Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2012 (27/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 95

El Peruano MORDAZA, jueves 27 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES
2.3.- DEL PAGO DE VIATICOS:

475409

IV. RESPONSABILIDAD: Son responsables de cumplir y hacer cumplir el presente Acuerdo Regional los Consejeros Regionales, el Presidente Regional, el Gerente General Regional, Gerentes Regionales que integren el Pliego Region La Libertad. V. NORMAS: 1.- NORMAS GENERALES: La autorizacion de viaje en comision de servicio, tendra lugar por Acuerdo del Consejo Regional, a peticion del Consejero Regional interesado y/o por encargo del Pleno. 1.1.- Comision Oficial y/o de Representacion, es la labor encomendada a los Consejeros Regionales, dentro del Departamento de La MORDAZA o fuera de MORDAZA, y/o en representacion del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad. 1.2.- Comisiones de Eventos Especiales, son aquellas actividades afines y necesarias para el cumplimiento de las funciones de los Consejeros Regionales, realizadas dentro del Departamento de La MORDAZA o fuera de MORDAZA que disponga el Pleno. 1.3.- Condiciones: - Ser Consejero Regional en ejercicio de la funcion publica en el Gobierno Regional de La Libertad. - Que la comision este debida y oportunamente fundamentada. - Autorizado por el Pleno del Consejo Regional La MORDAZA y/o el Consejero Delegado, con cargo de dar cuenta al Consejo Regional del Gobierno Regional de La MORDAZA 1.4.- Los gastos de pasajes y viaticos respectivos, que comprenden los gastos de transporte, alimentacion, hospedaje y movilidad local (desde el domicilio al lugar de embarque ­ lugar de destino ­ hotel y viceversa), de los Consejeros Regionales que viajen en Comision Oficial de Servicios y/o de Representacion Institucional seran sufragados por el Gobierno Regional de La MORDAZA, de acuerdo a la Directiva de Viaticos vigente. 1.5.- Los Consejeros Regionales autorizados por el Pleno, pueden viajar en Comision de Servicios, dentro o fuera del ambito del Departamento La MORDAZA, de conformidad con la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y las Normas de Austeridad en el Gasto Publico. 2.- NORMAS ESPECIFICAS: 2.1.- DE LA AUTORIZACION DEL VIAJE AL EXTERIOR 2.1.1.- Quedan prohibidos los viajes al exterior de los Consejeros Regionales con cargo a recursos publicos, excepto los que se efectuen en el MORDAZA de los Acuerdos de Negociacion de Tratados Comerciales, Negociaciones Economicas y Financieras y las acciones de promocion de importancia para la Region, conforme a lo establecido en la Ley de Presupuesto vigente. 2.1.2.- Segun la Decimo Tercera Disposicion Final de la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, no corresponde otorgar viaticos por Comision en el exterior, capacitacion, instruccion o similares, cuando estos MORDAZA cubiertos por la entidad internacional organizadora o auspiciante del evento, independientemente de la MORDAZA que regula la asignacion de los viaticos o conceptos similares bajo responsabilidad del funcionario que autorice el viaje. 2.1.3.- Los viajes al exterior que no irroguen gasto con cargo al presupuesto del Gobierno Regional de La MORDAZA y que se den en representacion del Consejo y/o Gobierno Regional de La MORDAZA deberan ser aprobados por Acuerdo del Consejo Regional, expresando en el acuerdo, el organismo o entidad que asumira el gasto del viaje y el motivo del mismo. 2.2.- DE LA AUTORIZACION DEL VIAJE AL INTERIOR DEL PAIS: 2.2.1.- Para los Consejeros Regionales sera tramitado y visado por el Consejero Delegado.

2.3.1.- Contando con la autorizacion previa, la Planilla de Viaticos (anticipo) sera preparada y suscrita, por el Consejero solicitante, siendo el Titular del Pliego, el Gerente General Regional por delegacion, quien dispondra el pago del mismo. 2.4.- DE LOS PASAJES: 2.4.1.- Cuando la Comision se realice en un vehiculo oficial se debera comunicar por lo menos con 2 dias de anticipacion a la Sub Gerencia de Logistica y Servicios Auxiliares, a fin de que se consigne el anticipo de viaticos del conductor y el costo estimado de combustible, mantenimiento y/o reparaciones menores. 2.4.2 Los pasajes por Via Terrestre deberan ser adquiridos en Empresas formalizadas y por lo tanto los boletos deberan reunir los requisitos establecidos en el Reglamento de Comprobantes de Pago vigente. Salvo que al lugar de destino no hicieran servicio Empresas formalizadas que extiendan comprobante de pago. 2.5.- DE LOS VIATICOS: Los viaticos para Consejeros Regionales seran determinados y otorgados de acuerdo a la Directiva de Viaticos vigente. Articulo Segundo: EXIGIR al Ejecutivo del Gobierno Regional de La MORDAZA, el estricto cumplimiento y ejecucion del presente Acuerdo Regional. Articulo Tercero: PUBLICAR el presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano y difundir a traves del MORDAZA electronico del Gobierno Regional de La Libertad. POR TANTO: Registrese, publiquese, notifiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta Consejo Regional La MORDAZA

845725-3

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Disponen publicar relacion de concesiones mineras cuyos titulos fueron otorgados durante el mes de junio de 2012
DIRECCION REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS DE MORDAZA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 030-2012-GRL/DREM-L
Iquitos, 15 de agosto de 2012 VISTO: El informe Nº 080-2012-GOREL/DREM/ UTM-CCBN de fecha 09 de Agosto 2012, la Unidad Tecnica de Mineria informa la aprobacion de Titulos de Concesiones Mineras otorgadas en el mes de junio a los pequenos productores mineros y mineros artesanales por la Direccion Regional de Energia y Minas de MORDAZA DREM-L; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, dispone que los gobiernos regionales ejerceran funciones especificas, las mismas que se formularan en concordancia con las politicas nacionales, encontrandose entre ellas, las funciones en materia de minas, especificamente la de: Otorgar concesiones para la pequena mineria y mineria artesanal; conforme lo senala el inciso f) del Articulo 59º de la referida Ley;

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