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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (27/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 14

El Peruano Sábado 27 de abril de 2013 493700 los ofi ciales en mención, pues contribuirá a viabilizar programas de apoyo en benefi cio de la calidad educativa de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”; Que, la citada Comisión de Servicio ha sido incluida en el Ítem 42 del rubro 1.- Formación / Califi cación / Especialización, del Anexo 2 (RDR) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado mediante Resolución Suprema N° 091- 2013- DE/, del 15 de marzo de 2013; Que, teniendo en consideración la programación de los vuelos internacionales y con el fi n de facilitar el viaje de los ofi ciales superiores en mención, es necesario autorizar su salida del país el 28 de abril de 2013, así como su retorno el 04 de mayo de 2013, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al tesoro público; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 008 (ENAMM), de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 – que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, del 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004, y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Director de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau” y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en comisión de servicio del Capitán de Navío Eduardo Alfonso Braulio Cochella Maldonado, identifi cado con DNI N° 43497084 y CIP N° 00802281 y del Capitán de Corbeta Renzo Drivack Gil Chau, identifi cado con DNI N° 09854134 y CIP N° 00921336, Director y Jefe de la Ofi cina de Administración de la Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, respectivamente, a la Ciudad de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, del 29 de abril al 03 de mayo de 2013, para participar en el 44º periodo de sesiones del Sub comité de Normas de Formación y Guardia, así como autorizar su salida del país el 28 de abril y su retorno el 04 de mayo 2013. Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa – Escuela Nacional de Marina Mercante “Almirante Miguel Grau”, Unidad Ejecutora 008, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje Aéreo: Lima – Londres (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) - Lima US $. 2,420.00 x 02 personas (Incluye TUUA) = US $. 4,840.00 Viáticos: US $ 260.00 x 05 días x 02 personas = US $. 2,600.00 TOTAL: US $. 7,440.00 Artículo 3°.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados, y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre de los participantes. Artículo 4°.- El personal comisionado deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje realizado, dentro de los 15 días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 930765-13 Nombran Agregado Militar Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América RESOLUCIÓN SUPREMA N° 166-2013-DE Lima, 26 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que, el artículo 14º de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas, modifi cado mediante Decreto Legislativo Nº 1143, establece que el Ofi cial en situación de actividad podrá ser nombrado para ocupar un cargo en el exterior de la República, en representación de su Institución y deberá tener por lo menos dos (02) años antes de estar incurso en las causales para el pase al retiro previstas en los artículos 45º y 46º de la Ley, y tendrán los mismos derechos que el personal diplomático establecidos en la norma que regula la materia; Que, mediante Resolución Suprema N° 017-2013 DE/ de fecha 18 de enero de 2013, se aprobaron los cargos vacantes a ser desempeñados por el Personal Superior de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática; Que, mediante Ofi cio Nº 005 CGE/Z/2013 del 29 de enero de 2013, el Ejército del Perú solicitó crear la vacante de Agregado Militar Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América, que será desempeñado por un Ofi cial Superior del Ejército en el período 2013 – 2015 y cuyo presupuesto será asumido por el Ejército del Perú; Que, mediante Resolución Suprema Nº 038-2013-DE/ del 1 de febrero de 2013, se creó la mencionada vacante a desempeñar por Personal Superior del Ejército del Perú; Que, mediante Acta de fecha 29 de enero de 2013 y de acuerdo a lo dispuesto en el inciso e) del artículo 8º del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática aprobado mediante Decreto Supremo Nº 028-2006-DE-SG de fecha 13 de diciembre de 2006, la Comisión ha recomendado al Ministro de Defensa la relación de Ofi ciales que deben desempeñarse como Agregados a partir del 01 de marzo de 2013 y por un período máximo de dos (2) años; Que, el artículo 9º del mencionado Reglamento establece que el Presidente de la República mediante Resolución Suprema debidamente refrendada por el Ministro de Defensa, nombra en Misión Diplomática al personal militar de las Fuerzas Armadas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28359 - Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas y su modifi catoria aprobada con el Decreto Legislativo Nº 1143, el Decreto Supremo N° 028-2006- DE/SG de fecha 13 de diciembre de 2006, la Resolución Ministerial N° 778-2008-DE/SG de fecha 25 de julio de 2008, la Resolución Suprema N° 017-2013 DE/ de fecha 18 de enero de 2013; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Nombrar en Misión Diplomática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores al Ofi cial Superior del Ejército del Perú a partir del 01 de mayo de 2013 y por