Norma Legal Oficial del día 07 de agosto del año 2013 (07/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

500772
13º del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, el Articulo 24º del Decreto Legislativo N° 1144 - que regula la Situacion Militar de los Supervisores, Tecnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas, establece que el personal nombrado en Comision de Servicio o Mision de Estudios, por cuenta del Estado en el extranjero, esta impedido de solicitar su pase a la Situacion Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo previsto en el Articulo 21º del referido Decreto Legislativo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en el citado articulo; Que, el Articulo 2° de la Resolucion Ministerial N° 778-2008-DE/SG, de fecha 25 de MORDAZA de 2008, dispone que los Organos Competentes, Organismos Publicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolucion Suprema de autorizacion de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposicion que precise, que en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se MORDAZA por dias reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 0242009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la MORDAZA y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Mision de Estudios del Oficial de Mar 1° Art. MORDAZA MORDAZA CACCHA MORDAZA, CIP. 02926830, DNI. 43429507 para que participe en el Curso de Mantenimiento de I y II Escalon Canon Oto Melara 76/62MM, a realizarse en la Escuela de Tecnicas y Tacticas Navales, Base MORDAZA de Puerto MORDAZA, Buenos Aires, Republica MORDAZA, del 11 de agosto al 20 de setiembre de 2013. Articulo 2º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aereos: MORDAZA - Buenos Aires (Republica Argentina) - MORDAZA US$. 793.01

El Peruano Miercoles 7 de agosto de 2013

Estudios, se efectuara con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru del Ano Fiscal 2013, de conformidad con la normativa vigente. Articulo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Articulo 6°.- El Personal Subalterno designado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Articulo 7°.- El mencionado Personal MORDAZA, revistara en la Direccion General de Educacion de la MORDAZA, por el periodo que dure la Mision de Estudios. Articulo 8°.- El citado Oficial de Mar, esta impedido de solicitar su pase a la Situacion Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta despues de haber servido en su respectiva Institucion Armada el tiempo minimo, mas el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Articulo 9°.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 10°.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 971229-4

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban texto del "Prospecto Base" de la Republica del Peru, actualizado al 31 de diciembre de 2012
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 220-2013-EF/52 MORDAZA, 5 de agosto de 2013 CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de las emisiones de bonos soberanos realizadas por la Republica del Peru en Nueva MORDAZA, asi como en otras plazas financieras internacionales, se ha registrado ante la Comision de Valores de los Estados Unidos de MORDAZA (SEC por sus siglas en ingles) y en las respectivas autoridades supervisoras de valores, el documento denominado "Prospecto Base", el cual contiene informacion de caracter estadistico, entre otros, sobre el MORDAZA, la cual no debe tener una antiguedad mayor a 16 (dieciseis) meses; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 516-2012EF/52 se aprobo el texto del citado "Prospecto Base" con informacion al 31 de diciembre de 2011; Que, en tal sentido, es necesario gestionar la actualizacion de la informacion contenida en el "Prospecto Base", cuyo texto actualizado al 31 de diciembre de 2012 corresponde aprobar; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y su modificatoria, el Decreto Legislativo Nº 183, Ley Organica del Ministerio de Economia y Finanzas, y sus modificatorias y el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28563, aprobado por el Decreto Supremo Nº 034-2012-EF, modificado por la Ley Nº 29953, Ley de Endeudamiento del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013;

US$.

793.01

Pasajes Terrestres: Buenos Aires - Puerto MORDAZA Buenos Aires US$. 30.00 US$.

30.00

Compensacion Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$. 2,200.00 / 31 x 21 dias (agosto 2013) US$. 1,490.32 US$. 2,200.00 / 30 x 20 dias (setiembre 2013) US$. 1,466.67 --------------------TOTAL A PAGAR: US$. 3,780.00 Articulo 3º.- El otorgamiento de la Compensacion Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se MORDAZA por dias reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, y con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Ano Fiscal correspondiente. Articulo 4º.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorizacion de viaje en Mision de

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