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El Peruano Miércoles 21 de agosto de 2013 501441 k) Parque Industrial Tecno-ecológico con enfoque de cluster: Espacio especializado en el cual las empresas industriales cooperan entre ellas para compartir recursos y utilizarlos de forma más efi ciente. Comparten desde terrenos, materiales, transportes y energía hasta conocimientos, formando cadenas de valor que contribuyen a su productividad y competitividad. Su naturaleza tecno-ecológica proviene de la aplicación y desarrollo de tecnología especializada para la realización de una actividad de transformación, el cuidado del medio ambiente y la utilización de las denominadas “energías verdes”, en concordancia con las normas nacionales e internacionales de calidad y respeto al medio ambiente. l) Responsabilidad social: Forma de gestión que se defi ne por la relación ética de la empresa y por el establecimiento de metas empresariales compatibles con el desarrollo sostenible de la sociedad. Es la contribución activa y voluntaria al mejoramiento social, económico y ambiental por parte de las empresas, generalmente con el objetivo de mejorar su situación competitiva y valorativa y su valor añadido. m) Tipos de industrias. Las industrias pueden ser: - Industria no contaminante: Aquella que, por sus instalaciones o los materiales que transforma o almacena, no representa ningún riesgo, molestia ni insalubridad para el personal, los inmuebles vecinos e instalaciones perimetrales. - Industria contaminante: Aquella que, por sus instalaciones y los materiales que maneja, transforma y almacena, produce toda clase de molestia, humos, ruidos, vibraciones, olores, emanaciones tóxicas o insalubres, polvos, etc., cuya presencia resulta molesta para los usuarios de los predios vecinos y provoca contaminaciones directas. - Industria peligrosa: Aquella que transforma, manipula, almacena materiales o sustancias peligrosas que pueden fácilmente originar accidentes o siniestros y son altamente riesgosas para el personal, los inmuebles, los vecinos y las instalaciones perimetrales. Incluye las prácticas empresariales ilícitas que contaminan la moral, tales como el contrabando, la piratería, el narcotráfi co, entre otras. n) Zona de amortiguamiento: Franja externa que rodea a la totalidad del Parque Industrial Tecno- ecológico, con un ratio de frontera determinado por el gobierno regional y/o local, con la fi nalidad de mitigar los impactos ambientales; estimada para un horizonte de tiempo no menor de cuarenta años, donde no puede desarrollarse ninguna actividad económica ni permitirse vivienda alguna. POR TANTO: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, aceptándose las observaciones formuladas por el señor Presidente de la República, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 de la Constitución Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla. En Lima, a los seis días del mes de junio de dos mil trece. VÍCTOR ISLA ROJAS Presidente del Congreso de la República MARCO TULIO FALCONÍ PICARDO Primer Vicepresidente del Congreso de la República 977601-1 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Fijan monto de la Unidad de Ingreso del Sector Público para el Año 2014 DECRETO SUPREMO Nº 092-2013-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28212, modifi cada por el Decreto de Urgencia Nº 038-2006, se regula los ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado y se crea la Unidad de Ingreso del Sector Público como valor de referencia para fi jar los ingresos de dichos funcionarios y autoridades; Que, en este contexto, resulta necesario fi jar el monto de la Unidad de Ingreso del Sector Público para el año 2014, manteniendo la suma de S/. 2 600,00 que es aplicable para el año 2013; dicho monto servirá de referencia para el pago de ingresos de los altos funcionarios y autoridades del Estado; De conformidad con lo dispuesto por el numeral 24 del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y la Ley Nº 28212, Ley que regula los ingresos de los Altos Funcionarios Autoridades del Estado y dicta otras medidas, y modifi catoria; DECRETA: Artículo 1º.- Del monto de la Unidad de Ingreso del Sector Público correspondiente al año 2014 Fíjese en S/. 2 600,00 (DOS MIL SEISCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) el monto correspondiente a la Unidad de Ingreso del Sector Público para el año 2014. Artículo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinte días del mes de agosto del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 977601-2 Aprueban Cuadro para Asignación de Personal de la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional - SEDENA RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 262-2013-PCM Lima, 20 de agosto de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Decreto Legislativo N° 1131, publicado el 07 de diciembre de 2012, se creó la Secretaría de Seguridad y Defensa Nacional - SEDENA, como organismo público ejecutor, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Decreto Supremo N° 036-2013-PCM se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones