Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2013 (26/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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SUBDIRECCION DE DESARROLLO INMOBILIARIO RESOLUCION Nº 026-2013/SBN-DGPE-SDDI San MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2013 Visto el Expediente Nº 029-2013/SBN-SDDI, correspondiente al tramite de desafectacion de dominio publico del predio de propiedad del Estado de 5 921,23 m², ubicado en la Agrupacion de Familias Pueblo MORDAZA, Sector II, Manzana G, Lote OTFI, en el distrito de Pacocha, provincia de Ilo, departamento de Moquegua; y, CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales ­ SBN, en merito a la Ley Nº 29151 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA, asi como al Decreto Supremo Nº 0582011-PCM, que actualiza la calificacion y relacion de los organismos publicos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 29158, es el Organismo Publico Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, siendo el Ente Rector responsable de normar los actos de adquisicion, disposicion, administracion y supervision de los bienes estatales, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administracion esta a su cargo y tiene como finalidad buscar el aprovechamiento economico de los bienes del Estado en MORDAZA con el interes social; Que, el Estado representado por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales- SBN, es titular del predio de 5 921,23 m² ubicado en la Agrupacion de Familias Pueblo MORDAZA, Sector II, Manzana G, Lote OTFI, en el distrito de Pacocha, provincia de Ilo, departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº P08000266 del Registro de Predios de Ilo y anotado en el Registro SINABIP Nº 1006 del Libro de Moquegua; Que, de los antecedentes registrales se advierte que, el citado predio constituye un area de equipamiento MORDAZA destinado a Otros Usos, por lo que, de conformidad con el literal a), numeral 2.2 del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, constituye un bien de dominio publico; Que, mediante Titulo de Afectacion en Uso de fecha 09 de noviembre de 1998, la entonces Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, afecto en uso el predio MORDAZA descrito a favor de la Municipalidad Distrital de Pacocha, para que lo destine al desarrollo de sus funciones; Que, mediante el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 043-2005-MDP del 06 de MORDAZA de 2005, la Municipalidad Distrital de Pacocha, aprobo la renuncia a la afectacion en uso otorgada a su favor respecto del predio MORDAZA descrito; Que, mediante la Resolucion 105-2005/SBNGO-JAR del 16 de junio de 2005, la entonces Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones de esta Superintendencia, dispuso la incorporacion de dominio a favor del Estado del predio materia del presente y aprobo la renuncia formulada por la Municipalidad Distrital de Pacocha, reasumiendo el Estado su administracion; Que, mediante el Oficio Nº 425-2013-VIVIENDAVMVU-DNV del 28 de febrero de 2013, la Directora Nacional de Vivienda del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, remite MORDAZA del Acta de la Vigesimo Cuarta Sesion de la Comision de Coordinacion creada por el Decreto Supremo Nº 010-2002-MTC, en el que con fecha 23 de MORDAZA de 2005, dicha Comision identifico el predio materia del presente, para su incorporacion al Plan Nacional de Vivienda "Vivienda para Todos" y asi ejecutar un programa de viviendas; Que, el articulo 43º del Reglamento de la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA, establece que la desafectacion de un bien de dominio publico, procedera cuando MORDAZA perdido la naturaleza o condicion apropiada para su uso publico o para prestar un servicio publico y debera

El Peruano Viernes 26 de MORDAZA de 2013

ser aprobada por la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales; excepcionalmente, a solicitud de la entidad previo informe sustentatorio, la SBN procedera a aprobar la desafectacion de los predios de dominio publico; Que, de acuerdo a la informacion remitida por la Direccion Nacional de Vivienda, a traves del Oficio Nº 615-2013-VIVIENDA/VMVU/DNV del 22 de marzo de 2013 y por el Fondo MIVIVIENDA S.A., con la Carta Nº 197-2013-FMV/GNI del 11 de MORDAZA de 2013, el predio materia del presente, esta calificado con la Zonificacion RDA ­ Residencial de Densidad Alta, asi como, que no presenta ocupaciones y se encuentra libre en toda su extension; Que, habiendose verificado que el predio no ha sido destinado a los fines para los que fue afectado en uso, que existe la imposibilidad que el predio sea destinado a la finalidad de servicio comunal, ya que el beneficiario encargado de brindar ese MORDAZA de servicio renuncio a la afectacion en uso otorgada a su favor, de lo cual se infiere que el predio no resultaba de utilidad para Municipalidad Distrital de Pacocha; asi como, que el servicio publico (otros usos) se encuentra previsto en otros lotes cercanos, se concluye que el predio ha perdido la condicion apropiada para su uso publico o para prestar un servicio publico, por lo que, habiendo sido identificado en la Vigesimo Cuarta Sesion de la Comision de Coordinacion creada por el Decreto Supremo Nº 010-2002-MTC, tal como consta en el Acta de fecha 23 de MORDAZA de 2005, para destinarlo a proyectos de vivienda, resulta necesario proceder a aprobar la desafectacion administrativa del predio materia del presente; Que, de acuerdo a lo senalado en el literal f) del articulo 48º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, corresponde a la Subdireccion de Desarrollo Inmobiliario, aprobar la desafectacion de bienes de dominio publico, incorporandolo al dominio privado del Estado, de conformidad con la normatividad vigente; Que, estando a los fundamentos senalados en el Informe Tecnico Legal Nº 030-2013/SBN-DGPE-SDDI, de fecha 23 de MORDAZA de 2013, corresponde declarar la desafectacion de su condicion de dominio publico del predio MORDAZA descrito, de conformidad con el articulo 43º del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por el Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, dado que el predio no cumple con su condicion de uso publico destinado a otros usos; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29151 ­ Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0072008-VIVIENDA y modificatorias, Decreto Supremo Nº 004-2007-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 016-2010VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la desafectacion de su condicion de dominio publico del predio de propiedad del Estado de 5 921,23 m², ubicado en la Agrupacion de Familias Pueblo MORDAZA, Sector II, Manzana G, Lote OTFI, en el distrito de Pacocha, provincia de Ilo, departamento de MORDAZA, inscrito en la Partida Nº P08000266 del Registro de Predios de Ilo, a fin que se incorpore al dominio privado del Estado. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº XIII­ Sede Tacna de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion procedera a inscribir lo resuelto en el articulo primero de la misma. Registrese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Subdirectora (e) de Desarrollo Inmobiliario 929943-2

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