Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2013 (17/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano Sabado 17 de agosto de 2013

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ANO DE MULTA Multas Impuestas hasta el 2011 Multas Impuestas hasta el 2013 DESCUENTO 70% 40%

cien por ciento (100%) de los intereses moratorios de dichos ejercicios. Articulo 3. Arbitrios municipales Los contribuyentes que no registren deuda del Impuesto Predial y se encuentren al dia en el pago de los arbitrios municipales del ejercicio 2013, se les condonara el cien por ciento (100%) de los intereses moratorios de los arbitrios de anos anteriores y, ademas, tendran el siguiente descuento sobre el monto insoluto: a. Uso MORDAZA habitacion y terrenos sin construir: ANO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES Hasta el 2008 2009 al 2012 b. Otros Usos: ANO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES Hasta el 2008 2009 al 2012 DESCUENTO 70% 30% DESCUENTO 90% 50%

El pago de la multa no exime al administrado de la subsanacion de la obligacion administrativa y/o de la medida complementaria correctiva que corresponda. Articulo 10. Reconocimiento de deuda El pago al contado de las deudas tributarias y administrativas con los beneficios establecidos en la presente Ordenanza, implica el reconocimiento de las mismas y el desistimiento automatico de los recursos, de reconsideracion, reclamacion y/o apelacion. Cuando la deuda o el procedimiento para su recuperacion, se encuentre impugnado ante el Tribunal Fiscal o el Poder Judicial, mediante Recurso de Apelacion, Queja o Revision Judicial, respectivamente, para acogerse a los beneficios, deberan presentar MORDAZA del cargo del escrito de Desistimiento presentado ante los respectivos organos competentes, con las formalidades exigidas segun el caso. Articulo 11. Costas procesales y gastos administrativos Durante la vigencia de la presente ordenanza se condonaran el cien por ciento (100%) de las costas procesales y gastos administrativos. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Establezcase la suspension temporal de la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 002-2013 del 30 de enero de 2013 hasta el termino de vigencia de la presente Ordenanza Municipal, que aprueba beneficios para el pago de deudas tributarias y no tributarias. Segunda. Encargase a la Gerencia General de Administracion Tributaria y Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal y a la Gerencia General de Relaciones Publicas y a la Gerencia de Informatica la promocion, difusion y publicidad de la misma. Tercera. Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicacion de la presente Ordenanza asi como para disponer la prorroga correspondiente, si fuere necesario. Cuarta. La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion y vence el 16 de setiembre de 2013. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 975645-1

(*) Se entenderan como "otros usos" los senalados en el articulo 14 de la Ordenanza Municipal Nº 00070-2009MPC, publicada en el diario oficial El Peruano el 23 de diciembre de 2009, a excepcion del uso MORDAZA Habitacion y Terreno Sin Construir (ANEXO Nº 1). Articulo 4. Impuesto al Patrimonio Vehicular Los contribuyentes que se encuentren al dia en el Impuesto al Patrimonio Vehicular del ejercicio 2013 podran, a su eleccion, cancelar uno o mas anos de los ejercicios fiscales anteriores que adeuden, obteniendo la condonacion del cien por ciento (100%) de los intereses moratorios de dichos ejercicios. Articulo 5. Impuesto de Alcabala Los contribuyentes que registren deuda vencida por Impuesto de Alcabala y cancelen, al contado la totalidad de la deuda insoluta, se les descontara el cien por ciento (100%) de los intereses moratorios por dicho tributo. Articulo 6. Multas tributarias Los contribuyentes que no registren deuda por concepto de Impuesto Predial y/o Impuesto Vehicular, se les condonara el cien por ciento (100%) de las multas tributarias pendientes de pago, hasta la vigencia de la presente ordenanza. Los contribuyentes que tengan deudas por Impuesto Predial y/o Impuesto al Patrimonio Vehicular y, a su eleccion, cancelen uno o mas anos de los ejercicios fiscales que adeuden por dichos tributos, obtendran la condonacion del cien por ciento (100%) de la multa tributaria de dichos ejercicios. Articulo7. Fraccionamiento Los contribuyentes que tengan deuda por fraccionamiento cualquiera sea su estado de cobranza, y cancelen la totalidad del fraccionamiento, se les condonara el cien por ciento (100%) de los intereses aplicables al fraccionamiento (a rebatir), el cien por ciento (100%) de los intereses moratorios y gastos de emision. Ademas los convenios de fraccionamiento de multas administrativas tendran el cincuenta por ciento (50%) de descuento sobre el monto pendiente de pago. DEUDA NO TRIBUTARIA Articulo 8. Notificacion de Infraccion Los infractores que se les MORDAZA impuesto notificacion de infraccion y no se MORDAZA emitido la Multa Administrativa, gozaran del beneficio establecido en el articulo 19 de la Ordenanza Municipal Nº 10-2007 Reglamento Administrativo de Sanciones RAS, durante la vigencia de la presente ordenanza. Articulo 9. De la multa administrativa Los administrados que efectuen el pago al contado de la multa, tendran los siguientes descuentos, de acuerdo al ano de emision de la multa:

Exoneran el 50% del derecho de pago de la tasa de licencia de funcionamiento, de la autorizacion para la ubicacion de anuncios publicitarios y colocacion de toldos, establecidos en el MORDAZA de la Municipalidad
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 015-2013 Callao, 12 de agosto de 2013 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, en Sesion Ordinaria celebrada en la fecha, con el MORDAZA UNANIME de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento de Organizacion Interior, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034-2004 le confieren y

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