Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2013 (12/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 12 de MORDAZA de 2013

· Un representante de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Salud. · Un representante de la Direccion General del Hospital Nacional MORDAZA E. Bernales. Articulo 4º.- La Comision debera instalarse al dia siguiente de publicada la presente Resolucion Ministerial. Asimismo, la citada Comision debera elevar a la Ministra de Salud un informe, en un plazo de treinta (30) dias contados desde su instalacion. Registrese, comuniquese y publiquese.

Direccion General de Salud de las Personas, el Seguro Integral de Salud ­ SIS, el Fondo Intangible de Solidaridad de Salud y la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud; y, Con el visado de la Directora General de la Direccion General de Salud de las Personas, del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo previsto en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:

MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud

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Disponen la prepublicacion del Proyecto de Reglamento de la Ley Nº 29761, Ley de Financiamiento Publico de los Regimenes Subsidiado y Semicontributivo del Aseguramiento Universal en Salud, en el MORDAZA institucional del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 194-2013/MINSA
MORDAZA, 11 de MORDAZA del 2013 Visto, el Informe N° 001-2013-CSFRL/MINSA emitido por la Comision Sectorial encargada de formular el proyecto de Reglamento de la Ley N° 29761 y contando con las opiniones tecnicas favorables de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la Direccion General de Salud de las Personas, el Seguro Integral de Salud, el Fondo Intangible de Solidaridad de Salud y la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, senala que la proteccion de la salud es de interes publico y por tanto es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el articulo VI del Titulo Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, establece que es responsabilidad del Estado promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la poblacion, en terminos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad; Que, la Ley N° 29761, Ley de Financiamiento Publico de los Regimenes Susbsidiado y Semicontributivo del Aseguramiento Universal en Salud, dispone en su Unica Disposicion Complementaria Final que el Ministerio de Salud reglamentara la referida Ley; Que, con Resolucion Ministerial N° 707-2011/MINSA y sus modificatorias se conformo la Comision Sectorial encargada de formular el proyecto de Reglamento de la Ley N° 29761, Ley de Financiamiento Publico de los Regimenes Subsidiado y Semicontributivo del Aseguramiento Universal en Salud; Que, mediante documento del visto, la precitada Comision Sectorial ha remitido el proyecto de Reglamento de la Ley N° 29761, Ley de Financiamiento Publico de los Regimenes Susbsidiado y Semicontributivo del Aseguramiento Universal en Salud; Que, el articulo 14° del Reglamento que establece Disposiciones Relativas a la Publicidad, Publicacion de Proyectos Normativos y Difusion de Normas Legales de Caracter General aprobado con Decreto Supremo N° 0012009-JUS, que establece las disposiciones de la publicidad, publicacion de proyectos normativos y difusion de normas legales de caracter general, senala que las entidades publicas dispondran la publicacion de los proyectos de normas legales de caracter general que MORDAZA de su competencia en el Diario Oficial El Peruano, en sus Portales Electronicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) dias MORDAZA de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales; Contando con las opiniones tecnicas favorables de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, la

Articulo 1º.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones efectue la pre publicacion del Proyecto de Reglamento de la Ley N° 29761, Ley de financiamiento Publico de los Regimenes Subsidiado y Semicontributivo del Aseguramiento Universal en Salud, en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Salud, en la direccion electronica de normas legales http://www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas. asp y en el enlace de documentos en consulta http://www. minsa.gob.pe/portada/docconsulta.asp, a efecto de recibir las sugerencias y comentarios de las entidades publicas o privadas, y de la ciudadania en general, durante el plazo de treinta (30) dias, a traves del correo webmaster@minsa.gob.pe. Articulo 2°.- Encargar a la Direccion General de Salud de las Personas la recepcion, procesamiento y sistematizacion de las sugerencias y comentarios que se presenten, a fin de elaborar el proyecto correspondiente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE HABICH MORDAZA Ministra de Salud

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TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban renovacion de vigencia de homologacion de equipo para medicion de emisiones vehiculares solicitada por empresa
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 073-2013-MTC/16
MORDAZA, 6 de marzo de 2013 Vista, la solicitud con P/D Nº 009477 presentada por la empresa Z.FLEISCHMAN Y CIA. S.A.C. para que se renueve el plazo de vigencia de la homologacion del equipo: Analizador de Cuatro Gases para vehiculos de encendido por compresion que usan combustible gasolina, MORDAZA OPUS PRODOX AB, procedencia Suecia, Modelo OPUS 40, MORDAZA portatil; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se determinan las funciones y la estructura organica basica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, la Direccion General de Asuntos Socio Ambientales se encarga de velar por el cumplimiento de las normas socio-ambientales, con el fin de asegurar la viabilidad socio ambiental de los proyectos de infraestructura y servicios de transporte; Que, el literal g) del articulo 76º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones dispone que la Direccion de Gestion Ambiental, organo de linea de la Direccion General de Asuntos Socio Ambientales, tiene entre sus funciones homologar y autorizar la utilizacion de equipos para el control oficial de los Limites Maximos Permisibles; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2001-MTC, se establecieron los Limites Maximos Permisibles de emisiones

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