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El Peruano Sábado 17 de agosto de 2013 501336 solicitud de ratifi cación de la Ordenanza Nº 343-MDSMP, de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, que establece la tasa por estacionamiento vehicular en zonas urbanas del citado Distrito; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratifi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicación de lo normado por las Ordenanzas Nº 739 y Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicadas el 26 de diciembre de 2004 y el 27 de junio de 2011, respectivamente, la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, aprobó la Ordenanza materia de la ratifi cación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria, con sus respectivos informes y documentos sustentatorios, con carácter de Declaración Jurada, y la citada entidad, previa revisión y estudio, emitió el Informe Técnico Legal Nº 004-181-00000667 opinando que procede la ratifi cación solicitada por cumplir con la Ordenanzas Nº 739 y Nº 1533 y las Directivas 001-006- 00000005 publicada el 16 de marzo de 2005 y N 001-006- 00000015 publicada el 30 de junio de 2011; Que, la prestación del servicio se efectuará en 2,132 espacios de estacionamiento de lunes a sábado desde las 8:00 hasta las 18:00 horas, con la tasa de S/. 0.50 por 30 minutos y los ingresos que la citada municipalidad ha proyectado percibir fi nanciará el 98.06% de los costos del servicio y la diferencia deberá ser cubierta con otros ingresos que perciba la misma; De acuerdo con lo opinado por el SAT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en el Dictamen Nº 171-2013-MML/CMAEO. ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratifi car la Ordenanza Nº 343- MDSMP, de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres que establece la tasa por estacionamiento vehicular en zonas urbanas de dicho Distrito, cuyo servicio se prestará en 2,132 espacios de estacionamiento de lunes a sábado desde las 8:00 hasta las 18:00 horas. Artículo Segundo.- La ratifi cación se encuentra condicionada al cumplimiento de la publicación del presente Acuerdo ratifi catorio, así como del texto íntegro de la Ordenanza Nº 343-MDSMP que contiene los cuadros de estructura de costos, de estimación de ingresos y la cantidad de espacios habilitados, por lo que su aplicación sin el cumplimiento de dichas condiciones, es responsabilidad exclusiva de los funcionarios de la citada Municipalidad Distrital. Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de publicación, el Servicio de Administración Tributaria-SAT, a través de su página web www sat.gob.pe hará de conocimiento público el presente Acuerdo, el Dictamen de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización y el Informe del Servicio de Administración Tributaria-SAT. Regístrese, comuníquese y cúmplase. HERNAN NUÑEZ GONZALES Teniente Alcalde 975315-1 MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC Autorizan viaje de Alcalde y Gerente Municipal a Brasil, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 046-2013-MDP/C Pachacámac, EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 12 de Agosto del 2013, Memorando Nº 020-2013-MDP/A, Memorándum Nº 086-2013-MDP/OPP e Informe Nº 0241-2013-MDP/OAJ, sobre Autorización de viaje fuera del país del Señor Alcalde Hugo León Ramos Lescano y del Gerente Municipal José Manuel Mesia Herrera, a la Ciudad de Curitiba, Capital del Estado de Paraná, en la República Federativa de Brasil, quienes se ausentarán los días 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25 y 26 de Agosto del 2013 a fi n de participar en el evento denominado “Misión Técnica Internacional de Capacitación Municipal sobre Planeamiento Urbano y Gestión de Ciudades: Los Nuevos Desafíos y Tendencias en la gestión de territorios en el siglo XXI – Experiencias de la ciudad de Curitiba – Brasil y los municipios que conforman su Región Metropolitana”; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la Ley Nº 28607 “Ley de Reforma Constitucional”, las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local y personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia en concordancia con el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”. Que, Mediante Memorando Nº 020-2013-MDP/A de fecha 7 de agosto del 2013, el Despacho de Alcaldía remite las Cartas S/N de fecha 01 de Agosto del 2013 emitida por la Organización para el Desarrollo de América Latina y el Caribé (ONWARD – Brasil) y el Instituto Internacional para el desarrollo Local (IIDEL – Brasil) a través del cual se invita al Señor Alcalde Hugo León Ramos Lescano y al Gerente Municipal al evento denominado “Misión Técnica Internacional de Capacitación Municipal sobre Planeamiento Urbano y Gestión de Ciudades: Los Nuevos Desafíos y Tendencias en la gestión de territorios en el siglo XXI – Experiencias de la ciudad de Curitiba – Brasil y los municipios que conforman su Región Metropolitana” y que se desarrollará los días 20, 21, 22, 23, 24 y 25 de Agosto del 2013, precisando que para lo cual deberán de programar su llegada el 19 de Agosto del 2013 y el retorno hacia sus países y ciudades de origen el Lunes 26 de Agosto del 2013. Que, con Informe Nº 086-2013-MDP/OPP de fecha 08 de Agosto del 2013, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto precisa que existe disponibilidad presupuestal para atender el viaje del Sr. Alcalde y del Gerente Municipal por un monto de S/. 16,791.60 (Dieciséis Mil Setecientos Noventa y Uno con 60/100 Nuevos Soles). Que, a través del Informe Nº 241-2013-MDP/OAJ de fecha 09 de Agosto del 2013, la Ofi cina de Asesoría Jurídica opina someter a consideración del Pleno del Concejo Municipal la autorización tanto del viaje al exterior del Alcalde y del Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de Pachacámac como el otorgamiento de viáticos a fi n de participar en el citado evento. Que, el numeral 11) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades” dispone que corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la Municipalidad realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario. Que, según el Artículo 41º de la Ley Nº 27972, los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 11) del Articulo 9º y el Articulo 41º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, con el voto UNANIME de los Señores Regidores, se: ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje fuera del país en comisión de servicio del señor Alcalde HUGO LEÒN RAMOS