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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (05/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 5 de abril de 2013 492209 de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, las empresas Lan Perú S.A. y LC BUSRE S.A.C., han presentado ante la autoridad aeronáutica civil, sus solicitudes para evaluación de su personal aeronáutico, a ser atendidas durante el mes de abril de 2013, acompañando los requisitos establecidos en el marco del Procedimiento Nº 05, correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, asimismo, las empresas Lan Perú S.A. y LC BUSRE S.A.C., han cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refi ere el considerando anterior, ante la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos de los viajes de inspección, están íntegramente cubiertos por las empresas solicitantes del servicio, incluyendo el pago de los viáticos; Que, dichas solicitudes han sido calificadas y aprobadas por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio, según se desprende de las respectivas Ordenes de Inspección y referidas en los Informes Nº 085-2013-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y Nº 085-2013- MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica, de la citada Dirección General; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, Ley Nº 29951, Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar los viajes de los señores Alfredo Federico Álvarez Zevallos y Javier José Félix Aleman Urteaga, Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que se efectuarán del 25 al 27 de abril de 2013 a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América y del 25 al 28 de abril de 2013 a la ciudad de Toronto, Canadá, respectivamente, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, sustentado en los Informes Nº 085-2013-MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y Nº 085-2013-MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica. Artículo 2.- Los gastos que demanden los viajes autorizados precedentemente, han sido íntegramente cubiertos por las empresas Lan Perú S.A. y LC BUSRE S.A.C., a través de los Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, abonados a la Ofi cina de Finanzas de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo la asignación por concepto de viáticos. Artículo 3.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los Inspectores mencionados en la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuados los viajes, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante los viajes autorizados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones DIRECCION GENERAL DE AERONAUTICA CIVIL DEL PERU (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL - COMPRENDIDOS LOS DÍAS DEL 25 AL 28 DE ABRIL DE 2013 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 085-2013-MTC/12.04 Y Nº 085-2013-MTC/12.04 ORDEN INSPECCION Nº INICIO FIN VIATICOS (US$) SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAIS DETALLE RECIBOS DE ACOTACION Nºs. 562-2013- MTC/12.04 25-Abr 27-Abr US$ 440.00 LAN PERU S.A. Alvarez Zevallos Alfredo Federico Miami EUA Chequeo técnico por Renovación como EDE en el Avión en el Equipo B-767 49977-4919 584-2013- MTC/12.04 25-Abr 28-Abr US$ 880.00 LC Busre S.A.C. Aleman Urteaga, Javier José Felix Toronto CANADA Chequeo técnico Inicial en simulador de vuelo del equipo DASH-8, a su personal aeronáutico 4882-4885-4886 920046-1 Otorgan autorizaciones a personas naturales para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial y educativa en localidades de los departamentos de Cajamarca, Lima, Puno, Ayacucho y Ancash RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 117-2013-MTC/03 Lima, 21 de marzo del 2013 VISTO, el Expediente Nº 2011-004108 presentado por el señor MANUEL MARCIAL MUÑOZ ABANTO, sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Cajabamba – Condebamba (Cauday), departamento de Cajamarca; CONSIDERANDO: Que, el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión indica que la autorización es la facultad que