de resoluciones en el Diario Oficial "El Peruano" cuando lo considere necesario por ser de importancia para proteger los derechos de los consumidores20. 47. Dada la relevancia juridica del presente caso por cuanto concierne a los alcances del deber de idoneidad en la venta de productos en el MORDAZA de una relacion de consumo, corresponde solicitar al Consejo Directivo del INDECOPI, la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano" para su conocimiento y difusion. RESUELVE:

ORGANOS AUTONOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA
Autorizan viaje del Presidente del BCRP para participar en evento a realizarse en EE.UU.
RESOLUCION DE DIRECTORIO N° 063-2012-PRE000 MORDAZA, 19 de setiembre de 2012

Primero.- Declarar fundado el recurso de revision planteado por Importaciones Hiraoka S.A.C. contra la Resolucion 207-2012/ILN-CPC del 7 de marzo de 2012, emitida por la Comision de Proteccion al Consumidor ­ Sede MORDAZA Norte por la causal de interpretacion erronea del articulo 19º de la Ley 29571, Codigo de Proteccion y Defensa del Consumidor, en tanto se interpreto erroneamente los alcances del deber de idoneidad en la venta de productos, toda vez que la simple constatacion de alguna MORDAZA en el funcionamiento de un producto no constituye per se una infraccion al deber de idoneidad, pues solo se configurara tal infraccion si ante dicha eventualidad el proveedor limito, excluyo o denego la aplicacion de los mecanismos de solucion reconocidos por ley u ofrecidos explicita o implicitamente por el proveedor. Segundo.- Revocar la Resolucion 207-2012/ILN-CPC que confirmo la Resolucion 545-2011/ILN-PS0 del 21 de diciembre de 2011, emitida por el Organo Resolutivo de Procedimientos Sumarisimos de MORDAZA Norte y, en consecuencia, declarar infundada la denuncia de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra Importaciones Hiraoka S.A.C., toda vez que la denunciada no limito, excluyo ni denego la aplicacion de los mecanismos de solucion reconocidos por ley u ofrecidos explicita o implicitamente por el proveedor. Asimismo, se deja sin efecto la medida correctiva, el pago de costas y costos y la multa de 0,5 UIT impuesta a Importaciones Hiraoka S.A.C., por resultar accesorias al pronunciamiento sustantivo revocado. Tercero.- Solicitar al Consejo Directivo del INDECOPI la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial "El Peruano" para su conocimiento y difusion. Con la intervencion de los senores vocales MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Serelle, MORDAZA MORDAZA Arrus MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Alberti y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Garcia. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente

CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido invitacion de International Economic Alliance y Peruvian Business Council, para que el Presidente del Banco Central de Reserva del Peru participe en el 5th Annual Global Investment Symposium, a realizarse en el Harvard Club los dias 26 y 27 de setiembre, en la MORDAZA de Nueva MORDAZA, Estados Unidos de America; En dicha reunion, en la que participaran las altas autoridades de diversos paises, ademas de las industrializadas y de paises emergentes, asi como inversionistas estrategicos internacionales, se buscara promover el Peru a nivel mundial y consolidar la confianza del inversionista en nuestro MORDAZA, en particular en las areas de mineria y finanzas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N°27619 y el Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, y estando a lo acordado por el Directorio en su sesion del 13 de setiembre de 2012; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Autorizar la mision en el exterior del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en la MORDAZA de Nueva MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, los dias 26 y 27 de setiembre, y al pago de los gastos, a fin de que participe en la reunion indicada en la parte considerativa de la presente Resolucion Articulo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje sera como sigue: Pasajes Viaticos TOTAL US$ 1550,00 US$ 440,00 -----------------US$ 1990,00

Articulo 3°.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Publiquese. MORDAZA MORDAZA Presidente 844660-1

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional del Callao a Alemania, Espana, MORDAZA e Italia, en comision de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO RESOLUCION RECTORAL Nº 759-2012-R Callao, 11 de setiembre del 2012 EL RECTOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO Visto el Oficio Nº 429-2012-D-FIIS (Expediente Nº 17831) recibido el 06 de setiembre del 2012, mediante el cual el Decano de la Facultad de Ingenieria Industrial y de

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DECRETO LEGISLATIVO 807. LEY DE FACULTADES, NORMAS Y ORGANIZACION DEL INDECOPI. TITULO VII. PUBLICACION DE JURISPRUDENCIA ADMINISTRATIVA. Articulo 43.- Las resoluciones de las Comisiones, de las Oficinas y del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual que al resolver casos particulares interpreten de modo expreso y con caracter general el sentido de la legislacion constituiran precedente de observancia obligatoria, mientras dicha interpretacion no sea modificada por resolucion debidamente motivada de la propia Comision u Oficina, segun fuera el caso, o del Tribunal de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual. El Directorio de Indecopi, a solicitud de los organos funcionales pertinentes, podra ordenar la publicacion obligatoria de las resoluciones que emita la institucion en el Diario Oficial El Peruano cuando lo considere necesario por tener dichas resoluciones, las caracteristicas mencionadas en el parrafo anterior o por considerar que son de importancia para proteger los derechos de los consumidores.

844537-1

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