NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (27/09/2012)
CANTIDAD DE PAGINAS: 104
TEXTO PAGINA: 81
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 27 de setiembre de 2012 475395 2010-CONAFU, asimismo se dispuso que el expediente administrativo sea remitido a la Comisión Califi cadora encargada de la evaluación del referido proyecto universitario a fi n de que se pronuncie sobre el fondo del recurso administrativo; mientras que por Resolución Nº 356-2010-CONAFU de fecha 18 de agosto de 2010, se dispuso: CONFORMAR la Comisión Califi cadora encargada de evaluar el Proyecto de Desarrollo Institucional (II Versión) del Proyecto de Universidad Privada SISE, con la fi nalidad de que el Pleno del CONAFU se pronuncie en relación al Recurso de Reconsideración, la cual está integrada por el Dr. Wilson Rolando Reátegui Chávez, Dr. Luis Miguel Anicama Flores y Dr. Pedro José Rodenas Seytuque, en calidad de Presidente, Secretario y Vocal, respectivamente; Que, en el artículo primero de la Resolución Nº 491- 2010-CONAFU de fecha 01 de diciembre de 2010, se resolvió: ¨… APROBAR el Proyecto de Desarrollo Institucional (Segunda Versión) del Proyecto de Universidad Privada SISE, presentado por el señor Rolando Vallejo Cortez, en representación de la Promotora Asociación Cultural Latinoamericana, Promotora del Proyecto de Universidad Privada SISE, con las siguientes carreras profesionales: 1) Gestión de Negocios, 2) Administración de Negocios Internacionales, 3) Contabilidad y Finanzas, 4) Administración de Redes y Seguridad Informática y 5) Marketing y Publicidad, bajo el régimen legal de la Ley Universitaria Nº 23733…¨; Que, por carta s/n presentada el 01 de febrero de 2012, el responsable del proyecto de Universidad Privada SISE, presenta el Informe de Implementación Inicial de su institución, para lo cual adjunta en físico y digital, la siguiente documentación: Licencia de Funcionamiento Municipal, Planos de Ubicación, Planos Eléctricos, Organigrama del proyecto universitario, adjunta además copia de la factura correspondiente al ítem 23 del TUPA del CONAFU; Que, por Resolución Nº 146-2012-CONAFU de fecha 15 de marzo de 2012, se resolvió: Admitir a trámite el Informe de Implementación Inicial del referido proyecto universitario y Designar a los miembros de la Comisión Verifi cadora de la Implementación Inicial del Proyecto de Universidad Privada SISE, quedando integrada por los siguientes profesionales: Msc. Martha Nancy Tapia Infantes, Dr. Walter Zamalloa Cuba y Dr. Dante Atilio Salas Ávila, en calidad de Presidente, Secretario y Vocal, respectivamente; Que, mediante Ofi cio S/N recibido con fecha 09 de mayo de 2012, la Presidente de la Comisión Verifi cadora, remite el Informe Final de la Implementación Inicial del Proyecto de Universidad Privada SISE, concluyendo que el Proyecto de la mencionada universidad ha cumplido con implementar satisfactoriamente lo proyectado para los dos primeros años de funcionamiento en infraestructura y al primer año en recursos humanos, de acuerdo a lo establecido en el PDI aprobado; recomendando la Comisión Verifi cadora al Pleno del CONAFU que se continúe con la siguiente fase para la Autorización Provisional de Funcionamiento de la Universidad Privada SISE; Que, con Ofi cio Nº 509-2012-CONAFU-CDAA presentado el 28 de mayo de 2012, la Comisión Académica sugiere al Pleno del CONAFU lo siguiente: ¨ Corresponde al Pleno del CONAFU realizar la visita in situ a las instalaciones del Proyecto de Universidad Privada SISE a fi n de ratifi car el informe de la Comisión Verifi cadora de la Implementación Inicial, conforme lo señalado en el artículo 39º del Reglamento para la Autorización de Funcionamiento de Universidades…¨ Que, en Sesión Ordinaria de fecha 30 de mayo de 2012, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 349-2012- CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: Realizar la visita in situ por el Pleno del CONAFU a fi n de ratifi car el Informe de la Comisión Verifi cadora encargada de evaluar la Implementación Inicial del Proyecto de Universidad Privada SISE; Que, conforme al Acta de Visita In situ de fecha 20 de junio de 2012, los integrantes del