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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (21/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 15

El Peruano Miércoles 21 de agosto de 2013 501449 Artículo 2.- Designar al señor FRANCISCO ADOLFO GRIPPA ZÁRATE, Viceministro de MYPE e Industria como representante de la Ministra de la Producción ante la Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería, quien la presidirá. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción 977248-2 SALUD Prorrogan plazo para recibir sugerencias y comentarios a la prepublicación del Proyecto de modificación del Reglamento de Ensayos Clínicos del Perú RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 520-2013/MINSA Lima, 20 de agosto de 2013 Visto, los Expedientes N°s. 13-076445-001 y 13- 074944-001, que contiene los Ofi cios N°s 1063-2013-J- OPE/INS y 1090-2013-J-OPE/INS, del Jefe del Instituto Nacional de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 384-2013/ MINSA, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano con fecha 5 de julio de 2013, se prepublicó el proyecto de modifi cación del Reglamento de Ensayos Clínicos del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2006-SA, por un plazo de treinta (30) días, a efectos de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general; Que, el artículo 33° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud, dispone que el Instituto Nacional de Salud (INS), como Organismo Público del Ministerio de Salud, tiene como misión desarrollar y difundir la investigación y la tecnología en los campos de la salud ocupacional y protección del ambiente centrado en la salud de las personas, la salud pública y el control de las enfermedades transmisibles, la alimentación y nutrición para la salud de la población, los productos biológicos relacionados con la salud de las personas, la investigación, el conocimiento y difusión de aspectos interculturales para mejorar la salud de la población, y el control de calidad de medicamentos, insumos, drogas y otros; Que, mediante los documentos del visto, el Instituto Nacional de Salud, expresa la necesidad de extender el plazo de prepublicación, a fi n de que las instituciones cuenten con el tiempo sufi ciente para evaluar, analizar y presentar sugerencias y comentarios a la referida propuesta normativa; Que, en este sentido, resulta conveniente emitir el acto resolutivo que disponga, la prórroga del plazo señalado en el artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 384-2013/ MINSA, por treinta (30) días hábiles adicionales; Con el visado del Jefe del Instituto Nacional de Salud y de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Prorrogar el plazo establecido en el artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 384-2013/ MINSA, que dispuso la prepublicación del Proyecto de modifi cación del Reglamento de Ensayos Clínicos del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017- 2006-SA, por treinta (30) días hábiles adicionales, a efecto de recibir más sugerencias y comentarios de las entidades públicas o privadas, así como de la ciudadanía en general. Artículo 2°.- Encargar al Instituto Nacional de Salud, la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias y comentarios que se presenten durante el plazo adicional aprobado en el artículo 1° de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3°.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en el portal institucional de internet del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa. gob.pe/transparencia/dge_normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud 977275-1 TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO Aprueban la Política Interna de Seguridad de la Información en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 145-2013-TR Lima, 19 de agosto de 2013 VISTOS: El Memorando Nº 306-2013-MTPE/4, de la Secretaría General; el Ofi cio N° 567-2013-MTPE/4/9, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Ofi cio N° 338-2013-MTPE/4/13, de la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones; el Informe N° 959-2013-MTPE/4.8 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 4.8 del artículo 4° y el artículo 49° del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, la Presidencia del Consejo de Ministros actúa como ente rector del Sistema Nacional de Informática a través de la Ofi cina Nacional de Gobierno Electrónico e Informática estando encargada de implementar la Política Nacional de Informática y Gobierno Electrónico; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 129-2012- PCM, se aprueba el uso obligatorio de la Norma Técnica Peruana “NTP-ISO/IEC 27001:2008 EDI Tecnología de la Información. Técnicas de Seguridad. Sistemas de gestión de seguridad de la Información. Requisitos”, en todas las entidades integrantes del Sistema Nacional de Informática; Que, la Norma Técnica Peruana “NTP-ISO/IEC 27001:2008, EDI “Tecnología de la información. Técnicas de seguridad. Sistemas de Gestión de Seguridad de la Información. Requisitos” establece una Política de Seguridad de la Información con el objetivo de dirigir y dar soporte a la gestión de la seguridad de la información en concordancia con los requerimientos de la institución, las leyes y las regulaciones; Que, la referida norma técnica señala que la Política de Seguridad de la Información, tiene como objeto dirigir y dar soporte a la gestión de seguridad de la información en concordancia con los requerimientos de la institución, las leyes y las regulaciones, correspondiendo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo establecer las líneas de la política de actuación y compromiso a la seguridad de la información en el Sector; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 201-2012- TR, se ha constituido el Comité de Gestión de Seguridad de Información encargado de gestionar la seguridad de la información en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, que entre sus funciones, evalúa y propone las políticas, directivas y responsabilidades generales en materia de seguridad de la información que fueran convenientes y apropiadas para la institución;