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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (26/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 54

El Peruano Viernes 26 de abril de 2013 493680 traslado de una (01) Ofi cina Especial ubicada en el distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución N° 3953-2012 de fecha 26.06.2012, esta Superintendencia autorizó la apertura de la Ofi cina Especial ubicada en Jr. Calixto Arrestegui 245, distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno; Que, la EDPYME ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente para el traslado de la Ofi cina Especial solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “B”; y, De conformidad con lo dispuesto por el articulo 32° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS N° 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas aprobadas mediante la Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la EDPYME Acceso Crediticio el traslado de la Ofi cina Especial ubicada en Jr. Calixto Arréstegui 245, distrito de Juliaca, provincia de San Román, departamento de Puno; a su nuevo local ubicado en Jr. Jáuregui 523, cercado, de la misma localidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZARATE Intendente General de Microfi nanzas 929093-1 Autorizan a la Caja Rural de Ahorro y Crédito PRYMERA S.A. el traslado de agencias ubicadas en los distritos de San Juan de Lurigancho y Villa El Salvador, provincia de Lima RESOLUCIÓN SBS Nº 2363-2013 Lima, 12 de abril de 2013 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito PRYMERA S.A. para que se le autorice el traslado de dos agencias ubicadas en los distritos de San Juan de Lurigancho y Villa El Salvador, provincia de Lima, departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS Nº 3381-2012 se aprobó la apertura de la agencia ubicada en la Av. Gran Chimú Nº 832, 2do. Piso – Zárate, distrito San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; y otra ubicada en la Mz.1, Lote 4, Sector Segundo, Grupo Residencial 9, Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima; Que, en Sesión de Directorio de fecha 25 de marzo de 2013 se acordó el traslado de las referidas agencias; Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el traslado de ofi cinas, conforme lo establece el Procedimiento 12º del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) actualmente vigente; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702, de la Resolución SBS Nº 775-2008 y en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009 de fecha 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito PRYMERA S.A. el traslado de la agencia ubicada en la Av. Gran Chimú Nº 832, 2do. Piso – Zarate, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; a su nuevo local ubicado en la Av. Gran Chimú Nº 615-617 – Zárate, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; así como, el traslado de la agencia ubicada en la Mz.1, Lote 4, Sector Segundo, Grupo Residencial 9, distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima, a su nuevo local ubicado en la Mz. A, Lote 17, Sector 2, Grupo Residencial 9, distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 929589-1 Autorizan viaje de funcionario a EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN SBS Nº 2586-2013 Lima, 25 de abril de 2013 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada por Gartner a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fi n de participar en el Gartner Portals, Content & Collaboration Summit 2013, el mismo que se llevará a cabo del 28 de abril al 01 de mayo de 2013, en la ciudad de San Diego, Estado de California, Estados Unidos de América; CONSIDERANDO: Que, el citado evento está dirigido a responsables de tecnologías de información, quienes tendrán la oportunidad de compartir experiencias y conocer las nuevas tendencias en esta materia que se vienen desarrollando y aplicando en distintas organizaciones; Que, asimismo, en dicho evento se desarrollarán y revisarán temas relacionados sobre plataformas tecnológicas y portales, administración y explotación de contenidos, herramientas de colaboración social, la organización móvil, entre otros; Que, los temas a tratar en el mencionado evento serán de utilidad y aplicación de esta Superintendencia, por lo que se ha considerado conveniente designar al señor Ricardo Roland Berrospi Taquire, Coordinador Ejecutivo del Departamento de Desarrollo de Sistemas de la Gerencia de Tecnologías de Información; para que participe en el indicado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-16, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2013, estableciéndose en el Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios de la SBS para participar en eventos de interés para la institución; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en el indicado evento de capacitación, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2013; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema