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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (26/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 47

El Peruano Viernes 26 de abril de 2013 493673 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Modifican el Acta de Verificación del Cumplimiento del Procedimiento de Entrega de Información de Precios de Combustibles Derivados de Hidrocarburos - PRICE RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 132 Lima, 19 de abril de 2013 VISTO: El memorándum N° GFHL-DPD-944-2013, de la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia General Nº 403, se aprobó como supuesto para aplicación del benefi cio de reducción de multa por su pago voluntario respecto de actividades supervisadas por la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos, el incumplimiento de las normas metrológicas, de calibración, control, monitoreo y/o similares en Establecimientos de Venta al Público de Combustibles Líquidos; Que, a través de la Resolución de Gerencia General Nº 475 se modifi có la resolución anterior, incorporándose como supuesto para la aplicación del benefi cio de reducción de multa por su pago voluntario respecto de actividades supervisadas por la citada Gerencia, el incumplimiento del Procedimiento de Entrega de Información de Precios de Combustibles Derivados de Hidrocarburos (PRICE), aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 394- 2005-OS/CD y sus modifi catorias; Que, asimismo, y con la fi nalidad de implementar dicha modifi cación, la Resolución de Gerencia General Nº 475 aprobó el Acta de Verifi cación del Cumplimiento del Procedimiento de Entrega de Información de Precios de Combustibles Derivados de Hidrocarburos – PRICE; Que, por su parte, con fecha 23 de enero de 2013 se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano la Resolución de Consejo Directivo Nº 271-2012-OS/CD a través de la cual se aprobó la nueva Tipifi cación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos contenida en la Tipifi cación de Infracciones y Escala de Multas y Sanciones de OSINERGMIN; Que, asimismo, esa misma fecha se publicó en el citado diario, la Resolución de Consejo Directivo Nº 272-2012-OS/CD a través de la cual se aprobó el nuevo Reglamento del Procedimiento Administrativo Sancionador de OSINERGMIN; Que, en ese sentido, y en congruencia con el Principio de Legalidad, corresponde modifi car el formato del Acta de Verifi cación del Cumplimiento del Procedimiento de Entrega de Información de Precios de Combustibles Derivados de Hidrocarburos – PRICE, con la fi nalidad de adecuarla a las nuevas disposiciones vigentes del subsector hidrocarburos descritas precedentemente; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3º del Reglamento de la Ley Nº 29091, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM, las entidades de la Administración Pública se encuentran obligadas a publicar en el Portal del Estado Peruano y en sus Portales Institucionales, entre otras, las disposiciones legales que aprueben directivas, lineamientos o reglamentos técnicos sobre procedimientos administrativos contenidos en el TUPA de la entidad, o relacionados con la aplicación de sanciones administrativas; Que, de otro lado, el artículo 9º del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, modifi cado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS, dispone que en el caso de la publicación de normas legales que tengan anexos conteniendo gráfi cos, estadísticas, formatos, formularios, fl ujogramas, mapas o similares de carácter meramente ilustrativo, dichos anexos se publicarán en el Portal Electrónico de la entidad emisora en la misma fecha de la publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” de la norma aprobatoria; Con la opinión favorable de la Gerencia Legal y la Gerencia de Fiscalización de Hidrocarburos Líquidos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el Acta de Verifi cación del Cumplimiento del Procedimiento de Entrega de Información de Precios de Combustibles Derivados de Hidrocarburos - PRICE, que en calidad de Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo 3º.- Autorizar la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, y junto a su anexo en el Portal Electrónico de OSINERGMIN (www. osinergmin.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). JULIO SALVADOR JÁCOME Gerente General (e) OSINERGMIN 929627-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS CENTRO NACIONAL DE PLANEAMIENTO ESTRATEGICO Designan Asesor de la Presidencia del Consejo Directivo del CEPLAN RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 28-2013/CEPLAN/PCD Lima, 24 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Cuadro de Asignación de Personal del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN, aprobado por Resolución Suprema Nº 191-2010-PCM de fecha 17 de agosto de 2010, contempla el cargo de Asesor de la Presidencia del Consejo Directivo, considerándolo como cargo de confi anza; Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 09-2013/CEPLAN/PCD de fecha 01 de febrero de 2013, se aprobó el reordenamiento del Cuadro para Asignación del Personal–CAP del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico; Que, al encontrarse vacante el cargo de Asesor de la Presidencia del Consejo Directivo, resulta conveniente designar a la persona que ejerza las funciones correspondientes al cargo; Con la visación del Jefe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y del Jefe de la Ofi cina General de Administración de CEPLAN; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1088 que aprueba la Ley del