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El Peruano Martes 13 de agosto de 2013 501056 I”, es necesario designar al Coronel EP Carlos Augusto TORRES Paredes y al Coronel FAP Luis Alberto AREVALO Ángeles, representantes del Ministerio de Defensa, para que participen en la “Quinta Reunión Presencial del Comité Consultivo de Especialistas” y en la “Cuarta Reunión del Comité Técnico Asesor”, respectivamente; Que, las actividades antes mencionadas no se encuentran consideradas en el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013 aprobado con Resolución Suprema Nº 091-2013-DE, del 15 de marzo de 2013, en razón de que las mismas fueron comunicadas con posterioridad a su aprobación; sin embargo, en atención a los intereses del Sector Defensa y la importancia de las actividades por desarrollar, resulta pertinente expedir la autorización de viaje; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales, y con el fi n de prever la participación del personal militar durante la totalidad del evento, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después del mismo; Que los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2013 de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Defensa, de conformidad con el artículo 13° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de Junio de 2002; Que, conforme al artículo 8° del Decreto Supremo N° 047 - 2002 - PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión ofi cial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un (1) día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951- Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley N° 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002 PCM, de fecha 05 de junio del 2002; modifi cado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo N° 002- 2004- DE/SG de fecha 26 de enero 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa y el Decreto Supremo N° 024-2009- DE/SG del 19 de noviembre de 2009; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al Exterior en Comisión de Servicio, al Coronel EP Carlos Augusto TORRES PAREDES, DNI 43296105 y al Coronel FAP Luis Alberto ARÉVALO ANGELES, DNI 43334737, para que participen en la “Quinta Reunión Presencial del Comité Consultivo de Especialistas” y en la “Cuarta Reunión del Comité Técnico Asesor”, respectivamente; con la fi nalidad de elaborar una propuesta de esquema de vinculación industrial para la ejecución del proyecto de diseño, desarrollo y producción regional del Avión de Entrenamiento Primario - Básico “UNASUR I”, que se llevará a cabo en la ciudad de Córdoba, República Argentina, del 14 al 16 de agosto de 2013; así como autorizar su salida del país el 13 de agosto de 2013 y su retorno el 17 de agosto de 2013. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Unidad Ejecutora 001: Administración General, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos: Lima - Córdoba (República Argentina) - Lima US$ 1,333.41 x 2 personas. (Incluye TUUA) US$ 2,666.82 Viáticos: US$ 370.00 x 2 personas x 4 días US$ 2,960.00 ----------------------- TOTAL US$ 5,626.82 Artículo 3º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dicho personal deberá cumplir con lo dispuesto en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002, relacionado con la sustentación de viáticos. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 973901-2 Autorizan ingreso de personal militar de EE.UU. al territorio nacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 670-2013-DE/SG Lima, 8 de agosto de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 500 del 20 de junio de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio Nº 1275-2013-VPD/B/b, del 1 de julio de 2013, el Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 19 al 24 de agosto de 2013, a fi n de sostener diversas reuniones de coordinación con autoridades del Sector Defensa, en la ciudad de Lima; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Dirección General de Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al Comandante Kevin Williams de los Estados Unidos de América, del 19 al 24 de agosto de 2013, a fi n que sostenga diversas reuniones de coordinación con autoridades del Sector Defensa, en la ciudad de Lima. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 973434-1