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El Peruano Martes 13 de agosto de 2013 501065 c) Ley : Al Texto Único Ordenado de la Ley del Im- puesto a la Renta aprobado mediante De- creto Supremo N.° 179-2004-EF y normas modifi catorias. d) PAP : A los productos alimenticios perecibles. e) Reglamento de la Ley : Al reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta aprobado por Decreto Supremo N.° 122-94-EF y normas modifi catorias Artículo 2°.- De los PAP Para efecto de la presente resolución, se consideran PAP únicamente a los siguientes productos alimenticios frescos sin envase: carnes y menudencias de animales; frutas; hortalizas; pescados y mariscos; leche, productos lácteos y embutidos, así como huevos y comida preparada. Artículo 3°.- De la acreditación de desmedros de los PAP para su deducción en la determinación del Impuesto a la Renta Para la deducción de desmedros de existencias dispuesta en el inciso f) del artículo 37° de la Ley, tratándose de autoservicios, alternativamente a lo previsto en el último párrafo del inciso c) del artículo 21° del Reglamento de la Ley, se podrá acreditar el desmedro de los PAP no sujetos a devolución o cambio, mediante el documento denominado “Reporte de Desmedros de los Productos Alimenticios Perecibles”. Artículo 4°.- Reporte de Desmedros de los PAP El Reporte de Desmedros de los PAP deberá contener, para su validez, la siguiente información: a) Identifi cación de los PAP. b) Cuantifi cación de los PAP. c) Valorización de los PAP de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 62° de la Ley. d) Fecha de eliminación de los PAP. e) Fecha de emisión del Reporte de Desmedros de los PAP, la cual debe coincidir con la fecha en que eliminen los PAP. f) Motivo de la eliminación de los PAP y sustento técnico mediante el cual se acredite la falta de inocuidad de dichos productos de acuerdo con las normas del sector correspondiente. g) Firma del gerente general y del encargado del área de aseguramiento de la calidad del autoservicio. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Vigencia La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 973774-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD. ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL Dan por concluidas encargaturas de Gerentes de Servicios de Seguridad Privada, de Control y Fiscalización, de Explosivos y Productos Pirotécnicos de Uso Civil y de Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 020-2013-SUCAMEC Lima, 9 de agosto de 2013. VISTO: La Resolución Ministerial N° 1100-2013-IN, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, el 9 de agosto de 2013 y por las siguientes consideraciones: 1. Mediante Decreto Legislativo N° 1127, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 7 de diciembre de 2012, se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil — SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones. 2. Con fecha 4 de abril de 2013 se publicó en el Diario Ofi cial El Peruano el Decreto Supremo N° 004-2013-IN, mediante el cual se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la SUCAMEC, vigente a partir del 4 de mayo de 2013. 3. Según Resolución Suprema N° 064-2013-IN, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 26 de junio de 2013, se designa al Superintendente Nacional de la SUCAMEC. 4. Mediante el artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 001-2013/SUCAMEC, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, el 1 de junio de 2013, se dispuso que la conducción de la Gerencia de Servicios de Seguridad Privada y la Gerencia de Control y Fiscalización de la SUCAMEC recaían en el señor Alberto Ramón Vildoso Mazuelos; que la conducción de la Gerencia de Explosivos y Productos Pirotécnicos de Uso Civil recaía en el señor Luis Miguel Gutiérrez Gambetta; y que la conducción de la Ofi cina de Asesoría Jurídica recaía en la señora abogada Martha Ysabel Villanueva Enríquez. 5. La Resolución Ministerial N° 1100-2013-IN, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 9 de agosto de 2013, dio por concluida la designación del señor Alberto Ramón Vildoso Mazuelos, en el cargo público de confi anza de Director de Programa Sectorial II, Nivel F-3, de la Dirección de Control de Servicios de Seguridad Privada, de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - DICSCAMEC, ahora SUCAMEC. 6. Mediante Resolución Ministerial N° 1099-2013-IN, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 9 de agosto de 2013, se dio por concluida la designación de la señora abogada Martha Ysabel Villanueva Enríquez, en el cargo público de confi anza de Directora de Programa Sectorial II, Nivel F-3, de la Ofi cina de Asesoría Legal, de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil - DICSCAMEC, ahora SUCAMEC. 7. Se ha estimado conveniente dejar sin efecto las encargaturas a que se refi eren los numerales que anteceden, en atención a lo dispuesto en el artículo 11, literal c) del Decreto Supremo N° 004-2013-IN, que aprueba el ROF de la SUCAMEC. 8. De conformidad con las facultades conferidas en el Decreto Legislativo N° 1127, la Resolución Suprema N° 064- 2013-IN, el Decreto Supremo N° 004-2013-IN. SE RESUELVE: 1. Dar por concluida, a partir de la fecha de expedición de la presente Resolución de Superintendencia, las encargaturas que se detallan a continuación, dándoseles las gracias por la labor desempeñada: - Del señor Alberto Ramón Vildoso Mazuelos, en el cargo de Gerente de Servicios de Seguridad Privada, contenida en el artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 001- 2013/SUCAMEC. - Del señor Alberto Ramón Vildoso Mazuelos, en el cargo de Gerente de Control y Fiscalización, contenida en el artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 001- 2013/SUCAMEC. - Del señor Luis Miguel Gutiérrez Gambetta, en el cargo de Gerente de Explosivos y Productos Pirotécnicos de Uso Civil, contenida en el artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 001-2013/SUCAMEC. - De la señora abogada Martha Ysabel Villanueva Enríquez, en el cargo de Jefe de la Asesoría Jurídica, contenida en el artículo 1 de la Resolución de Superintendencia N° 001-2013/SUCAMEC. Regístrese, comuníquese y publíquese. DERIK ROBERTO LATORRE BOZA Superintendente Nacional 973551-1