Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2012 (27/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 94

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de setiembre de 2012

Que, mediante Resolucion Ejecutiva Regional Nº 619-2012-GRLL/PRE de fecha 9 de MORDAZA del 2012, se aprobo la "norma que regula la autorizacion de viajes, asignacion de viaticos y rendicion de cuentas de los funcionarios y servidores del Gobierno Regional La Libertad"; en el mismo que se establece que la Comision de Servicios es el desplazamiento programado o imprevisto, mediante el cual se le encomienda a un funcionario y/o servidor, debidamente autorizado para desarrollar actividades que contribuyan al logro de los objetivos de la institucion. Que, a traves del Memorando Multiple Nº 0182012-GRLL/CR-SCR, de fecha 9 de agosto del 2012, suscrito por el Secretario del Consejo Regional La MORDAZA, solicita a los asesores legales que laboran en la Secretaria del Consejo Regional La MORDAZA, elaborar un informe relativo a la percepcion de viaticos para los senores Consejeros Regionales por Comisiones Oficiales o de Servicio dentro y fuera del ambito de la Region La Libertad. Que, mediante Informe Nº 001-2012-GR-LL/CRSCR-DIAY,ERB,MAPL,MLRJ,RVG,RPB,RVT, de fecha 10 de agosto del 2012; los asesores legales del Consejo Regional La MORDAZA, luego de un analisis sobre el MORDAZA concluyen que: 1.- Los Consejeros Regionales son autoridades elegidas por elecciones populares; y esta categorizado como funcionario publico segun la clasificacion establecida en el Articulo 4º de la Ley Nº 28175, Ley MORDAZA del Empleo Publico, el cual senala que: Funcionario publico es aquel que desarrolla funciones de preeminencia politica, reconocida por MORDAZA expresa, que representan al Estado o a un sector de la poblacion, desarrollan politicas del Estado y/o dirigen organismos o entidades publicas. El Funcionario Publico puede ser: a) De eleccion popular directa y universal o confianza politica originaria. 2.- Los Consejeros Regionales en calidad de funcionarios publicos se encuentran previstos en la escala de viaticos vigente estipulada en el Decreto Supremo Nº 028-2009-PCM, ya que este decreto regula los viaticos a fin de brindar facilidades para una adecuada y mejor prestacion de los servicios que cumplen los funcionarios publicos, personal de confianza, servidores publicos, incluido los que realicen el personal contratado bajo la modalidad de Contratacion Administrativa de Servicios CAS, en comision de servicios. 3.- De igual manera el Decreto Supremo 005-90-PCM reglamento del Decreto Legislativo 276 , en su Articulo 14º sobre funcionarios con cargo politico senala que no hacen MORDAZA administrativa; sin embargo, le son aplicables las disposiciones de la ley y el presente reglamento en los que les sea aplicable como en el caso del Articulo 105º el mismo que senala que cuando el servidor por estrictas razones del servicio es trasladado a lugar geografico diferente al de su residencia habitual, tiene derecho al pago previo de los gastos de traslado e instalacion en el lugar de destino; Finalmente la conclusion 4º indica que "El Acuerdo Regional Nº 064-2009-GRLL/CR sustentado en el Decreto Supremo Nº 028-2009-EF, se encuentra vigente, por ello es preciso advertir que su aplicacion y/o ejecucion debe ser de estricto cumplimiento por los funcionarios y personal administrativo", ya que la presuncion de validez subsiste en tanto no se expida un acto jurisdiccional que la declare invalida, por lo tanto, la eficacia del Acuerdo Regional Nº 064-2009GR-LL/CR se circunscribe al lugar en el cual se extiende la competencia territorial del organo del cual emana. Que, la vigencia de una MORDAZA juridica depende, prima facie, de que MORDAZA sido aprobada y promulgada por los organos competentes, y ademas de que MORDAZA sido publicada conforme lo establece el ultimo extremo del Articulo 51º de la Constitucion Politica del Estado. Cumplido este procedimiento, se podra considerar que la MORDAZA es eficaz. De este modo, el efecto practico de la vigencia de una MORDAZA es su eficacia. "Que una MORDAZA sea eficaz quiere decir que es de cumplimiento exigible, es decir, que debe ser aplicada como un mandato dentro del Derecho". Que, con Informe Nº 001-2012-GR-LL/CR-SCR-DIAY,E RB,MAPL,MLRJ,RVG,RPB,RVT, se recomienda: "Aplicar y ejecutar el cumplimiento de los procedimientos regulados en el Acuerdo Regional Nº 064-2009-GRLL/CR, la misma que se encuentra vigente, a efectos de realizar una correcta gestion de los recursos economicos y presupuestales de manera eficiente respetando los parametros establecidos

