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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 7 de abril de 2013 492333 ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL – CAP DEL HOSPITAL DE APOYO SAN JOSÉ Artículo Primero.- Aprobar la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Hospital de Apoyo San José, que contiene cuatrocientos sesenta y siete (467) cargos en total, de los cuales trescientos diecinueve (319) se encuentran “ocupados” y ciento cuarenta y ocho (148) se encuentran en la condición de “previstos”, conforme al documento adjunto, el cual consta de quince (15) folios y forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administración y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional del Callao, dar cumplimiento de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- Encargar a la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Portal WEB del Gobierno Regional del Callao: www.regioncallao.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. FELIX MORENO CABALLERO Presidente 920716-4 Aprueban modificaciones del Cuadro para Asignación de Personal de la Dirección Regional de Salud del Callao, de las 3 Direcciones de Redes de Salud Bonilla - La Punta, BEPECA, Ventanilla y de la Unidad Ejecutora Hospital de Ventanilla ORDENANZA REGIONAL Nº 000011 Callao, 27 de marzo del 2013 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesión Ordinaria del día 27 de marzo del 2013, ha aprobado por UNANIMIDAD la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2013 en los incisos “c)” y “d)” del Artículo 8º, autoriza el nombramiento de los trabajadores de Salud, para el presente año, de hasta el 55% del número de profesionales no médicos y del personal técnico asistencial y administrativo, personal de servicios y auxiliar asistencial respectivamente, en el marco del nombramiento gradual a que se refi eren las leyes Nº 28498, 28560 y 29682 sus normas modifi catorias y complementarias. Asimismo, autoriza el nombramiento de los profesionales médicos cirujanos contratados en el VRAEM hasta el 25% del número de los profesionales médicos cirujanos comprendidos en la Ley 29682; Que visto, el Ofi cio Nº 330-2013- GRC/DIRESA/DG/ OEPE de fecha 24 de Enero del 2013, mediante el cual la Dirección Regional de Salud del Callao – DIRESA solicita la aprobación de la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la DIRESA y de sus tres Direcciones de Redes de salud: Bonilla La Punta, BEPECA y Ventanilla, así como la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Unidad Ejecutora del Hospital de Ventanilla; Que, visto el Informe Nº 001-2013-GRC/DIRESA/OEPE/ UO de fecha 23 de Enero del 2013 mediante el cual la Ofi cina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico de la DIRESA, sustenta la propuesta de modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Dirección Regional de Salud – DIRESA Callao, sus tres Direcciones de Redes de Salud y la Unidad Ejecutora del Hospital Ventanilla, a fi n de efectuar el nombramiento de los trabajadores benefi ciados, planteando que es necesarios contar con 158 cargos en la condición de “previstos”, por lo que propone crear 157 nuevos cargos como “previstos”, considerando que en el CAP vigente, uno (01) cargo ya se encuentra como “previsto” en la Dirección de Red de Salud Bonilla La Punta. La propuesta considera también el reordenamiento y Actualización de los Cuadros para Asignación de Personal mencionados, debido a que la DIRESA ha transferido seis (06) cargos al Hospital de Ventanilla; asimismo, ha efectuado el nombramiento de doce (12) médicos cirujanos, mediante la Resolución Directoral Nº 1274-2012-GRC/DIRESA/DG de fecha 14 de Diciembre del 2012, en mérito a lo dispuesto en la Ley Nº 29682; Que, visto Informe Nº 057-2013-GRC/DIRESA/OAJ, de fecha 24 de Enero del 2013 emitido por la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la Dirección Regional de Salud – DIRESA Callao, mediante el cual emite opinión legal sobre la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal –CAP de la DIRESA, y sus tres Direcciones de Redes de Salud y de la Unidad Ejecutora del Hospital de Ventanilla; considerando que es procedente continuar con su trámite de aprobación; Que, Visto el Memorándum Nº 870-2013/GRC/ GRPPAT de fecha 22 de Marzo del 2013, cursado por el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, mediante el cual opina que técnicamente resulta procedente el requerimiento hecho por la Dirección Regional de Salud – DIRESA Callao referente a la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la DIRESA-Callao y sus tres Direcciones de Redes de Salud: Bonilla La Punta, BEPECA y Ventanilla, así como la aprobación del Cuadro par Asignación de Personal – CAP de la Unidad Ejecutora del Hospital de Ventanilla, que comprende, el reordenamiento de cargos, actualización de los CAPs y creación de ciento cincuenta y siete (157) nuevos cargos a fi n de llevar a cabo el nombramiento del personal de salud en el marco de las leyes Nº 28498 , 28560 y 29682; considerando que esta acción se encuentra establecida en la normatividad vigente, específi camente en la Ley Nº 29951 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2013, considerando también que la propuesta de CAP ha sido elaborada de conformidad con los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 043- 2004-PCM “Aprueban Lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las Entidades de la Administración Pública”; Que, visto el Informe Nº 468-2013-GRC/GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional del Callao, ratifi ca desde el punto de vista legal la procedencia de la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal- CAP de las Dirección Regional de Salud del Callao, de las tres Direcciones de Redes de Salud y de la Unidad Ejecutora Hospital de Ventanilla; Que, la modifi cación de los Cuadros para Asignación de Personal- CAP de la Dirección regional de Salud – DIRESA Callao, sus tres Direcciones de Redes de Salud y el de la Unidad Ejecutora del Hospital Ventanilla, han sido elaborados de conformidad con los lineamientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, cuya fi nalidad es actualizarlo debido al nombramiento de doce (12) médicos cirujanos mediante la Resolución Directoral Nº 1274-2012- GRC/DIRESA/DG de fecha 14 de Diciembre del 2012, así como la aprobación del reordenamiento de seis (06) cargos, y la creación de ciento cincuenta y siete (157) nuevos cargos en la condición de “previstos”, con el propósito de llevar a cabo el nombramiento del personal, dispuesto por las Leyes Nº 28498, 28560, 29628 y la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2013; Que, estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones otorgadas al Presidente Regional del Gobierno Regional del Callao por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales – Ley Nº 27867; el Consejo Regional ha aprobado la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL – CAP DE LA DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD DEL CALLAO, DE LAS TRES DIRECCIONES DE REDES DESALUD: BONILLA – LA PUNTA, BEPECA, VENTANILLA Y DE LA UNIDAD EJECUTORA HOSPITAL DE VENTANILLA Artículo 1º.- APROBAR la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal- CAP de la Dirección Regional de Salud del Callao, el mismo que consta de ocho (08) folios y trescientos once (311) cargos en total, de los cuales doscientos sesenta y nueve (269) se encuentran en la condición de “ocupados” y cuarenta y dos (42) se encuentran en la condición de “previstos”, conforme al anexo adjunto, que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional.