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El Peruano Sábado 27 de abril de 2013 493693 - Ministerio de la Producción, quien la presidirá; - Ministerio de Economía y Finanzas; - Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat); e, - Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi). La Comisión Multisectorial podrá contar con la participación de especialistas de otras entidades públicas, de instituciones del sector privado y/o gremios empresariales, para el cumplimiento de sus fi nes. Artículo 3.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial será ejercida por la Dirección General de Políticas y Regulación del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción. Artículo 4.- Designación de representantes Las entidades señaladas en el artículo 2, designarán a sus representantes titular y alterno, mediante Resolución de su Titular, dentro de los cinco (5) días calendario contados a partir de la publicación de la presente Resolución Suprema. Artículo 5.- Plazo La Comisión Multisectorial deberá instalarse, indefectiblemente, en un plazo no mayor de siete (7) días hábiles contados desde la publicación de la presente Resolución Suprema. En un plazo no mayor de noventa (90) días calendario, desde su instalación, la Comisión Multisectorial presentará ante el Ministro de la Producción su Informe Final y el proyecto de Reglamento de la Ley Nº 29769, Ley de promoción de la calidad y autenticidad de los productos industriales. Artículo 6.- Gastos de la comisión El cumplimiento de las funciones de la Comisión Multisectorial y de la Secretaría Técnica, no demandará recursos adicionales al Tesoro Público. La participación de los representantes ante la Comisión Multisectorial es ad honorem. Artículo 7.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, y por los Ministros de Economía y Finanzas y de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas GLADYS MÓNICA TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción 930765-11 AGRICULTURA Aceptan renuncia a las funciones de la Unidad de Archivo y Trámite Documentario de la Oficina de Administración de la ANA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 174-2013-ANA Lima, 26 de abril de 2013 VISTO: La Carta s/n, de la señora Gianina Manuela Aliaga Falcón, Sub Directora de la Unidad de Archivo y Trámite Documentario de la Ofi cina de Administración de la Autoridad Nacional del Agua; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Jefatural Nº 763-2010-ANA, se encargó, a la señora Gianina Manuela Aliaga Falcón, las funciones de la Unidad de Archivo y Trámite Documentario de la Ofi cina de Administración de la Autoridad Nacional del Agua; Que, la citada funcionaria ha presentado su carta de renuncia al encargo conferido; habiéndose resuelto aceptar la misma; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua. SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir del día 01 de mayo de 2013, la renuncia presentada por la señora GIANINA MANUELA ALIAGA FALCÓN, a las funciones de la Unidad de Archivo y Trámite Documentario de la Ofi cina de Administración de la Autoridad Nacional del Agua, dando por concluida, a partir de dicha fecha la Resolución Jefatural Nº 763-2010-ANA, otorgándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO EDUARDO JARA FACUNDO Jefe Autoridad Nacional del Agua 930539-1 Encargan funciones de Director de las Autoridades Administrativas del Agua de Jequetepeque - Zarumilla y Marañón y de la Administración Local de Agua Huaraz RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 175-2013-ANA Lima, 26 de abril de 2013 VISTO: Las Cartas s/n, recepcionadas el 24 y 25 abril de 2013, de los Directores de las Autoridades Administrativas del Agua, Marañón y Jequetepeque – Zarumilla, respectivamente; y la Carta s/n recepcionada el 26 de abril de 2013; y, CONSIDERANDO: Que, según el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, las Autoridades Administrativas del Agua son órganos desconcentrados que dirigen en sus respectivos ámbitos territoriales, la gestión de los recursos hídricos en el marco de las políticas y normas dictadas por el Consejo Directivo y la Jefatura de la entidad; asimismo, las Administraciones Locales de Agua son unidades orgánicas que administran las aguas de uso agrario y no agrario en sus respectivos ámbitos territoriales; Que, mediante Resoluciones Jefaturales Nros.666- 2011-ANA y 132—2012-ANA, se encargaron las funciones de las Autoridades Administrativas del Agua Jequetepeque – Zarumilla y Marañón; y mediante la Resolución Jefatural Nº 710-2011-ANA, se encargó las funciones de la Administración Local de Agua Huaraz; Que, los funcionarios encargados de los mencionados órganos desconcentrados y unidad orgánica, han presentado su renuncia a las funciones encomendadas, habiéndose resuelto aceptarlas y encargar a los nuevos profesionales que asuman dichas funciones; Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2010-AG, la Jefatura de la entidad está facultada transitoriamente, para encargar mediante Resolución Jefatural las funciones de las