Norma Legal Oficial del día 16 de diciembre del año 2013 (16/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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El Peruano Lunes 16 de diciembre de 2013

PODER EJECUTIVO ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas a favor del pliego Ministerio de Defensa en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013
DECRETO SUPREMO Nº 313-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 se ha aprobado, entre otros, el presupuesto institucional del Pliego 026 Ministerio de Defensa; Que, el Decreto Legislativo Nº 1132 aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policia Nacional del Peru, la cual tiene como proposito regular y ordenar el pago de las remuneraciones, bonificaciones y beneficios del personal militar y policial, estableciendo una unica y nueva escala de ingresos que considera el alto riesgo en el desarrollo de sus labores, el trabajo efectivo y la responsabilidad de sus funciones; Que, el Decreto Legislativo N° 1153 tiene por objeto regular la politica integral de las compensaciones y entregas economicas del personal de la salud al servicio del Estado; Que, mediante el Oficio Nº 1097-2013-MINDEF/MD el Ministerio de Defensa ha solicitado una transferencia de recursos por la suma de TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y UN MIL CIENTO SESENTA Y DOS Y 22/100 NUEVOS SOLES (S/. 377 581 162,22), para financiar costos diferenciales

en el MORDAZA de lo dispuesto en los Decretos Legislativos N°s. 1132 y 1153; Que, de acuerdo a la informacion registrada en el Aplicativo Informatico para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Publico, y la proporcionada por el pliego Ministerio de Defensa y en aplicacion a lo dispuesto en los Decretos Legislativos N°s. 1132 y 1153, los costos diferenciales en el MORDAZA de lo dispuesto en los Decretos Legislativos citados, en el pliego 026 Ministerio de Defensa ascienden a la suma total de NOVENTA Y OCHO MILLONES DIECIOCHO MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 98 018 164,00); Que, en consecuencia, es necesario autorizar una Transferencia de Partidas hasta por la suma total de NOVENTA Y OCHO MILLONES DIECIOCHO MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 98 018 164,00), destinada al financiamiento de los costos diferenciales en el MORDAZA de lo dispuesto en los Decretos Legislativos N°s. 1132 y 1153 a favor del pliego Ministerio de Defensa, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas; considerando que la citada suma total no ha sido prevista en el Presupuesto Institucional del presente ano del pliego Ministerio de Defensa; De conformidad con lo establecido en el articulo 45 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, los Decretos Legislativos Nºs. 1132 y 1153; DECRETA: Articulo 1º.- Transferencia de Partidas Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, hasta por la suma total de NOVENTA Y OCHO MILLONES DIECIOCHO MIL CIENTO SESENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 98 018 164,00), destinada a financiar los costos diferenciales en el MORDAZA de lo dispuesto en los Decretos Legislativos N°s. 1132 y 1153 a favor del pliego Ministerio de Defensa, de acuerdo al siguiente detalle:

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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