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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (13/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 8

El Peruano Martes 13 de agosto de 2013 501058 Construcción y Saneamiento, con el objetivo de diseñar, elaborar y realizar el seguimiento de la ejecución del referido plan; Que, el artículo 2º del citado dispositivo legal señala que la Comisión Multisectorial estará conformada, entre otros, por un representante del Ministerio de Defensa; Que, asimismo, mediante Resolución Ministerial Nº 1032- 2012-DE/SG, de fecha 13 de setiembre de 2012, se constituyó el Grupo de Trabajo encargado de evaluar y establecer los requerimientos y necesidades para la creación e implementación de proyectos de infraestructura y/o equipamiento u otros, que coadyuven a la labor de los representantes del Sector ante la Comisión Multisectorial de carácter permanente, creada por el Decreto Supremo citado anteriormente, designándose al entonces Director General de Política y Estrategia como Vicepresidente del Grupo de Trabajo; Que, la designación del representante del Ministerio de Defensa recae en el Director General de Política y Estrategia, atendiendo a las competencias que le asigna el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1231-2012-DE/ SG, de fecha 31 de octubre de 2012, se aceptó la renuncia del señor José Higinio Robles Montoya al cargo de Director General de Política y Estrategia; Que, por Resolución Ministerial Nº 1277-2012-DE/SG, del 14 de noviembre de 2012, se designó al señor Augusto Moreno O’Phelan en el cargo de Director General de Política y Estrategia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar al señor Augusto Moreno O’Phelan, Director General de Política y Estrategia, como representante titular ante la Comisión Multisectorial creada por Decreto Supremo Nº 083-2012-PCM, encargada de la elaboración y seguimiento del “Plan de Desarrollo de Ciudades Sostenibles en Zonas de Frontera”, así como Vicepresidente del Grupo de Trabajo constituido por Resolución Ministerial Nº 1032-2012-DE/SG. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 894-2012-DE/SG de fecha 7 de agosto de 2012 y la Resolución Ministerial Nº 1032-2012-DE/SG del 13 de setiembre de 2012, en los extremos referidos a la designación del representante titular y vicepresidente, respectivamente, de la Comisión Multisectorial y Grupo de Trabajo indicados en la parte considerativa de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 973434-2 ENERGIA Y MINAS Otorgan concesión definitiva de generación con recursos energéticos renovables a favor de Empresa Eléctrica Agua Azul S.A. para desarrollar actividades de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Potrero RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 315-2013-MEM/DM Lima, 9 de agosto de 2013 VISTO: El Expediente N° 18319612 presentado por Empresa Eléctrica Agua Azul S.A., persona jurídica inscrita en la Partida N° 12563414 del Registro de Personas Jurídicas de la Ofi cina Registral de Lima, sobre otorgamiento de concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables; CONSIDERANDO: Que, mediante documento con registro de ingreso Nº 2186907 de fecha 04 de mayo de 2012, Empresa Eléctrica Agua Azul S.A. solicitó concesión defi nitiva de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables para el desarrollo de la futura Central Hidroeléctrica Potrero, con una potencia instalada de 19,9 MW, ubicada en los distritos de Eduardo Villanueva, Condebamba, Ichocán y Sitacocha, provincias de Cajabamba y San Marcos, departamento de Cajamarca, en la zona comprendida dentro de las coordenadas UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente, utilizando los recursos hídricos del río Crisnejas; Que, la petición de concesión defi nitiva está amparada en las disposiciones contenidas en los artículos 3 y 38 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, concordado con el artículo 66 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, de acuerdo a las normas legales vigentes en la fecha de su solicitud, la peticionaria presentó la Resolución Directoral N° 048-2013-GR-CAJ-DREM de fecha 24 de abril de 2013, mediante la cual la Dirección Regional de Energía y Minas de Cajamarca aprobó la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto Central Hidroeléctrica Potrero, cumpliendo los requisitos señalados en el artículo 38 de la Ley de Concesiones Eléctricas; Que, de acuerdo con el Informe N° 352-2012-DGE/DCE, que obra en el Expediente, no procede la aplicación de la consulta previa establecida en el Reglamento de la Ley Nº 29785, Ley del Derecho a la Consulta Previa a los Pueblos Indígenas u Originarios reconocido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)”, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 001-2012-MC, publicado el 03 de abril de 2012; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verifi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y con los procedimientos correspondientes establecidos en la Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 381-2013-DGE-DCE, en el cual se señala la procedencia de otorgar la concesión defi nitiva de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables; Estando a lo dispuesto por el artículo 38 de la Ley de Concesiones Eléctricas y el artículo 66 de su Reglamento, y de conformidad con las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo Nº 1002; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar concesión defi nitiva de generación con Recursos Energéticos Renovables a favor de Empresa Eléctrica Agua Azul S.A., que se identifi cará con el código N° 18319612, para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en la futura Central Hidroeléctrica Potrero, con una potencia instalada de 19,9 MW, ubicada en los distritos de Eduardo Villanueva, Condebamba, Ichocán y Sitacocha, provincias de Cajabamba y San Marcos, departamento de Cajamarca, en los términos y condiciones indicados en la presente Resolución Ministerial y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo siguiente. Artículo 2.- Aprobar el Contrato de Concesión N° 421- 2013 a suscribirse con Empresa Eléctrica Agua Azul S.A., que consta de 19 Cláusulas y 4 Anexos. Artículo 3.- Autorizar al Director General de Electricidad para suscribir, en representación del Estado, el Contrato de Concesión aprobado en el artículo que antecede, así como la Escritura Pública correspondiente. Artículo 4.- El texto de la presente Resolución Ministerial deberá incorporarse en la Escritura Pública que dé origen el Contrato de Concesión N° 421-2013, referido en el artículo 2 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 67 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez y por cuenta del interesado, dentro de los cinco (5) días calendario siguientes a su expedición y entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE MERINO RAFUR Ministro de Energía y Minas 973137-1