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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (22/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 3

El Peruano Domingo 22 de diciembre de 2013 510261 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Crean el Grupo de Trabajo encargado de efectuar las acciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la Septuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 343-2013-MINCETUR Lima, 19 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, la Sexagésima Sétima Disposición Complementaria y Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, modifi có el artículo 4º de la Ley Nº 29890, en el extremo que las Ofi cinas Comerciales del Perú en el exterior dependan orgánicamente y administrativamente de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, estando a cargo del concurso público de méritos para la selección de consejeros y agregados económicos comerciales; Que, la Septuagésima Quinta Disposición Complementaria y Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 dispuso que, a partir del Año Fiscal 2014, las Ofi cinas Comerciales del Perú en el Exterior (OCEX) dependan funcional, administrativa y orgánicamente del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, la norma referida en el considerando precedente establece que las modificaciones presupuestarias en el nivel institucional que se generen como consecuencia de lo dispuesto en el párrafo precedente se aprueban mediante Decreto Supremo, refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y la ministra de Comercio Exterior y Turismo, a propuesta de esta última, en un plazo de sesenta (60) días calendario y que en el mismo plazo se transfiere el personal, los recursos financieros, bienes, servicios y el acervo documentario al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, conforme las disposiciones legales sobre la materia; Que, atendiendo lo expuesto, y a fi n de materializar la transferencia de las Ofi cinas Comerciales del Perú en el Exterior al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en el marco de la Septuagésima Quinta Disposición Complementaria y Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, resulta necesario constituir un Grupo de Trabajo para dicho fi n, el cual deberá cumplir con efectuar las acciones necesarias para el proceso de transferencia; De conformidad con la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005- 2002-MINCETUR; REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN