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El Peruano Miércoles 21 de agosto de 2013 501450 Que, en mérito a lo expuesto y a los documentos de Vistos, resulta necesario aprobar la Política Interna de Seguridad de la Información que establezca el conjunto de principios o lineamientos que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo debe seguir para asegurar la confi abilidad de sus sistemas, la cual cuenta con las opiniones favorables de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y de la Ofi cina de Organización y Modernización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, conforme a los artículos 24° y 30º, respectivamente, del Decreto Supremo Nº 004-2010-TR, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Con las visaciones de los Jefes de las Ofi cinas Generales de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones, de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; y De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y el Decreto Supremo Nº 004-2010-TR que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Política Interna de Seguridad de la Información, que en anexo adjunto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Los servidores civiles del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo se encuentran obligados a cumplir con lo establecido en la Política Interna de Seguridad de la Información, que aprueba el artículo 1° de la presente resolución, bajo responsabilidad. Artículo 3º.- Disponer que el anexo a que se refi ere el artículo 1° de la presente resolución se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo www.trabajo.gob.pe, en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Artículo 4°.- Dejar sin efecto todas las normas que se opongan a la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese TERESA NANCY LAOS CÁCERES Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 977033-1 Autorizan viaje de funcionarios del Ministerio a Canadá, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 146-2013-TR Lima, 19 de agosto de 2013 VISTOS: El Facsímil Circular N° 051-2013-MINCETUR/ VMCE del Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; el Ofi cio N° 376-2013- MTPE/2 de la Viceministra de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Ofi cio N° 1157- 2013-MTPE/4/11 de la Ofi cina General de Administración y el Informe N° 997-2013-MTPE/4/8 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante facsímil de vistos, el Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, pone de conocimiento a la Viceministra Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para que designe a dos funcionarios del Sector, que asistan a las reuniones intersesionales entre los países miembros del Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TPP por sus siglas en inglés) a realizarse del 26 al 29 de agosto de 2013, en la ciudad de Ottawa, Canadá; Que, la participación del Sector Trabajo y Promoción del Empleo en el citado evento resulta de suma trascendencia para los fi nes institucionales, en la medida que en éstas se tratarán aspectos con contenido e impacto laboral; Que, el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, excepto, entre otros, los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, los mismos que serán autorizadas mediante resolución del titular de la entidad; Que, dada la importancia de la citada reunión para los objetivos y metas sectoriales, resulta conveniente autorizar el viaje del señor Aurelio Manuel Soto Barba, Director Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima Metropolitana y de la señora Erika Loyda Fuertes Ampuero, Asesora del Despacho Viceministerial de Trabajo, a fi n de que participen en representación del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en las reuniones a que se refi ere el primer considerando de la presente resolución; Que, en mérito a las consideraciones expuestas, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica mediante Informe N° 997-2013-MTPE/4/8, considera viable atender el pedido formulado; Con las visaciones de la Viceministra de Trabajo y del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modifi catorias; y el numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor AURELIO MANUEL SOTO BARBA, Director Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lima Metropolitana y de la señora ERIKA LOYDA FUERTES AMPUERO, Asesora del Despacho Viceministerial de Trabajo, a la ciudad de Ottawa, Canadá, del 24 al 31 de agosto de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán cubiertos con recursos del Presupuesto del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, de acuerdo al siguiente detalle: - Señor AURELIO MANUEL SOTO BARBA Pasajes : US $ 3,099.64 Viáticos : US $ 2,200.00 - Señora ERIKA LOYDA FUERTES AMPUERO Pasajes : US $ 3,099.64 Viáticos : US $ 2,200.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados funcionarios deberán presentar al Despacho Ministerial, un Informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. TERESA NANCY LAOS CÁCERES Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 977033-2 Aceptan renuncia de Gerente de la Unidad Gerencial de Capacitación e Inserción Laboral Juvenil del Programa Nacional de Empleo Juvenil “Jóvenes a la Obra” RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 025-2013-MTPE/3 Lima, 20 de agosto de 2013