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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (26/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 55

El Peruano Viernes 26 de abril de 2013 493681 de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, Nº SBS- DIR-ADM-085-16; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Ricardo Roland Berrospi Taquire, Coordinador Ejecutivo del Departamento de Desarrollo de Sistemas de la Gerencia de Tecnologías de Información de la SBS, del 26 de abril al 02 de mayo de 2013, a la ciudad de San Diego, Estado de California, Estados Unidos de América, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1,150.27 Viáticos US$ 1,100.00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 929707-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA Aprueban “Plan Regional por la Primera Infancia de Huancavelica 2012 - 2017” (Se publica la presente Ordenanza Regional a solicitud del Gobierno Regional de Huancavelica, mediante Ofi cio Nº 125-2013/GOB.REG.HVCA/PR, recibido el 24 de abril de 2013) ORDENANZA REGIONAL Nº 227-GOB.REG-HVCA/CR. Huancavelica, 6 de setiembre de 2012 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL PLAN REGIONAL POR LA PRIMERA INFANCIA DE HUANCAVELICA 2012 - 2017 Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derechos Público con autonomía política, económica y administrativa teniendo por misión organizador y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplifi cación administrativa. Que, en el Artículo 60º de la Ley Nº 27867 - Ley Organiza de los Gobiernos Regionales, establece que son funciones específi cas de los Gobiernos Regionales en materia de Desarrollo Social e Igualdad de Oportunidades, formular Políticas, regular, dirigir, ejecutar, promover, supervisar y controlar las acciones orientadas a favor de la Primera Infancia; Que, los Incisos 1) y 2) del Artículo 2º, de la Constitución Política del Estado, establecen que toda persona tienen derecho a la vida e integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar, la Igualdad ante la ley, por lo que nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza o sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole; Que, la Séptima Política de Estado del Acuerdo Nacional “Erradicación de la Violencia y Fortalecimiento del Civismo y de la Seguridad Ciudadana”, recoge el compromiso del estado de poner especial énfasis en extender los mecanismos legales para combatir prácticas violentas arraigadas como son el maltrato familiar y violencia contra la integridad física y mental de niños, ancianos y mujeres; y consolida políticas orientadas a prevenir, disuadir, sancionar, y eliminar aquellas conductas y prácticas sociales que pongan en peligro la tranquilidad, integridad o libertad de las personas. Que, la Décima Sexta Política del Estado del Acuerdo Nacional “Fortalecimiento de la Familia, Protección y Promoción de la Niñez, la Adolescencia y la Juventud” establece el compromiso del Estado de promover una comunidad familiar respetuosa y de los Derechos de todos sus integrantes y establece que es una Política del Estado prevenir, sancionar y erradicar las diversas manifestaciones de violencia que se producen en las relaciones familiares; Que, El Código del Niño y del Adolescente protege la vida del niño desde el momento de la concepción y garantiza su derecho a vivir en una familia, a su identidad, a la educación, a la atención integral en salud, a las recreación, entre otros. Reafi rma el interés superior del niño como base para toda medida que adopte el Estado. Así mismo detalla los deberes de los niños, los adolescentes y de los padres; Que, mediante Decreto Supremo Nº 00-2012-MIMP, se aprobó el Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia 2012-2021; bajo cuyos lineamientos se ha elaborado el Plan Regional por la Primera Infancia de Huancavelica 2012 - 2017; Que, El Plan Nacional por la Infancia y la Adolescencia 2012-2021, aprobado por Decreto Supremo 001-2012-MIMP, que garantiza la protección, el crecimiento y desarrollo integral de menores de 0 a 17 años de edad, dicho documento señala metas emblemáticas y resultados esperados para la Primera Infancia, marcando la pauta para los resultados y metas de cada Región; Que, El Plan Regional de Acción por la Infancia y Adolescencia 2010-2015: cuyo objeto es contribuir al ejercicio pleno de los derechos y deberes de los niños, niñas y adolescentes de la región Huancavelica, a través de la implementación de políticas locales y regionales desde acciones concertadas multisectorialmente, mediante una signifi cativa participación ciudadana para reducir la pobreza, prevenir el abandono moral y material, así como la exclusión a lo largo del ciclo de vida; Que, el Plan Regional por la Primera Infancia de Huancavelica a 2012 - 2017, está constituido por el Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia 2012-2021, Declaración Universal de los Derechos Humanos, Convención de los Derechos del Niño ,Objetivos de Desarrollo del Milenio, y otras normas que hacen referencia específi ca a la Protección de la Niñez y la Adolescencia, tanto en el Ámbito Nacional o Internacional y aquellas que ponen especial énfasis en las