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El Peruano Miércoles 21 de agosto de 2013 501458 Nº 11301691 del Registro de Predios de Lima, a fi n que se incorpore al dominio privado del Estado. Artículo 2º.- La Zona Registral Nº IX– Sede Lima, Ofi cina Registral de Lima, de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, procederá a inscribir lo resuelto en el artículo primero de la misma. Regístrese y publíquese. RAQUEL ANTUANET HUAPAYA PORRAS Subdirectora (e) de Desarrollo Inmobiliario 976592-2 Modifican la Res. Nº 035-2013/SBN- DGPE-SDDI, sobre independización y transferencia de predio ubicado en el departamento de Arequipa a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos SUBDIRECCION DE DESARROLLO INMOBILIARIO RESOLUCIÓN Nº 054-2013/SBN-DGPE-SDDI San Isidro, 13 de agosto de 2013 Visto, el Expediente Nº 060-2013/SBNSDDI, en el que se sustenta la modifi cación de la Resolución Nº 035- 2013/SBN-DGPE-SDDI de fecha 06 de junio de 2013, que aprueba la independización y transferencia de dominio a título gratuito a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de 35 ha 9 926,28 m² que forma parte de un predio de mayor extensión de 37 136 ha 2 304,68m² ubicado en los distritos de Lomas y Acarí, provincia de Caravelí departamento de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29151 se creó el Sistema Nacional de Bienes Estatales como el conjunto de organismos, garantías y normas que regulan, de manera integral y coherente, los bienes estatales, en sus niveles de Gobierno Nacional, Regional y Local, a fi n de lograr una administración ordenada, simplifi cada y efi ciente de los bienes del Estado; Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales- SBN, en mérito a la Ley Nº 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales”, Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, Decreto Supremo Nº 004-2007- VIVIENDA y Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM, es el Organismo Público Ejecutor, adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que en su calidad de Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales es responsable de normar los actos de adquisición, disposición, administración y supervisión de los bienes estatales, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes cuya administración está a su cargo y tiene como fi nalidad buscar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social; Que, mediante Resolución Nº 035-2013/SBN-DGPE- SDDI, de fecha 06 de junio de 2013, la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, resolvió aprobar la independización y transferencia de dominio a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del área de 35 ha 9 ,926,28 m² ubicado en los distritos de Lomas y Acarí, provincia de Caravelí departamento de Arequipa, inscrito a favor del Estado en la Partida Nº 04006851 del Registro de Predios de Arequipa; para la construcción de un Establecimiento Penitenciario, por tratarse de un predio destinado al proyecto declarado de necesidad nacional. Que, mediante Titulo Nº 2013-00002400 se solicitó ante la Zona Registral XII Sede Arequipa - Ofi cina Registral de Camaná la inscripción de la Resolución Nº 035-2013/SBN- DGPE-SDDI, de fecha 06 de junio de 2013; Que, mediante esquela de observación de fecha 24 de julio de 2013 se observó el Titulo Nº 2013-00002400 precisando que de conformidad con el artículo 65º del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios “tratándose de bienes del Estado o de entidades con facultad de saneamiento, y salvo disposición distinta, la independización podrá realizarse en mérito a documento otorgado por el funcionario autorizado acompañado del plano de independización suscrito por profesional competente en el que debe precisarse el área, linderos y medidas perimétricas de cada uno de los predios resultante y del área remanente en su caso. Asimismo señala el artículo 32º del referido Reglamento, que el Registrador y el Tribunal Registral, en sus respectivas instancias, al califi car y evaluar los títulos ingresados para su inscripción, deberán confrontar la adecuación de los títulos con los asientos de inscripción de la partida registral en la que se habrá de practicar la inscripción y complementariamente, con los antecedentes referidos a la misma, sin perjuicio de la legitimación de aquellos; Que, asimismo la referida esquela de observación señala que se deberá emitir resolución aclaratoria y/o rectifi catoria, toda vez que en la Resolución anexada se indica como área del predio matriz de 371 362 304,68 m²; sin embargo revisado el antecedente registral se advierte que el predio a la fecha presenta un área de 354 476 765,6519 m²; Que, mediante Ofi cio Nº 821-2013 de fecha 20 de junio de 2013 el Jefe de la Ofi cina de Ordenamiento Territorial del Gobierno Regional de Arequipa requirió la subdivisión e independización de 6 sub lotes variando de esta manera el área remanente del predio matriz, según se advierte del asiento B00005 de la Partida Nº 04006851; Que, conforme a los antecedentes registrales del predio el área inicial era de 371 362 304,68 m² y luego de las independizaciones efectuadas el área remanente es de 354 476 765,6519 m², destáquese que se ha considerado cuatro decimales; en consecuencia, el área a transferir a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de 35 ha 9 926,28 m² equivalente a 359 926,28 m²; resultaría ser de 359 926,2790 m², situación que amerita la modifi cación de la Resolución Nº 035-2013/SBN-DGPE-SDDI de fecha 06 de junio de 2013; Que, estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 0090-2013/SBN-DGPE-SDDI de fecha 13 de agosto de 2013, elaborado por profesionales de la Subdirección de Desarrollo Inmobiliario de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, resulta procedente modifi car la Resolución Nº 035-2013/SBN-DGPE-SDDI, a efectos de aclarar que el área a independizar y transferir a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos es de 359 926,2790 m² y el área remanente del predio matriz es de 354 476 765, 6519 m²; De conformidad con lo establecido con la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 007- 2008-VIVIENDA y sus modifi catorias, y el Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales y la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifi car los artículos 1º y 2º de la Resolución Nº 035-2013/SBN-DGPE-SDDI de fecha 06 de junio de 2013 el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 1º.- Independizar 359 926,2790 m² del predio de 354 476 765,6519 m² ubicado en los distritos de Lomas y Acarí, provincia de Caravelí, departamento de Arequipa, inscrito en la Partida Electrónica Nº 04006851 del Registros de Predios de Camaná, registrado con Código Único SINABIP - CUS Nº 7123, correspondiente al departamento de Arequipa, según la documentación técnica que sustenta la presente resolución. Artículo 2º.- Aprobar la transferencia de dominio a título gratuito del predio de 359 926,2790 m², materia de independización del artículo anterior, a favor del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con la fi nalidad que se ejecute la construcción de un Establecimiento Penitenciario. Regístrese y comuníquese. RAQUEL ANTUANET HUAPAYA PORRAS Subdirectora (e) de Desarrollo Inmobiliario 976592-3