Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2013 (07/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 7 de MORDAZA de 2013

NORMAS LEGALES

492335

GTU-SRT en la Av. 1ro. de MORDAZA con la Ca. Caribe (Despues del Cruce), tal y como se detalla a continuacion:

SENTIDO EJE Av. 1ro. de MORDAZA UBICACION AC Ca. Caribe N-S DC 1 AC S-N DC

Autorizan implementacion de paradero de transporte regular de uso exclusivo para el embarque y/o desembarque de pasajeros en el distrito de MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION DE SUBGERENCIA Nº 2249-2013-MML/GTU-SRT MORDAZA, 8 de Marzo de 2013 VISTOS:
El Documento Simple N° 148812-2012 de fecha 08 de agosto de 2012, y el Informe N° 802-2012-MML/GTU-SETT de fecha 03 de diciembre de 2012 emitido por la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte, respecto a la implementacion de Paraderos de Transporte Publico en el Jr. MORDAZA de la Fuente MORDAZA en el distrito de MORDAZA de Surco; y CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al acapite 7.1 del inciso 7 del articulo 161º de la Ley N° 27972 - Ley Organica de Municipalidades, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA goza de un regimen especial, de conformidad al Articulo 198º de la Constitucion, teniendo en materia de transportes y comunicaciones funciones especiales, entre las que se encuentra "7.1) Planificar, regular y gestionar el transporte publico"; Que. la Ordenanza N° 341-MML, en su articulo 7° establece que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA tiene a su cargo la ejecucion, mantenimiento, remodelacion, senalizacion horizontal y vertical, semaforizacion, ornato, publicidad y mobiliario MORDAZA de las vias expresas, arteriales y colectoras del sistema Vial Metropolitano, de los Intercambios Viales y de todas las Vias del Cercado de Lima; Que, el articulo 100° de la Ordenanza N° 812-MML - Reglamento de Organizaciones y Funciones, establece que: "La Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte es el organo responsable de la formulacion de estudios, proyectos, programas y planes estrategicos en materia de transporte, MORDAZA y viabilidad en la provincia de Lima; Que, el inciso 4 del articulo 103° de la Ordenanza N° 812-MML, establece que:"Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Regulacion de Transporte las siguientes: 4) Otorgar licencias, autorizaciones o permisos para el servicio de transporte publico regular y no regular, pesado y de carga, dentro del ambito de la provincia de Lima"; Que, el numeral 41 del articulo 5° de la Ordenanza Nº 1599-MML define al Paradero de Transporte Regular como "el punto de parada autorizado, provisto de mobiliario y/o senalizacion, localizado en las vias que forman parte del recorrido autorizado de una ruta y que es utilizado para el embarque y desembarque de personas"; Que, mediante el documento simple de la referencia, la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA a solicitud de los vecinos del distrito requiere la Implementacion de un Paradero de Transporte Publico en la Ca. MORDAZA de la Fuente MORDAZA de dicho municipio; Que, mediante el Informe N° 802-2012-MML/GTUSETT de fecha 03 de diciembre de 2012, la Subgerencia de Estudios de MORDAZA y Transporte considera conveniente la implementacion de paraderos de transporte publico por los siguientes fundamentos: a) Que, de acuerdo a la Ordenanza N° 341 ­MML que aprueba el Plano del Sistema Vial Metropolitano de MORDAZA, senala que el Jr. MORDAZA de la Fuente MORDAZA (Av. Malambito) tiene la categoria de Via Local, excepto la Av. Bolognesi (A-34) que tiene categoria de Via Arterial, b) Que, de acuerdo a la base de datos TransCAD (Geographic Information Software), la Gerencia de Transporte MORDAZA actualmente no tiene autorizados Paraderos de Transporte Regular en el Jr. MORDAZA de la Fuente MORDAZA en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, c) Que, el Jr. MORDAZA de la Fuente MORDAZA es una via local utilizada para el servicio de transporte publico y privado, especificamente en el tramo correspondiente a la Av. Aviacion (Las Palmas) y la Av. MORDAZA E. MORDAZA, el cual esta compuesto por dos carriles con un sentido de circulacion Sur ­ Norte, d) Que, de acuerdo al Sistema Integrado de Transporte MORDAZA ­ SITU, la Gerencia de Transporte MORDAZA actualmente tiene autorizada 01 ruta por el Jr. MORDAZA de la Fuente MORDAZA, la cual culmina su recorrido en el Jr. MORDAZA de la Fuente MORDAZA con la Av. MORDAZA en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, considerandose por ello conveniente implementar un paradero en la interseccion con mayor demanda de desembarque de pasajeros (escolar), debido a que se encuentra ubicada la Institucion Educativa MORDAZA MORDAZA Eguren, e) Que, de acuerdo a la Resolucion Directoral Municipal N° 180-2004-MML/DMTU se determinaron las distancias entre paraderos de transporte (Distancia minima 250 m., distancia ideal 300 m. y distancia

Articulo 2°.- Redistribuir las rutas que operan el area del paradero B en dos bloques de la siguiente manera:

Distribucion de las Rutas segun su codigo
SO MORDAZA del cruce con la Ca. Caribe SM NCR ECR CR Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 RUTA SO12B SO49A SM14 SM19 SM19A SM19E NCR07 ECR22 CR24 CR25 CR44 CR58 RUTA EO127 EO96B IO01 IO04 IO68 EM77 EM41A IM31

EO Despues del cruce con la Ca. Caribe EM IO IM

Articulo 3°.- Los Paraderos Autorizados ubicados MORDAZA y despues del cruce con la Ca. Caribe seran de MORDAZA diferenciados segun se detalla en el articulo 2°, siendo de uso exclusivo para el embarque y/o desembarque de pasajeros y de obligatorio cumplimiento por todas las empresas autorizadas a prestar el servicio de transporte publico en esas vias. Articulo 4°.- Los Paraderos Autorizados podran ser identificados mediante la senalizacion horizontal y/o vertical respectiva, que permitan una adecuada orientacion de los operadores y usuarios de acuerdo a la agrupacion efectuada en cada una de las vias senaladas en la presente resolucion. Articulo 5°.- La vigencia de los Paraderos Autorizados queda sujeta a cualquier variacion que la autoridad administrativa considere tecnicamente necesaria, para la implementacion del MORDAZA Sistema Metropolitano de Transporte. Articulo 6°.- Las empresas, conductores y cobradores del Servicio de Transporte Publico Regular de Pasajeros, deberan informar permanentemente a los usuarios, que el embarque y desembarque de pasajeros se realizara en los respectivos paraderos autorizados. Articulo 7º.- Encargar a la Subgerencia de Ingenieria de MORDAZA los trabajos de mantenimiento y senalizacion de los Paraderos Autorizados de acuerdo a su competencia. Articulo 8º.- Encargar a la Subgerencia de Fiscalizacion del Transporte, la supervision, fiscalizacion y cumplimiento de la presente Resolucion; de ser el caso, debera coordinar con la Policia Nacional del Peru encargada del control del MORDAZA, para que de acuerdo a su competencia y facultades, garantice el cumplimiento y respeto a los Paraderos Autorizados, una vez que estos MORDAZA debidamente senalizados. Articulo 9º.- Dejar sin efecto cualquier disposicion que se contraponga a la presente Resolucion. Articulo 10º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en la pagina Web de la Gerencia de Transporte MORDAZA y en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 11º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subgerente Subgerencia de Regulacion de Transporte Gerencia de Transporte MORDAZA

921271-1

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