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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (27/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 6

El Peruano Sábado 27 de abril de 2013 493692 VISTO; El Ofi cio Nº 038-2013-PE/SE dirigida por el Presidente Ejecutivo del Organismo Público Sierra Exportadora; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28890 se creó el Organismo Público Sierra Exportadora y se ha declarado de interés nacional la promoción fomento y desarrollo de las actividades económicas rurales en la sierra, con énfasis en la agricultura, ganadería, acuicultura, artesanía, textilería, joyería, reforestación, agroforestería y turismo que permitan el acceso a los mercados de exportación; Que, del 29 de Abril al 3 de Mayo de 2013, se llevará a cabo el “Viaje de Negocios al Nor Oeste de Brasil”, organizado por Sierra Exportadora, a la ciudad de Río Branco, del Estado de Acre; y, a la ciudad de Porto Velho, Estado de Rondonia, República Federativa de Brasil, lo cual permitirá promover el intercambio comercial entre Brasil y los productores de la zona andina del Perú; Que, Sierra Exportadora tiene como misión promover, fomentar y desarrollar actividades económicas productivas de la sierra, que permitan a los productores articular competitivamente a mercados nacionales e internacionales; Que, en el marco de la ubicación estratégica de la Carretera Interoceánica como eje de conexión vial, resulta importante realizar el viaje propuesto, el cual favorecerá el intercambio comercial de las cadenas productivas de la zona andina entre productores andinos peruanos con Federaciones y Asociaciones de Comercio, Centrales de Abastecimiento y empresarios importadores brasileños; Que, el viaje propuesto tiene como objetivo el desarrollo de la competitividad de las cadenas productivas de quesos madurados, trucha, orégano y granadilla; entre otros, a fi n de seguir uniendo esfuerzos, capacidades, competencias y experiencias, a efectos de coordinar iniciativas conjuntas que contribuyan a la innovación productiva con una alta prospectiva en el ámbito comercial y social de la sierra del Perú; Que, en tal sentido, resulta de interés institucional autorizar el viaje del ingeniero Fernando Enrique Ego- Aguirre López Albujar, toda vez que permitirá desarrollar actividades vinculadas a la promoción de las cadenas productivas de la región andina; Que, de conformidad con la Ley N° 28890, Ley que crea Sierra Exportadora; la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y sus modifi catorias; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje del ingeniero Fernando Enrique Ego-Aguirre López Albujar, Jefe del Programa Nacional de Quesos y Especialista en marcas colectivas de Sierra Exportadora, del 28 de Abril al 03 de Mayo de 2013, a la ciudad de Río Branco, del Estado de Acre; y, a la ciudad de Porto Velho, Estado de Rondonia, República Federativa de Brasil para que en representación de Sierra Exportadora, lleve a cabo las acciones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 018 - Sierra Exportadora, de acuerdo al siguiente detalle: • Viáticos = S/. 2,600.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la persona cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberá presentar al Titular de la entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 930765-10 Crean Comisión Multisectorial de naturaleza temporal adscrita al Ministerio de la Producción, encargada de elaborar el proyecto de Reglamento de la Ley Nº 29769, Ley de promoción de la calidad y autenticidad de los productos industriales RESOLUCIÓN SUPREMA N° 141-2013-PCM Lima, 26 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29769, Ley de promoción de la calidad y autenticidad de los productos industriales, se declaró de necesidad pública la promoción de la comercialización segura en el Perú de productos industriales, nacionales o importados, a fi n de luchar contra la adulteración de los envases, recipientes, envolturas o empaques intactos originales; Que, el artículo 3 de la mencionada Ley, crea el Sistema de Autenticación de los Productos Industriales Envasados, con códigos digitales individualizados, asignados por la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) o por los gremios empresariales en los que se delegue esta función y colocados de manera indeleble en cada envase, recipiente, envoltura o empaque, mediato e inmediato de los Productos Industriales Envasados a ser comercializados en el mercado nacional; Que, el numeral 8.1 del artículo 8 la citada Ley, establece que todo producto idéntico o similar a cualquiera de los Productos Industriales Envasados acogidos al sistema de autenticación creado por esta Ley, que infrinja los derechos de propiedad intelectual de estos últimos, debe ser retirado de circulación inmediatamente y sometido a procedimiento de destrucción y dispone que se aplicará en estos casos lo previsto en el Decreto Legislativo 807, facultades, normas y organización del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi); Que, asimismo, la Primera Disposición Complementaria Final establece que la Ley Nº 29769, Ley de promoción de la calidad y autenticidad de los productos industriales, será reglamentada mediante decreto supremo refrendado por los Ministros de Economía y Finanzas y de la Producción; Que, en tal sentido, resulta pertinente constituir una Comisión Multisectorial de naturaleza temporal que se encargue de elaborar el proyecto de reglamento de la Ley Nº 29769, Ley de promoción de la calidad y autenticidad de los productos industriales; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación de la Comisión Multisectorial Créase una Comisión Multisectorial de naturaleza temporal adscrita al Ministerio de la Producción, encargada de elaborar el proyecto de Reglamento de la Ley Nº 29769, Ley de promoción de la calidad y autenticidad de los productos industriales. La Comisión Multisectorial establecerá los criterios que utilizará para cumplir con los objetivos de su creación. Artículo 2.- Conformación La Comisión Multisectorial estará conformada por un (1) representante titular y un (1) alterno de las siguientes Entidades: