Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2013 (17/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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Descentralizacion, establecen que el objetivo fundamental de la descentralizacion como forma de organizacion democratica y de politica permanente del Estado es el desarrollo integral del MORDAZA, debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, politico en el ambito regional. Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 7º establece el Derecho a la salud y proteccion al discapacitado, senalando que: "Todos tienen derecho a la proteccion de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad asi como el deber de contribuir a su promocion y defensa. La persona incapacitada para velar por si misma a causa de una deficiencia fisica o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un regimen legal de proteccion, atencion, readaptacion y seguridad". Que, la Ley General de la Persona con Discapacidad Ley Nº 27050 y su modificatoria Ley Nº 28164, en su articulo 10 establece que: "Los Gobiernos Regionales a traves de las Oficinas Regionales de Atencion a las Personas con Discapacidad, apoyan a las instituciones publicas y privadas, en el desarrollo, ejecucion y evaluacion de programas proyectos y servicios que promuevan la igualdad y equidad de oportunidades y el desarrollo de las personas con discapacidad". Que, la Ley Organica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867 en el inciso h) del articulo 60º establece como una de las funciones en materia de desarrollo social e igualdad de oportunidades, el de Formular y ejecutar politicas y acciones concretas orientando para que la asistencia social se torne productiva para la region, con proteccion y apoyo a los ninos, jovenes, adolescentes, mujeres, personas con discapacidad, adultos mayores y sectores sociales en situacion de riesgo y vulnerabilidad; Que, la Decimo Primera Politica de Estado plasmada en el Acuerdo Nacional, consagra la promocion de la igualdad de oportunidades sin discriminacion, por lo que corresponde al Gobierno Regional MORDAZA adoptar politicas y establecer mecanismos para garantizar la igualdad de oportunidades economicas, sociales y politicas para toda la poblacion de su jurisdiccion. Que, con Decreto Supremo Nº 015-2006-MIMDES, se declara el periodo 2007 ­ 2016, como "El Decenio de las Personas con Discapacidad en el Peru", con la finalidad de incentivar el reconocimiento y reflexion a nivel nacional sobre el tema de la discapacidad, debiendo todos los sectores y niveles de Gobierno impulsar programas, proyectos y acciones encaminados a alcanzar la inclusion y la participacion plena de las personas con discapacidad en todos los aspectos de la sociedad. Que, mediante Decreto Supremo Nº 007-2008-MIMDES se Aprueba el "Plan de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad 2009-2018", orientado a contribuir y mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion con discapacidad por medio de la prevencion, atencion preferente, adopcion de medidas de inclusion y el fortalecimiento y la ampliacion de los servicios existentes, facilitando su acceso, calidad y cobertura. Por eso que el Estado, en el MORDAZA del MORDAZA de descentralizacion, viene disenando politicas focalizadas y adaptadas a realidades contextualizadas. De modo que Los Gobiernos Regionales y Locales, al asumir las competencias delegadas por los diferentes sectores, adquieren protagonismo a traves del diseno, ejecucion y monitoreo de sus Politicas de desarrollo regional y local que incluyan transversalmente la tematica discapacidad. Que, la Politica Social en el Peru orienta sus programas en tres ejes de intervencion: proteccion social, desarrollo de capacidades y promocion de oportunidades. La proteccion social esta orientada a las poblaciones vulnerables en extrema pobreza con especial enfasis en menores en situacion de abandono o riesgo social y moral, madres adolescentes y personas con discapacidad; en esa linea, se requiere que el Estado brinde mayor atencion en materia de Discapacidad, siendo necesario, para ello, fortalecer las acciones hasta ahora emprendidas, potenciarlas, promover la elaboracion, modificacion y puesta en marcha de leyes y medidas administrativas que aseguren los derechos de la poblacion con discapacidad e igualmente, la eliminacion de normas, reglamentos, costumbres y practicas discriminatorias. Que, segun estimaciones realizadas por el Banco Mundial menciona que mas del 80% de las personas con discapacidad en el MORDAZA se encuentran en situacion de pobreza, sin acceso a servicios basicos de salud y rehabilitacion. Que, conforme se tiene del Informe Tecnico Nº 001- 2013-OREDIS-GRDS/GR.MOQ sustenta y fija

El Peruano Sabado 17 de agosto de 2013

los Objetivos nivel de accion, sus tres componentes de Intervencion en la Region Moquegua: Censo, Estudio Biosicosocial y Respuesta, para el Programa "Moquegua Accesible" que permitira identificar y atender a la poblacion con discapacidad, como medida de insercion, inclusion social en el ambito de la Region Moquegua. Que, con Informe Legal Nº 0191-2013-DRAJ/GR.MOQ, se da sustento legal favorable, en relacion a la creacion del Programa "Moquegua Accesible", el mismo que debe ser declarado de interes Regional. Por lo que; El Consejo Regional de MORDAZA en uso de las atribuciones conferidas por la Constitucion Politica del Estado, Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley Nº27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y Leyes Modificatorias; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de MORDAZA aprobado con Ordenanza Regional Nº 001-2011-CR/ GRM; por votacion unanime. Ha dado la siguiente Ordenanza Regional: ORDENANZA REGIONAL QUE CREA EL PROGRAMA MORDAZA ACCESIBLE EN EL AMBITO DE LA REGION MORDAZA Articulo Primero.- CREAR el Programa MORDAZA Accesible en el ambito de la Region Moquegua. Articulo Segundo.- CREAR el Comite Impulsor Multisectorial para la implementacion del Programa MORDAZA Accesible en el ambito de la Region MORDAZA y sus miembros. a) Presidente Regional de MORDAZA o su Representante. b) CONADIS, Secretario Tecnico. c) Un Representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Social. d) Un Representante de la Gerencia Regional de Desarrollo Economico. e) Un Representante de la Gerencia Regional de Infraestructura. f) Un Representante de la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestion del Medio Ambiente. g) Un Representante de la Gerencia Regional de Planificacion, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial. h) Un Representante de la Direccion Regional de Salud. i) Un Representante de la Direccion Regional de Educacion. j) Un Representante de la Direccion Regional de Trabajo y Promocion del Empleo. k) Un Representante de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto. l) Un Representante de la Municipalidad Provincial de Ilo. m) Un Representante de la Municipalidad Provincial General MORDAZA Cerro. n) Un Representante de las Municipalidades Distritales que lo soliciten. o) Un Representante de Instituto Nacional de Estadistica e Informatica. p) Un Representante de ESSALUD. q) Un Representante de la RENIEC. r) Un Representante de la Policia Nacional del Peru. s) Un Representante del Ministerio de DefensaEjercito. t) Un Representante por Provincia de organizaciones sociales relacionadas con la tematica de discapacidad. u) Un Representante de una ONG relacionados con la tematica de discapacidad. Articulo Tercero.- ENCARGAR al Ejecutivo, a traves de la Gerencia General Regional en coordinacion con la Gerencia Regional de Desarrollo Social, y la OREDIS la Implementacion de la presente Ordenanza Regional. Articulo Cuarto.- ENCARGAR al Organo Ejecutivo del Gobierno Regional de MORDAZA, a traves de la Gerencia Regional de Desarrollo Social se asignen los Recursos economicos logisticos disponibles necesarios que garanticen la efectividad y ejecucion de la Presente Norma. Articulo Quinto.- Hacer de conocimiento de la presente Ordenanza Regional a la Comision Nacional de Personas con Discapacidad, Presidente Regional de MORDAZA, Gerencia General Regional y Gerencia Regional de Desarrollo Social.

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