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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (26/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 59

El Peruano Viernes 26 de abril de 2013 493685 Artículo Cuarto.- DISPENSAR de la publicación de los edictos a los futuros contrayentes que hayan cumplido con la presentación de la documentación completa establecido como requisito previo y que se encuentren aptos para contraer matrimonio en mérito de lo establecido en el Artículo 252º Código Civil. Artículo Quinto.- AUTORIZAR la recepción de expedientes matrimoniales e inscripción hasta 24 horas antes de la fecha programada de la celebración del matrimonio a la Unidad de Administración Documentaria y Registro Civil de la Municipalidad, Sede Municipal de Huertos de Manchay y Agencia Municipal de José Gálvez Barrenechea , respectivamente. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Unidad de Administración Documentaria y Registro Civil la publicación de la relación de parejas que contraerán Matrimonio Civil Comunitario en las fechas programadas en el periódico mural de la Municipalidad de la Sede Municipal de Huertos de Manchay y Agencia Municipal de José Gálvez Barrenechea; así como también en la Página Web de la Municipalidad, indicando en forma genérica el lugar y hora donde se llevará a cabo el Matrimonio Civil Comunitario. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y Ofi cina de Informática y Estadística en la página web de la Municipalidad Distrital de Pachacámac www.munipachacamac.gob.pe Artículo Octavo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Ofi cina de Administración, Secretaria General a través de la Unidad de Administración Documentaria y Registro Civil, Ofi cina de Relaciones Públicas, así como a la Agencia Municipal José Gálvez Barrenechea, Sede de Huertos de Manchay y demás Unidades Orgánicas el cumplimiento y difusión del presente Decreto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HUGO L. RAMOS LESCANO Alcalde 929682-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Disponen levantar carga inscrita correspondiente al Lote 19 de la Mz. C del Programa de Vivienda Vipol El Naranjal RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA Nº 120-2013-SGCHU-GDU-DSMP San Martín de Porres, 22 de marzo del 2013 VISTO: el Expediente Nº 1142-2013 de fecha 08 de Enero del 2013, mediante el cual la Cooperativa de Servicios Múltiples del Personal de la Policía Nacional del Perú Ltda. Vipol, indica que habiendo cumplido con el pago de la redención de dinero por el défi cit de aporte a la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres por Recreación Pública, correspondiente a la Habilitación Urbana del Programa de Vivienda Vipol El Naranjal en San Martin de Porres, solicita se le otorgue la Resolución en la que se disponga levantar la carga que se encuentra registrada como garantía de pago ya cancelada de la Mz. C´ Lote 19 ubicado en el distrito de San Martín de Porres, Provincia y Departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, según consta en el As. 0005 de la P.E. PO1178387, por Resolución Administrativa Nº 179-2011- SGCHU-GDU/MDSMP de fecha 18 de Octubre de 2011, expedida por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, se dispuso la obligación a la Cooperativa de Vivienda de la Policía Nacional del Perú Ltda.- “Vipol”, para que cancelen el saldo pendiente como consecuencia del recálculo efectuado a partir del levantamiento de las observaciones advertidas en la Resolución Nº 149-2009- MML-GDU-SPHU, cuyo pago debía de cancelarse hasta antes de la Recepción de las Obras a la Municipalidad Distrital por el área de 947.92 m2, por lo que se quedó en garantía el lote 19 de la Mz C´ y el Lote 24 de la Mz D. Que con Resolución de Subgerencia Nº 197-2012- SGCHU-GDU/MDSMP de fecha 24 de Julio del 2012, se dispone levantar la carga inscrita en el As. 0005 de la partida Nº 1178387, correspondiente al Lote 24 de la Mz D del Programa de Vivienda Vipol El Naranjal; y con Codifi cado Nº 1142-2013 de fecha 08 de Enero del 2013, la Cooperativa de Servicios Múltiples del Personal de la Policía Nacional del Perú Ltda. Vipol, solicita levantar la carga que subsiste sobre el Lote 19 de la Mz C´ del Programa de Vivienda Vipol El Naranjal. Que con Informe Técnico Nº 036-2013-CDV-SGCHU- GDU/MDSMP de fecha 20 de Marzo del 2013, el técnico del área de Catastro y Habilitaciones Urbanas señala haber evaluado la documentación correspondiente a la Cooperativa de Vivienda Policial Vipol Ltda constituido por el terreno de 237,007.74 m2 que formó parte de un área mayor de 247,842.24 m2 ubicado en el Distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, posteriormente corregido como área de terreno de 243,443.36 m2, inscrito en la Partida Nº P101170088 de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos de Lima. Que el administrado ha cumplido con la cancelación del défi cit de Aporte destinado a Recreación Pública, conforme a los recibos de pago Nº 20130141195 y 5813004549 por el monto de s/. 8,761.08 nuevos soles y s/. 12,567.12 nuevos soles respectivamente, lo que corresponde al 75% del área de défi cit de aporte constituido por el Lote 19 de la Mz C´ del Programa de Vivienda Vipol - El Naranjal, distrito de San Martin de Porres, el mismo que corre inscrito en la Partida Nº P01345541 Asiento 00002. Que, mediante Informe Nº 0029-2013-CAST-SGCHU- GDU/MDSMP de fecha 20 de Marzo del 2013 emitido por el área legal de la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas, donde indica que habiendo cumplido la administrada con realizar el pago del défi cit de aporte, por el cual se había puesto en garantía el Lote 19 de la Mz C´ de la Cooperativa de Vivienda de la Policía Nacional del Perú LTDA (Programa El Naranjal), el mismo que corre inscrito en la Partida Nº P01345541 Asiento 00002 de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos de Lima, como se da constancia con los recibos de pago adjunto en original con el Codifi cado Nº 14431-2013 de fecha 08 de Enero del 2013, señala se emita el acto administrativo disponiendo el levantamiento de carga inscrita en el Asiento 0002 de la Partida Nº P01345541 correspondiente al Lote 19 de la Mz C´ del Programa de Vivienda Vipol - El Naranjal. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Edifi caciones, el artículo 20, inciso 6) de la ley Nº 27972- Orgánica de Municipalidades; artículo 201, incisos 1) y 2) de la ley Nº 27444 – del procedimiento Administrativo General; ley Nº 26878, Ley General de Habilitaciones Urbanas, Decreto Supremo Nº 011-1998-Vivienda; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER LEVANTAR LA CARGA inscrita en el As. 00002 de la Partida Nº P01345541 correspondiente al Lote 19 de la Mz C del Programa de Vivienda Vipol El Naranjal, constituido por el área de 612.00 m2 al haberse cancelado el défi cit de aporte reglamentario de Recreación Pública correspondiente a la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, mediante recibos de pago Nº 20130141195 y 5813004549 por el monto de S/. 8,761.08 y S/. 12,567.12 nuevos soles respectivamente abonados en la tesorería de esta corporación edil. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el diario Ofi cial “El Peruano”, a cuenta de los interesados en un plazo de 30 días de haberse notifi cado la presente Resolución. Artículo Tercero.- NOTIFICAR el presente acto administrativo a la Cooperativa de Servicios Múltiples del Personal de la Policía Nacional del Perú Ltda. Vipol, representado por su Presidente del Consejo de Administración Don Miguel Octavio Ocampo Salazar. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ELIANA LEDESMA CUEVA Subgerente de Catastro y Habilitaciones Urbanas 928998-1