Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2013 (17/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano Sabado 17 de agosto de 2013

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infracciones detectadas por conducir en estado de ebriedad y por conducir sin licencia de conducir. 2.3. Para aquellas infracciones al Reglamento Nacional de Administracion de Transportes u Ordenanzas Municipales en materia de Transporte (Servicio de transporte regular de pasajeros, Servicio de Taxi-Callao, Escolar, papeletas de infraccion Municipal) dispongase el beneficio de reduccion del 30% de descuento de la deuda insoluta administrativa, siempre que hayan sido levantadas hasta el 31 de diciembre de 2012. En caso la deuda se encontrase por la via coactiva, tendran el 50% de descuento respecto a las costas procesales y gastos administrativos generados. 2.4. El acogimiento al beneficio de reduccion y/o fraccionamiento, implica el reconocimiento de la infraccion conforme a lo dispuesto en el Art. 336 del Reglamento Nacional de MORDAZA, y numeral 124.3 del Art. 124 del Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, por lo que en caso se encontrase con expediente administrativo pendiente de tramite, presentado contra la infraccion levantada, se MORDAZA por concluido el procedimiento administrativo sancionador respectivo. 2.5. Dispongase el beneficio de reduccion del 80% de la deuda derivada por la Tasa de Guardiania, sin intereses, generado por internamiento de vehiculos en el deposito municipal, y que se MORDAZA producido hasta el 31 de diciembre de 2012, siempre que se subsane los motivos que originaron el internamiento vehicular y el pago se efectue dentro del periodo de vigencia de la presente Ordenanza. Articulo 3º.- BENEFICIO DEL PRONTO PAGO Para aquellas infracciones al Reglamento Nacional de MORDAZA impuestas en el periodo comprendido entre el 01 de enero de 2013 al 31 de MORDAZA de 2013, que no tengan descuento conforme al Reglamento Nacional de MORDAZA, tendran un descuento del 30% del monto establecido en el cuadro de tipificacion, multas y medidas preventivas del referido Reglamento, siempre que cancelen su adeudo dentro de los siete (7) dias de notificado con el inicio del procedimiento sancionador; esta reduccion no podra aplicarse fuera de la vigencia de la presente Ordenanza. No se encuentran comprendidas en este beneficio aquellas infracciones levantadas por conducir en estado de ebriedad o por conducir sin licencia de conducir. Articulo 4º.DEUDA MATERIA DE FRACCIONAMIENTO 4.1. Podran solicitar el fraccionamiento, el deudor o tercero legitimado quien sera considerado como obligado al pago del fraccionamiento, siempre que cumpla con los requisitos previstos en la presente Ordenanza. 4.2. Podran ser materia de fraccionamiento aquellas deudas que se encuentran dentro de lo previsto en el numeral 1.2 y 1.3 del Articulo 1 de la presente Ordenanza Municipal, con una periodicidad de 30 dias calendario y hasta en seis (6) cuotas, siempre que hayan sido sancionadas por la autoridad administrativa competente. 4.3. La solicitud de fraccionamiento sera aprobada por la Gerencia de Transporte y MORDAZA o por la Gerencia de Ejecucion Coactiva de Transporte, segun corresponda, inmediatamente despues de haberse cumplido con los requisitos que se senalan en el Art. 5 de la presente Ordenanza, por lo que la primera cuota debera ser cancelada hasta el dia siguiente de aprobada la misma. Articulo 5º.- REQUISITOS PARA ACCEDER AL FRACCIONAMIENTO El deudor o tercero legitimado debera adjuntar a su solicitud la siguiente documentacion: 5.1. MORDAZA de documento de identidad del solicitante y/o representante. 5.2. En caso del tercero legitimado, debera acompanar una Declaracion Jurada de Responsabilidad. 5.3. En caso de representante debera acompanar MORDAZA de poder simple y especifico que acredite la calidad de representante y/o apoderado. 5.4. MORDAZA de recibo de luz, agua o telefono fijo del mes anterior al de la MORDAZA de la solicitud y/o contrato de arrendamiento cuando corresponda o documento idoneo que permita determinar su domicilio actual. 5.5. Numero telefonico fijo de su referencia domiciliaria y correo electronico. Articulo 6º.- FORMATO DE SOLICITUD Los formatos de solicitud de fraccionamiento seran proporcionados en las oficinas de la Gerencia de Transporte

POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, en Sesion Ordinaria celebrada en la fecha, con el MORDAZA UNANIME de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento de Organizacion Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004 le confieren y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROGRAMA DE BENEFICIOS DE REDUCCION DE DEUDAS CONSTITUIDAS POR MULTAS Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS DERIVADAS DE INFRACCIONES A LAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE MORDAZA Y/O AL SERVICIO DE TRANSPORTE REGULAR DE PASAJEROS, SERVICIO DE TAXI, SERVICIO ESCOLAR, TURISTICO, PAPELETAS DE INFRACCION MUNICIPAL, ASI COMO DE LA DEUDA POR CONCEPTO DE TASA DE GUARDIANIA POR INTERNAMIENTO EN EL DEPOSITO MUNICIPAL DE VEHICULOS Articulo 1º.- FINALIDAD Establecer beneficios de reduccion y flexibilizacion en los pagos de deudas administrativas derivadas del levantamiento de infracciones en materia de transporte y MORDAZA terrestre levantadas en la jurisdiccion de la Provincia Constitucional del Callao, como se precisa: 1.1. Beneficio de reduccion de las deudas administrativas derivadas de infracciones al transporte y MORDAZA terrestre (papeletas de infraccion al Reglamento Nacional de MORDAZA, actas de control, actas de verificacion, papeletas de infraccion municipal, infracciones al Reglamento del Servicio de Transporte Publico regular de pasajeros en la Provincia Constitucional del Callao, Reglamento del Servicio de TaxiCallao (SETACA), Reglamento del Servicio de Transporte Especial de Estudiantes), del valor establecido segun la escala de infracciones respectiva, siempre y cuando hayan sido levantadas hasta el 31 de diciembre de 2012, conforme a los porcentajes que se detallan, exceptuandose aquellas infracciones levantadas por conducir en estado de ebriedad y por conducir sin licencia de conducir. 1.2. Fraccionamiento de deudas por infracciones al Reglamento Nacional de MORDAZA de Codigos M-1, M-2 y M-3 hasta en seis (6) cuotas, con una periodicidad de 30 dias calendarios cada cuota, siempre que sea suscrito dentro del periodo de vigencia de la presente Ordenanza y que MORDAZA sido levantada hasta el 31 de MORDAZA de 2013. 1.3. Fraccionamiento de deudas por infracciones al Reglamento Nacional de Administracion de Transportes, con una periodicidad de 30 dias calendarios cada cuota, siempre que sea suscrito dentro del periodo de vigencia de la presente Ordenanza y que hayan sido levantadas en el periodo comprendido entre el 01 de enero de 2013 hasta el 31 de MORDAZA de 2013. 1.4. Beneficio del pronto pago, con reduccion del 30% por infracciones al Reglamento Nacional de MORDAZA, siempre que la infraccion detectada no tenga descuento de acuerdo a dicho Reglamento, siempre y cuando se MORDAZA levantado la papeleta en el periodo comprendido entre el 01 de enero de 2013 al 31 de MORDAZA de 2013, exceptuandose aquellas infracciones por conducir en estado de ebriedad y sin licencia de conducir. 1.5. Beneficio de reduccion de la deuda originada por concepto de tasa de guardiania de vehiculos internados en el Deposito Municipal de Vehiculos, cuyo internamiento se MORDAZA producido hasta el 31 de diciembre de 2012. Articulo 2º.- BENEFICIO DE REDUCCION 2.1. Para aquellas infracciones al Reglamento Nacional de MORDAZA, dispongase el beneficio de reduccion del 70% de deuda insoluta administrativa, existentes siempre y cuando hayan sido levantadas hasta el 31 de diciembre del 2010; la reduccion del 50% de la deuda insoluta, siempre que MORDAZA sido levantada en el periodo comprendido entre el 01 de enero del ano 2011 hasta el 31 de diciembre del ano 2012. El mismo porcentaje de reduccion se aplicara sobre las costas procesales, gastos administrativos, cuando la deuda se encontrase en cobranza coactiva. 2.2. Se exceptuan de los beneficios de reduccion establecidos en el punto que antecede, aquellas

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