Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (27/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 22

El Peruano Sábado 27 de abril de 2013 493708 Que, la Clínica Carrión Urological Center, mediante carta del 10 de septiembre de 2012, ha considerado ocho (8) semanas o cincuenta y seis (56) días para el tratamiento médico altamente especializado, con un costo ascendante a veintitrés mil ochocientos cincuenta y ocho Dólares Americanos (US$ 23,858.00) más una garantía de seis mil ciento cuarenta y dos con 00/100 Dólares Americanos (US$ 6,142.00), en caso que exista alguna complicación o si tuviera que extenderse la hospitalización del paciente por más de dos días, sumando todo ello treinta mil con 00/100 Dólares Americanos (US$ 30,000.00); Que, mediante Informe N° 003-2013-DIRECFIN-PNP- DIVDyB-DEPADM-TM del 11 de enero de 2013, se establece que la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, abonará al Mayor de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Segundo Cerdán Guevara, la cantidad de cinco mil cuatrocientos noventa con 00/100 Dólares Americanos (US$ 5,490.00), por concepto de pago de viáticos por cincuenta y cuatro días de tratamiento altamente especializado en el extranjero; monto que se encuentra presupuestado de conformidad a la Certifi cación Presupuestario Nota N° 0000000011 de fecha 14 de enero de 2013, y registrado en el Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF-SP); el cual sumado a los cuatrocientos cuarenta con 00/100 Dólares Americanos (US$ 440.00) abonado al administrado a mérito de la Resolución Suprema N° 186-2011 -IN de fecha 30 de diciembre de 2011, hace un total de cinco mil novecientos treinta con 00/100 Dólares Americanos (US$ 5,930.00); Que, mediante Ofi cio N° 13-2013-DGPNP-FOSPOLI- GG-DIVECO-DEP del 18 de enero de 2013, el Jefe del Departamento de Presupuesto del Fondo de Salud Policial, adjunta la Certifi cación Presupuesta! N° 003-13-DGPNP/ FOSPOLI-GG-DIVECO-DEP del 18 de enero de 2013, por el monto de treinta y un mil seiscientos ochenta y tres con 30/100 Dólares Americanos (US$ 31,683.30), destinados a la cobertura de los servicios de salud del administrado, de los cuales un mil seiscientos ochenta y tres con 30/100 Dólares Americanos (US$ 1,683.30) son para los pasajes, impuesto de tarifa única de aeropuerto y treinta mil con 00/100 Dólares Americanos (US$ 30,000) por servicios médicos; Que, mediante Acta de Junta Médica Intersanidades N° 001/2013 del 20 de febrero de 2013, recomendó que el Mayor de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Segundo Cerdán Guevara, deberá viajar a la Ciudad de Miami para su evaluación y tratamiento quirúrgico por un periodo de ocho (8) semanas, con acompañante familiar directo; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, hace extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002- 2004-DE/SG, modifi cado por el Decreto Supremo N° 008-2004-DE/SG, el Decreto Supremo N° 028-2006- DE-SG y el Decreto Supremo N° 004-2009-DE-SG, que aprueba el Reglamento de Viaje al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, en el cual se regula los viajes al exterior del Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, y establece que tienen derecho a recibir tratamiento médico especializado en el extranjero, cuando no haya logrado su total recuperación en el país; y, De conformidad con la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Decreto Legislativo N° 1135 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y a lo previsto en el Reglamento del Fondo de Salud Policial, aprobado por Resolución Ministerial N° 024-2009-IN/PNP del 16 de enero de 2009; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifi car el artículo 1 de la Resolución Suprema N° 186-2011-IN de fecha 30 de diciembre de 2011, que autoriza el viaje al extranjero al Mayor de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Segundo Cerdán Guevara, por tratamiento médico especializado en la Clínica Carrión Urological Center de Miami - Estados Unidos de América, para intervención quirúrgica de cambio de esfínter urinario artifi cial, por un período de tres (3) semanas, en compañía de un familiar directo, por las razones expuestas en el parte considerativa de la presente resolución, autorizando en su reemplazo el viaje por cincuenta y seis (56) días de permanencia en el extranjero”. Artículo 2.- La Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, abonará al Mayor de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Segundo Cerdán Guevara la cantidad de cinco mil cuatrocientos noventa con 00/100 Dólares Americanos (US$ 5,490.00), por concepto de pago de viáticos por cincuenta y cuatro (54) días de tratamiento médico especializado en el extranjero, el cual sumado a los cuatrocientos cuarenta con 00/100 Dólares Americanos (US$ 440.00) abonado al administrado en mérito de la Resolución Suprema N° 186-2011-IN, hace un total de cinco mil novecientos treinta con 00/100 Dólares Americanos (US$ 5,930.00). Artículo 3.- El Fondo de Salud Policial, cubrirá los gastos que demande el tratamiento médico especializado de cambio de esfínter urinario artifi cial, al Mayor de la Policía Nacional del Perú en Situación de Retiro Segundo Cerdán Guevara, ascendente a la cantidad de veintitrés mil ochocientos cincuenta y ocho con 00/100 Dólares Americanos (US$ 23,858.00), y el monto de mil seiscientos ochenta y tres con 30/100 Dólares Americanos (US$ 1,683.30) por concepto de pasajes. Artículo 4.- El Fondo de Salud de la Policía Nacional del Perú depositará en calidad de garantía a favor de la Clínica Carrión Urological Center, la cantidad de seis mil ciento cuarenta y dos con 00/100 Dólares Americanos (US$ 6,142.00) los que, de no haber ninguna complicación, será devuelto por dicha Clínica. Artículo 5.- Dentro de los quince (15) días de haber retornado de viaje, el personal policial autorizado deberá presentar un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 930765-17 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Acceden a solicitudes de extradición activa de ciudadanos peruanos y disponen su presentación a España, EE.UU. e Italia RESOLUCIÓN SUPREMA N° 041-2013-JUS Lima, 26 de abril de 2013 VISTO; el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 080-2012/ COE-TC, del 04 de octubre de 2012, sobre la solicitud de extradición activa al Reino de España de la ciudadana peruana CYNTHIA MILAGROS GUILLEN LINO, formulada por la Sala Penal Transitoria para Procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima Norte; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de