Norma Legal Oficial del día 27 de abril del año 2013 (27/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano Sabado 27 de MORDAZA de 2013

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Articulo 12º.- Representacion de acciones en la Junta General de Accionistas Cada integrante de la Junta General de Accionistas, representara el numero de acciones del capital social de PETROPERU S.A. que resulte de dividir el total de las acciones entre el numero de miembros designados en representacion del Estado Peruano. De no obtenerse un numero entero como resultado de dicha division, se le asignara al Presidente de la Junta General de Accionistas, la representacion de una cantidad de acciones equivalente a un numero entero inmediato superior al obtenido, que permita asignar a los demas integrantes la representacion de un numero entero igual de acciones representativas del capital social de PETROPERU S.A. Articulo 13º.- Titularidad de las acciones Las acciones seran emitidas a nombre del Estado Peruano. La custodia de los titulos representativos de las acciones sera responsabilidad del Ministerio de Energia y Minas o en caso este lo delegue de PETROPERU S.A. DISPOSICION COMPLEMENTARIA Unica.- De conformidad con el Articulo 40º de la Constitucion Politica del Peru, los trabajadores de las empresas del Estado no ejercen funcion publica; en atencion a ello, los trabajadores de PETROPERU S.A. no son funcionarios ni servidores publicos, motivo por el cual, salvo Ley expresa que disponga lo contrario, a estos no les resultan aplicables aquellas disposiciones que se refieran de manera exclusiva a los servidores o funcionarios publicos.

Para los efectos de lo dispuesto en el ultimo parrafo del articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 43, modificado por el articulo 2º de la Ley Nº 28840, los resultados del informe anual formaran parte de los criterios para la evaluacion de los Directores. Articulo 5º.- Del Plan Estrategico, Plan Operativo y Presupuesto Anual Los procedimientos para la elaboracion, aprobacion, control, evaluacion y modificaciones del Plan Estrategico, Plan Operativo y Presupuesto Anual de PETROPERU S.A. son aprobados por su Directorio. Articulo 6º.- Proyectos de Inversion Los procedimientos de elaboracion, aprobacion, control y evaluacion de los proyectos de inversion de Petroleos del Peru - PETROPERU S.A., son aprobados por el Directorio. Articulo 7º.- De las sucursales de PETROPERU S.A. A las sucursales que constituya PETROPERU S.A. al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 43, les resultara aplicable lo dispuesto por la Primera y MORDAZA Disposicion Complementaria de Ley Nº 28840, en consecuencia, tales empresas se encuentran fuera del ambito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE y de la normativa del Sistema Nacional de Inversion Publica SNIP. No le resultaran aplicables las normas legales relativas a las empresas publicas, en concordancia con lo dispuesto por el articulo 5º del Decreto Legislativo Nº 43. Las contrataciones o adquisiciones que requieran las sucursales que constituya PETROPERU S.A., se regularan bajo el ambito del Reglamento de Adquisiciones y Contrataciones que apruebe el OSCE a propuesta de PETROPERU S.A., bajo el mecanismo establecido en la MORDAZA Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28840, por lo que no les resulta de aplicacion la normativa general de contrataciones y adquisiciones del Estado. Articulo 8º.- Regulacion respecto a los contratos asociativos. Cuando PETROPERU S.A. suscriba contratos de asociacion, consorcios, joint venture y otras modalidades de contratos asociativos o de colaboracion para el desarrollo de las actividades comprendidas dentro de su objeto social, se regiran por las disposiciones de la Ley General de Sociedades y por los usos y costumbres generalmente aceptados para estos tipos de participacion e integracion de negocios. El Directorio podra establecer Directivas que regulen las modalidades asociativas MORDAZA referidas. CAPITULO III DE LA EVALUACION DE LOS DIRECTORES Articulo 9º.- Evaluacion Anual PETROPERU S.A. a traves de su Directorio, presentara al Ministerio de Energia y Minas un informe del cumplimiento de los objetivos anuales del ejercicio inmediato anterior, dentro de los tres (3) primeros meses del ano siguiente. CAPITULO IV DE LAS UTILIDADES NETAS DISTRIBUIBLES Articulo 10º.- Aplicacion de excedentes Los montos correspondientes a las utilidades netas distribuibles de PETROPERU S.A. que no hayan sido utilizados en un ejercicio, seran aplicados exclusivamente en proyectos de inversion de los siguientes ejercicios. Para tal efecto, la Junta General de Accionistas aprobara la capitalizacion de las utilidades distribuibles. CAPITULO V DE LA JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS Articulo 11º.- Incompatibilidad Los integrantes de la Junta General de Accionistas, no podran ser designados como Directores de PETROPERU S.A.

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INTERIOR
Modifican R.S. N° 186-2011-IN que autorizo viaje de Oficial PNP en situacion de retiro para recibir tratamiento medico especializado en los EE.UU.
RESOLUCION SUPREMA N° 033-2013-IN
MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2013 VISTO, el expediente administrativo del Mayor en Situacion de Retiro de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA, relacionado a su tratamiento medico especializado en el extranjero, para intervencion quirurgica para cambio de esfinter urinario artificial, en la Clinica MORDAZA Urological Center de Miami - Estados Unidos de America; con un acompanante familiar. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema N° 186-2011-IN de fecha 30 de diciembre de 2011, se autorizo el viaje al extranjero al Mayor en Situacion de Retiro de la Policia Nacional del Peru MORDAZA MORDAZA MORDAZA por tratamiento medico especializado en la Clinica MORDAZA Urological Center de Miami - Estados Unidos de MORDAZA, para intervencion quirurgica de cambio de esfinter urinario artificial, por un periodo de tres (3) semanas, con acompanante familiar directo; Que, al expedirse la Resolucion Suprema N° 1862011-IN, se consigno la estadia del administrado por un periodo de tres (3) semanas, sin embargo se autorizo el abono de cuatrocientos cuarenta con 00/100 Dolares Americanos (US$ 440.00) en su cuenta del Banco de la Nacion, monto equivalente a dos (2) dias de permanencia en el extranjero; razon por la que no se realizo el viaje al no encontrarse cubierta la totalidad de la estadia; Que, por el tiempo transcurrido, se solicito la actualizacion de la cotizacion de la Clinica MORDAZA Urological Center y los certificadas presupuestales del Fondo de Salud Policial y Direccion de Economia y Finanzas de la Policia Nacional del Peru, con la finalidad de viabilizar el viaje del mencionado Oficial Superior en Situacion de Retiro;

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