Norma Legal Oficial del día 21 de agosto del año 2013 (21/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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Que, mediante Resolucion Suprema Nº 020-2013-MC, se encargo al senor MORDAZA Varon Gabai, Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, el puesto de Viceministro de Interculturalidad del Ministerio de Cultura; Que, resulta necesario dar por concluida la referida encargatura; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de Funcionarios Publicos; la Ley Nº 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura; y, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Dar por concluida la encargatura efectuada mediante Resolucion Suprema Nº 020-2013MC, dandosele las MORDAZA al senor MORDAZA Varon Gabai por los servicios prestados. Articulo 2°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Cultura. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA GALLO Ministra de Cultura 977601-5

El Peruano Miercoles 21 de agosto de 2013

transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, al personal militar detallado a continuacion, del 21 al 22 de agosto de 2013, a fin que participen en el Simposio Profesional sobre el uso y operacion de arma submarina con ocasion de celebrarse el 102º Aniversario de la creacion de la Fuerza de Submarinos de la MORDAZA de MORDAZA del Peru. REPUBLICA DE COLOMBIA 1. Capitan de Navio MORDAZA MORDAZA Diago

REPUBLICA DE ECUADOR 2. Capitan de Navio MORDAZA ALVEAR Oramas

Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese.

DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio nacional a personal militar de Colombia, Ecuador y Brasil
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 707-2013-DE/SG MORDAZA, 20 de agosto de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 672 del 19 de agosto de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Colombia y la Republica de Ecuador, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio G. 500- 3136 del 16 de agosto de 2013, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA por encargo del Comandante General de la MORDAZA, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica de Colombia y la Republica de Ecuador; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 21 al 22 de agosto, a fin de participar en el Simposio Profesional sobre el uso y operacion de arma submarina con ocasion de celebrarse el 102º Aniversario de la creacion de la Fuerza de Submarinos de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos

MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 977123-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 708-2013-DE/SG MORDAZA, 20 de agosto de 2013 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 663 del 15 de agosto de 2013, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica Federativa del Brasil, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio G. 500-3136 del 16 de agosto de 2013, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA por encargo del Comandante General de la MORDAZA, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica Federativa del Brasil; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 21 al 23 de agosto, a fin de participar en el Simposio Profesional sobre el uso y operacion de arma submarina con ocasion de celebrarse el 102º Aniversario de la creacion de la Fuerza de Submarinos de la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899;

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