en la normatividad" y que el informe se eleve a la Secretaria del Consejo Regional para los fines pertinentes salvo mejor parecer. Que, a traves del OFICIO Nº 1756-2012-GR-LL/ CR-SCR, el Secretario del Consejo Regional hace MORDAZA el informe recomendando la continuacion de su tramitacion. Que, en virtud de la normatividad MORDAZA glosada y considerando los informes legales, en Sesion Ordinaria de Consejo Regional, se debate y aprueba el pedido de ratificar el Acuerdo Regional Nº 064-2009-GR-LL/CR; asimismo, exigir al Ejecutivo del Gobierno Regional de La MORDAZA, su cumplimiento y ejecucion". El Consejo Regional del Gobierno de La MORDAZA, en uso de sus atribuciones conferidas por los Articulos 191º y 192º de la Constitucion Politica del Peru; Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias; y los Articulos 23º y 64º del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con Ordenanza Regional Nº 005-2010-GR-LL/CR; demas normas complementarias, el Pleno del Consejo Regional acordo: Articulo Primero.- RATIFICAR el Acuerdo Regional Nº 064-2009-GR-LL/CR, de fecha 2 de noviembre del 2009, que aprueba el: "Procedimiento para la autorizacion de viajes en Comision Oficial de Servicios, de Representacion y/o Eventos Especiales para los Consejeros Regionales del Gobierno Regional de La Libertad" cuyo texto es el siguiente: "PROCEDIMIENTO PARA LA AUTORIZACION DE VIAJES EN COMISION OFICIAL DE SERVICIOS DE REPRESENTACION Y/O EVENTOS ESPECIALES PARA LOS CONSEJEROS REGIONALES DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD" I. OBJETIVO: Regular el procedimiento para la autorizacion de viajes en Comision Oficial de servicios, de Representacion y/o Eventos Especiales de los Consejeros Regionales del Gobierno Regional de La MORDAZA, a nivel de pliego. II. ALCANCE El presente Acuerdo Regional es de aplicacion y cumplimiento obligatorio por los Consejeros Regionales y las Unidades Organicas de competencia administrativa y Presupuestal del Gobierno Regional de La MORDAZA y sus respectivas dependencias. III. BASE LEGAL: · Ley Nº 27783 - Ley de Bases de Descentralizacion. · Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales. · Ley Nº 27902 - Ley que modifica la Ley Nº 27867. · Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. · Ley Nº 29286 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2009. · Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control. · Ley Nº 28716 - Ley de Control Interno de las entidades del Estado. · Resolucion de Contraloria General Nº 320-2006-CGAprueba Normas Tecnicas · Ley Nº 27619 - Ley que Regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos. · Decreto Supremo Nº 028-2009-EF ­ Establecen Escala de Viaticos para viajes en Comision de Servicio en el territorio nacional para los funcionarios publicos". · Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM ­ "Aprueban normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos". · Resolucion Directoral Nº 002-2007-EF/77.15 - Que aprueba la Directiva Nº 001-2007-EF/77.15 "Directiva de Tesoreria". · Decreto Supremo Nº 032-2008-EF - Establece escala de viaticos excepcional para funcionarios y servidores que asistan a reuniones del Foro APEC 2008. · Resolucion Ejecutiva Regional Nº 1202-2009-GRLLPRE- Que aprueba la Directiva General Nº 003-2009-GRLL/PRE.

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