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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (26/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 44

El Peruano Viernes 26 de abril de 2013 493670 debe presentar a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la renovación o contratación de una nueva póliza de seguro de responsabilidad civil extracontractual contratada antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ACTO Fecha máxima de presentación Primera renovación o contratación de nueva póliza 01 de noviembre del 2013 Segunda renovación o contratación de nueva póliza 01 de noviembre del 2014 Tercera renovación o contratación de nueva póliza 01 de noviembre del 2015 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza 01 de noviembre del 2016 Quinta renovación o contratación de nueva póliza 01 de noviembre del 2017 En caso que la empresa autorizada, no cumpla con presentar la renovación o contratación de una nueva póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad de la autorización. Artículo Cuarto.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo Quinto.- Remítase copia de la presente Resolución Directoral al Administrador del Sistema de Control de Carga de GNV. Artículo Sexto.- La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. El costo de la publicación de la presente Resolución Directoral será asumido por la empresa solicitante. Artículo Séptimo.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral N° 431-2013-MTC/15 de fecha 22 de enero de 2013. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director General (e) Dirección General de Transporte Terrestre 914488-1 ORGANISMOS EJECUTORES DESPACHO PRESIDENCIAL Designan Director de Tecnología de la Información y Sistemas y responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Despacho Presidencial RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Nº 011-2013-DP/SGPR Lima, 25 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director de Tecnología de la Información y Sistemas del Despacho Presidencial; Que, en tal sentido, es necesario designar a la persona que ocupará el referido cargo, quien además será el responsable del Portal de Transparencia del Despacho Presidencial; De conformidad con el artículo 3º de la Ley Nº 27594 y el literal q) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, aprobado por Decreto Supremo Nº 066-2006-PCM, modifi cado por Decreto Supremo Nº 082-2011-PCM y, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 y su Reglamento; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designación Designar a Juan Fredy Ortega Rojas, en el cargo de Director de Tecnología de la Información y Sistemas del Despacho Presidencial. Artículo 2º.- Responsable del Portal de Transparencia Designar a Juan Fredy Ortega Rojas, como funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia del Despacho Presidencial, conforme a la normatividad vigente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ELENA JUSCAMAITA ARANGÜENA Secretaria General de la Presidencia de la República 930070-1 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN