Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2012 (27/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 98

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de setiembre de 2012

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Rectifican la Resolucion Gerencial N° 037-2012-MDSJL-GDU, sobre declaracion de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en la urbanizacion MORDAZA Grande
RESOLUCION GERENCIAL Nº 082-2012-MDSJL-GDU
San MORDAZA de Lurigancho, 24 de setiembre de 2012 LA GERENCIA DE DESARROLLO MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO: El Registro Nº 55121-D1-2012, presentado por el senor Enrry de la MORDAZA Magallanes, en calidad de representante de la Asociacion Pro Vivienda "Garagay", propietaria y a su vez representante de los copropietarios del terreno ubicado en la Unidad 14 de la Urbanizacion MORDAZA Grande, asi como el Informe Nº 143-2012-SGHU-GDU/MDSJL de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y el Informe Nº 171-2012MDSJL-GDU/AL de la Asesoria Legal de la Gerencia de Desarrollo Urbano; CONSIDERANDO: Que, mediante Registro Nº 08455-A1-2011, la Asociacion Pro Vivienda "Garagay", en calidad de propietaria y representante de los copropietarios del predio ubicado en la Unidad 14 de la Urbanizacion MORDAZA Grande, distrito de San MORDAZA de Lurigancho, provincia y departamento de MORDAZA, solicita se tenga en cuenta el Articulo 24º de la Ley Nº 29090 para la declaracion de la Habilitacion MORDAZA de Oficio del precitado predio; Que, mediante Resolucion Gerencial Nº 037-2012MDSJL-GDU, la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, en uso de la facultad delegada a traves del Decreto de Alcaldia Nº 616, declara la Habilitacion MORDAZA de Oficio del terreno de 502,312.80 m2, ubicado en la Urbanizacion MORDAZA Grande - Unidad 14, inscrito en la Ficha Nº 134043 y continuada en la Partida Nº 43018620 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima; asimismo, se aprueba el Plano de Ubicacion (U01), el Plano Perimetrico (P-01) y el Plano de Lotizacion (L-01), con su Memoria Descriptiva respectiva, asi como el Cuadro de Areas y el Cuadro de Manzanas por Lote senalados en el Anexo Nº 01; Que, mediante Informe Nº 143-2012-SGHU-GDU/ MDSJL, la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas senala que revisado la documentacion obrante en sede municipal, se advierte que la Esquela de Observacion denominado Propiedad Inmueble (PI 035) emitido por la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP, corresponde a observaciones detectadas en los MORDAZA y datos tecnicos anexadas a la Resolucion Gerencial expedida, los cuales resultan ser subsanables y que deberan ser adecuados con los antecedentes registrales del predio; asimismo, se recomienda aprobar nuevos planos debidamente firmados por el funcionario competente y se anexe a la precitada Resolucion la relacion de lotes independizados a favor de la Asociacion Pro Vivienda "Garagay" cuyas partidas registrales serian materia de modificacion conforme a la verificacion efectuada durante el presente procedimiento excepcional. Que, mediante Informe Nº 171-2012-MDSJL-GDU/AL, la Asesoria Legal de la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, luego del analisis en los actuados administrativos y la informacion tecnica correspondiente, indica que la Resolucion Administrativa presenta errores materiales en su contenido, los cuales aunado a la observacion detectada por la SUNARP, son pasibles de correccion por el mismo organo y con efecto retroactivo, al no alterarse la cuestion de fondo ni el sentido de lo resuelto; opinando por

la rectificacion de la Resolucion Gerencial Nº 037-2012MDSJL-GDU; Que, el Numeral 201.1 del Articulo 201º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que todo error material o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decision; asimismo, el Acapite 201.2 del Articulo 201º de la Ley en referencia, indica que la rectificacion adopta las formas y modalidades de comunicacion o publicacion que corresponda para el acto original; Que, de acuerdo al MORDAZA de Legitimacion senalado en el Articulo 2013º del Codigo Civil, concordado con el Articulo VII del Titulo Preliminar del Reglamento General de los Registros Publicos, el contenido de las inscripciones se presumen MORDAZA y producen todos sus efectos mientras no se rectifique o se declare judicialmente su invalidez; asimismo, el Titulo VI del precitado Reglamento establece el concepto de inexactitud registral, asi como las reglas que permitan realizar la rectificacion de las inscripciones que no coincidan con la realidad extrarregistral, a fin de lograr que la publicidad de los datos inscritos MORDAZA tecnica y juridicamente correctos; Que, resulta necesario destacar que si bien el ejercicio de la facultad excepcional contemplada en el Articulo 24º de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, solo requiere de la constatacion sobre lo existente en MORDAZA y de la identificacion de los predios como rusticos a nivel registral, el Corporativo Municipal tambien ha merituado el pronunciamiento uniforme por parte del Tribunal Registral de la SUNARP sobre la materia; motivo por el cual, se ha tomado en cuenta las Resoluciones Nº 174-2010-SUNARP-TR-A y Nº 445-2010-SUNARP-TRA, y ademas, la Resolucion Nº 787-2010-SUNARPTR-L para la verificacion de los titulares del predio y su representacion correspondiente; Que, de conformidad con lo previsto por la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades y la Ley N 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, estando a la facultad delegada mediante Decreto de Alcaldia Nº 616, y en merito a lo informado por las unidades funcionales respectivas; SE RESUELVE: Articulo Primero.- RECTIFICAR DE OFICIO la Resolucion Gerencial Nº 037-2012-MDSJL-GDU de fecha 25 de MORDAZA del 2012, en su parte resolutiva, el cual quedara redactado de la siguiente manera: DICE: Articulo Primero.- DECLARAR LA HABILITACION MORDAZA DE OFICIO del terreno de 502,312.80 m2, ubicado en la Urbanizacion MORDAZA Grande - Unidad 14, inscrito en la Ficha Nº 134043 continuada en la Partida Nº 43018620 del Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA, correspondiente a la Asociacion Pro Vivienda "Garagay", el cual aparece calificado para uso Residencial de Densidad Media - RDM, Comercio Zonal - CZ, Comercio Vecinal CV, Educacion Basica (E1), MORDAZA de Recreacion Publica - ZRP, y Otros Usos - OU. DEBE DECIR: Articulo Primero.- DECLARAR LA HABILITACION MORDAZA DE OFICIO del terreno de 502,312.80 m2, ubicado en la Urbanizacion MORDAZA Grande - Unidad 14, inscrito en la Ficha Nº 134043 continuada en la Partida Nº 43018620 del Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA, correspondiente a la Asociacion Pro Vivienda "Garagay" y otros, denominado Urbanizacion "Canto Rey", el cual aparece calificado para uso Residencial de Densidad Media - RDM, Comercio Zonal - CZ, Comercio Vecinal CV, Educacion Basica - E1, MORDAZA de Recreacion Publica - ZRP, y Otros Usos - OU. Articulo Segundo.- APROBAR el Plano de Ubicacion y Localizacion (U-1), y el Plano de Trazado y Lotizacion (L-1), con su respectiva Memoria Descriptiva, consignandose para efectos del Registro como Planos Nº 043-2012-HU-SGHU-GDU/MDSJL, y Nº 044-2012-

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