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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 12 de abril de 2013 492602 Aprueban el Plan Anual de Capacitación a Terceros Vinculados a la Inocuidad de los Alimentos Agropecuarios Primarios y Piensos para el período 2013 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0032-2013-AG-SENASA-DIAIA 2 de abril de 2013 VISTO: La Resolución Jefatural Nº 253-2011-AG-SENASA, de fecha 16 de setiembre del 2011, que establece el Programa Nacional de Capacitación en Inocuidad de los Alimentos Agropecuarios Primarios y Piensos; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 16º del Decreto Legislativo Nº 1062 – Ley de Inocuidad de los Alimentos, establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA es la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria y tiene competencia exclusiva en el aspecto técnico, normativo y de vigilancia en materia de inocuidad de los alimentos agropecuarios de producción y procesamiento primario destinados al consumo humano y piensos, de producción nacional o extranjera, y que ejercerá sus competencias contribuyendo a la protección de la salud de los consumidores y promoviendo la competitividad de la agricultura nacional, a través de la inocuidad de la producción agropecuaria; Que, el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2011- A G – Reglamento de Inocuidad Agroalimentaria, señala como objetivo establecer disposiciones para garantizar la inocuidad de los alimentos agropecuarios primarios, así como de los piensos, con el propósito de proteger la vida y la salud de las personas, reconociendo y asegurando los derechos e intereses de los consumidores y promoviendo la competitividad de la agricultura nacional; Que, el Artículo 47º del Decreto Supremo Nº 004-2011- AG – Reglamento de Inocuidad Agroalimentaria, establece que el SENASA y los Gobiernos Regionales y Locales, mantendrán comunicación estrecha con otras autoridades y asociaciones de consumidores, coordinando y ejerciendo actividades que conlleven a la protección de la salud de los consumidores; Que, el Artículo 48º del Decreto Supremo Nº 004-2011- AG–Reglamento de Inocuidad Agroalimentaria, establece que el SENASA, los Gobiernos Regionales y Locales, desarrollarán programas de capacitación y difusión para fortalecer los sistemas de vigilancia y control de la inocuidad de los alimentos agropecuarios primarios y piensos, de acuerdo a la identifi cación de necesidades en la cadena de suministro de estos alimentos y piensos, así como de los consumidores. Los programas de capacitación sanitaria para los manipuladores de alimentos agropecuarios primarios y piensos deben incluir los aspectos relacionados a los Principios Generales de Higiene y Buenas Prácticas de Producción y Manipulación; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 253-2011- AG-SENASA, se establece el Programa Nacional de Capacitación en Inocuidad de los Alimentos Agropecuarios Primarios y Piensos, el cual se ejecutará a nivel nacional en coordinación con las autoridades de los Gobiernos Regionales y Locales; Que, visto la mencionada Resolución, se establece que el Programa Nacional de Capacitación en Inocuidad de los Alimentos agropecuarios primarios y piensos, constará de planes anuales en los que especifi cará el calendario a seguir, los agentes vinculados a la cadena alimentaria a capacitar, los lugares donde se realizará la capacitación, así como la metodología a seguir; De conformidad con lo dispuesto y, en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo Nº 1062 - Ley de Inocuidad de los Alimentos, Decreto Supremo Nº 034-2008-AG – Reglamento de la Le y de Inocuidad de los Alimentos, Decreto Supremo Nº 004-2011-AG y por el Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; y el visado de la Subdirección de Inocuidad Agroalimentaria y de las Ofi cinas de Secretaría Técnica, Planifi cación y Desarrollo Institucional y Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Capacitación a Terceros Vinculados a la Inocuidad de los Alimentos Agropecuarios Primarios y Piensos para el período 2013; el que se desarrollará sobre los lineamientos establecidos en el Programa Nacional de Capacitación a Terceros Vinculados a la Inocuidad de los Alimentos Agropecuarios y Piensos, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 253-2011-AG-SENASA. Artículo 2º.- Para el período 2013, las Direcciones Ejecutivas del SENASA, coordinarán con sus Terceros Vinculados a la Inocuidad de los Alimentos Agropecuarios Primarios y Piensos para que ejecuten la capacitación en su respectiva jurisdicción territorial, según el anexo que forma parte de la presente Resolución, que será publicado en el portal institucional del SENASA (www.senasa.gob.pe). Artículo 3º.- El presupuesto utilizado en la capacitación para el período 2013, será el establecido en el Plan Operativo Anual 2013, en lo que corresponde al Proyecto de Inversión Pública SNIP: 60506 “Fortalecimiento del Sistema de la Inocuidad Agroalimentaria de Producción y Procesamiento Primario” y a la Unidad Básica de Gestión “Sistema de Inocuidad Agroalimentaria 2013-2016”. Artículo 4º.- Aquellos involucrados en alguna de las etapas de la cadena agroalimentaria primaria y que no se encuentren dentro del alcance de lo indicado en los Artículos 2º y 3º de la presente Resolución, podrán solicitar al SENASA ser capacitados sobre Inocuidad de los Alimentos Agropecuarios Primarios y Piensos. Dichas solicitudes podrán ser ejecutadas por SENASA, siempre que no se incurra en gastos adicionales a lo establecido en su Plan Operativo Anual 2013. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS CABALLERO SOLIS Director General Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria Servicio Nacional de Sanidad Agraria 922775-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan convocatoria a Concurso Público de Méritos para la cobertura de diversas plazas de la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas del Viceministerio de Turismo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 095-2013-MINCETUR/DM San Isidro, 10 de abril de 2013 Visto, los Memorándum Nºs. 1014-2012, 102 y 116- 2013-MINCETUR/VMT, de la Viceministra de Turismo; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el numeral 8.1.f) del artículo 8º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2013, se prohíbe el ingreso de personal en el sector público salvo en el caso de los reemplazos por cese del personal, que se hubiese producido a partir del año 2011, ingreso que se efectúa necesariamente por concurso público de méritos y sujeto a los documentos de gestión respectivos; Que, mediante los documentos del Visto, el Viceministerio de Turismo solicita la realización del Concurso Público de Méritos para ocupar cuatro (4) plazas de la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas: Plaza Nº 361 – Abogado III, Nivel P-B y Plaza Nº 396 – Inspector de Juegos III, Nivel T-A, que se encuentran vacantes por motivo de cese de personal, así como las Plazas Nºs. 393 y 394 – Inspector de Juegos III, Nivel T-A, que fueron declaradas desiertas durante el Concurso Público de Méritos autorizado mediante la Resolución Ministerial Nº 197-2012-MINCETUR/DM; Que, mediante Resolución Suprema Nº 016-2002- MINCETUR y sus modifi catorias, se aprobó el Cuadro para