Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2013 (27/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Sabado 27 de MORDAZA de 2013

493701
visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA detallado a continuacion, del 29 de MORDAZA al 20 de junio de 2013, a fin que participen en un entrenamiento conjunto con las Fuerzas de Operaciones Especiales de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y Loreto. 1. MORDAZA Primero 2. MORDAZA Primero 3. Tecnico 4. Tecnico 5. Tecnico MORDAZA LUTZ MORDAZA MORDAZA Jay ALIASON Darrick GATES MORDAZA DENCENZO

un periodo MORDAZA de dos (2) anos, en el cargo que se detalla:

CARGO Agregado Militar Adjunto a la Embajada del Peru en los Estados Unidos de MORDAZA

GRADO NOMBRES Y APELLIDOS MORDAZA MORDAZA EP MORDAZA MORDAZA de Pinillos Quinonez

Articulo 2°.- El mencionado Oficial debera viajar al MORDAZA al cual ha sido designado en Mision Diplomatica, para asumir el respectivo cargo, una vez recibida la autorizacion correspondiente del Estado ante el cual sera acreditado. Articulo 3°.- El Ministerio de Defensa ­ Ejercito del Peru, efectuara los pagos que correspondan de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 028-2006-DE/ SG de fecha 13 de diciembre de 2006. Articulo 4°.- El otorgamiento de la compensacion extraordinaria por servicio en el extranjero se otorgara por los dias reales y efectivos de servicio en el exterior desde la MORDAZA del cargo hasta su termino por los dos (2) anos autorizados, salvo lo previsto en el Articulo 6° de la presente Resolucion. Articulo 5°.- El citado Personal destacado al Ministerio de Relaciones Exteriores pasara revista en la Direccion y Comando de Personal de su respectiva Institucion Armada, por el periodo que dure la Mision Diplomatica. Articulo 6°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o termino de la Mision Diplomatica, sin exceder el periodo total establecido. Articulo 7º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Defensa y el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa

930530-1

930765-15

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan al Ministerio de Economia y Finanzas para que atienda Operacion de Administracion de Deuda
DECRETO SUPREMO Nº 083-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 037-2013EF, se aprobo una operacion de administracion de deuda publica, bajo la modalidad de prepago, parcial y/o total, hasta por la suma de US$ 1 679 000 000,00 (MIL SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), de las obligaciones a que se refiere el numeral 8.1 del Articulo 8 del Decreto Supremo Nº 112-2009-EF, modificado por los articulos 1 y 2 del Decreto Supremo Nº 121-2009-EF; los numerales 9.1 y 9.2 del Articulo 9º del Decreto Supremo Nº 112-2009-EF, modificado por los Articulos 3º y 4º del Decreto Supremo Nº 121-2009-EF; asi como de las obligaciones derivadas de las operaciones de endeudamiento externo aprobadas por los Decretos Supremos Nºs. 180-2004-EF y 181-2004EF, modificados por el Decreto Supremo Nº 054-2005-EF, y de la operacion de endeudamiento externo aprobada por el Decreto Supremo Nº 035-2007-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 111-2007-EF y por el articulo 3º del Decreto Supremo Nº 085-2009-EF, cuyo financiamiento se realizara mediante la emision interna de bonos; Que, en el MORDAZA de la citada emision interna de bonos, con fecha 27 de febrero de 2013, se realizo una colocacion de bonos soberanos en el MORDAZA local, habiendose obtenido la suma equivalente a US$ 848 292 960,85 (OCHOCIENTOS

Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de EE.UU.
RESOLUCION MINISTERIAL N° 333-2013 DE/SG
MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 244 del 2 de MORDAZA de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio G.500-1466 del 22 de MORDAZA de 2013, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA por encargo del Comandante General de la MORDAZA, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de los Estados Unidos de America; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 29 de MORDAZA al 20 de junio de 2013, a fin de participar en un entrenamiento conjunto con las Fuerzas de Operaciones Especiales de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y Loreto; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar

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