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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (13/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 7

El Peruano Martes 13 de agosto de 2013 501057 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 678-2013-DE/SG Lima, 9 de agosto de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 563 del 11 de julio de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Carta G.500-2909 del 5 de agosto de 2013, el Secretario del Comandante General de la Marina por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 15 de agosto al 3 de setiembre de 2013, a fi n de participar en un entrenamiento de equipo móvil de operaciones de tiro de combate a realizarse en la ciudad de Lima; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de los Estados Unidos de América detallado a continuación, del 15 de agosto al 3 de setiembre de 2013, a fi n que participen en un entrenamiento de equipo móvil de operaciones de tiro de combate a realizarse en la ciudad de Lima. 1. Mayor Justin WILHELMSEN 2. Capitán Preston PLUMMER 3. Capitán Jason GOLD 4. Técnico José MÁRQUEZ 5. Ofi cial de Mar Primero Alexander MÁRQUEZ 6. Ofi cial de Mar Tercero Tyler RICHARDS 7. Cabo Douglas RIVADENEYRA 8. Cabo James MINTURN 9. Cabo Jonathan BATCHELLER Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 973434-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 680-2013-DE/SG Lima, 9 de agosto de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 569 del 12 de julio de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio NC-900-SGFA-EMAI- Nº 3351 del 2 de agosto de 2013, el Secretario General de la Fuerza Aérea por encargo del Comandante General de la Fuerza Aérea, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 19 al 23 de agosto de 2013, a fi n de participar en la Cooperación Técnica – Uno con la Fuerza Aérea del Perú; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Fuerza Aérea del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al personal militar de los Estados Unidos de América detallado a continuación, del 19 al 23 de agosto de 2013, a fi n de que participen en la Cooperación Técnica – Uno con la Fuerza Aérea del Perú. 1. Mayor Christian C. BROCK 2. Mayor Julio C. TERRERO 3. Capitán Jonathan R. GUERRERO 4. Sargento Ángela M. COLEMAN 5. Sargento Joseph R. PIERSON Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 973434-4 Designan representante titular ante la Comisión Multisectorial creada por D.S. Nº 083-2012-PCM, así como Vicepresidente del Grupo de Trabajo constituido por R.M. Nº 1032-2012- DE/SG RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 674-2013-DE/SG Jesús María, 8 de agosto de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 083-2012-PCM, de fecha 5 de agosto de 2012, se declaró de interés nacional y de necesidad pública la elaboración y ejecución del “Plan de Desarrollo de Ciudades Sostenibles en Zonas de Frontera”, disponiéndose la creación de la Comisión Multisectorial de naturaleza permanente, adscrita al Ministerio de Vivienda,