Consejo Directivo del CONAFU, luego de efectuar la debida verifi cación e inspección, acordaron por unanimidad APROBAR el Informe de la Comisión Verifi cadora de la Implementación Inicial, encontrándose el Proyecto de Universidad Privada SISE expedito para otorgarle la Autorización de Funcionamiento Provisional; Que, el Proyecto de Universidad Privada SISE, en atención a los considerandos antes expuestos, cumple con las dos condiciones establecidas por el literal i) de la Ley Nº 26439, ya que ha sido admitido a trámite con anterioridad al 28 de junio de 2010 y cumple con las condiciones y requisitos establecidos en la Resolución Nº 387-2009- CONAFU para la emisión de la resolución de autorización funcionamiento provisional a su favor; Que, el modelo institucional adoptado por el Proyecto de Universidad Privada SISE, es la de una persona jurídica sin fi nes de lucro y se rige bajo las normas de la Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, así como la Ley Nº 26439 - Ley de Creación del Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades –CONAFU; y en atención a lo dispuesto en la Ley 29780 literal i), el Proyecto de Universidad Privada SISE se encuentra expedito para otorgar la Autorización de Funcionamiento Provisional; Que, en sesión ordinaria de fecha 25 de julio y continuada el 27 de julio de 2012, el Pleno del CONAFU después de deliberar, por Acuerdo Nº 502-2012-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: Primero: Otorgar la Autorización de Funcionamiento Provisional a la Universidad Privada SISE para brindar servicios educativos de nivel universitario, autorizándose con las siguientes Carreras Profesionales: 1) Gestión de Negocios, 2) Administración de Negocios Internacionales, 3) Contabilidad y Finanzas, 4) Administración de Redes y Seguridad Informática, y 5) Marketing y Publicidad; Segundo: Aprobar el modelo institucional adoptado por la Universidad Privada SISE, especifi cando el régimen legal en el que se encuentra y la forma de su personería jurídica; Tercero: Disponer que la Promotora de la Universidad Privada SISE remita al CONAFU, la minuta que contiene el Estatuto Social, así como el Reglamento General de la Universidad, para ser visado por la Presidencia, la Secretaria General y la Comisión Jurídica del CONAFU; Cuarto: Establecer que la Universidad Privada SISE, puede iniciar sus actividades académicas a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano; En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al artículo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: “El Presidente del CONAFU tiene las siguiente atribuciones generales:…d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones”, de conformidad con lo establecido en el 42º del reglamento y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- OTORGAR LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO PROVISIONAL a la Universidad Privada SISE para brindar servicios educativos de nivel universitario, en el Distrito de Mirafl ores, Provincia y Departamento de Lima, con las siguientes Carreras Profesionales y vacantes por Ciclo Académico: Nombre de Carrera Profesional Número de Vacantes por Ciclo Académico Ciclo I Ciclo II Gestión de Negocios 80 80 Administración de Negocios Internacionales 80 80 Contabilidad y Finanzas 80 80 Administración de Redes y Seguridad Informática 80 80 Marketing y Publicidad 80 80 Artículo Segundo.- APROBAR el modelo institucional adoptado por la Universidad Privada SISE, como persona jurídica sin fi nes de lucro, bajo el Régimen Legal de la Ley Universitaria, debiendo proceder a inscribir la Escritura Pública que contiene el Estatuto Social ante los Registros Públicos. Articulo Tercero.- DISPONER que la Promotora de la Universidad Privada SISE remita al CONAFU, la minuta que contiene el Estatuto Social, así como el Reglamento General de la Universidad, para ser visado por la Presidencia, la Secretaria General y la Comisión Jurídica del CONAFU, luego de lo cual es cargo de la promotora presentar ante este Consejo una copia literal de su inscripción registral. Artículo Cuarto.- ESTABLECER que la Universidad Privada SISE, puede iniciar sus actividades académicas