Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2013 (22/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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SE RESUELVE: Articulo 1º.- Objeto de la MORDAZA Crease el Grupo de Trabajo encargado de efectuar las acciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en la Septuagesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014. Articulo 2º.- Conformacion, instalacion del Grupo de Trabajo designacion e

El Peruano MORDAZA 22 de diciembre de 2013

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 a favor de Gobiernos Regionales, para financiar el pago de asignacion por tiempo de servicios y subsidio por luto y sepelio
DECRETO SUPREMO N° 341-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el articulo 2 de la Ley N° 30097, Ley para el Financiamiento de Programas y Actividades prioritarios en materia Educativa y Deportiva, se autoriza al Ministerio de Educacion a efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programatico hasta por la suma de CIENTO VEINTISIETE MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 127 000 000,00), para financiar el costo diferencial de la implementacion de la asignacion por tiempo de servicios, compensacion por tiempo de servicios y el subsidio por luto y sepelio, establecidos en la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, asi como el pago de las asignaciones adicionales por encargaturas de funcion directiva y/o jerarquica de los profesores actualmente en MORDAZA, provenientes del regimen de la Ley N° 29062, Ley que modifica la Ley del Profesorado en lo referido a la MORDAZA Publica Magisterial, que correspondan al presente Ano Fiscal 2013 a nivel nacional. Para tal fin, se exceptua al Pliego 010 Ministerio de Educacion de lo dispuesto en el numeral 9.1 y 9.2 del articulo 9 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, asi como del literal c) del numeral 41.1 del articulo 41 y del articulo 80 del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N" 304-2012-EF; Que, asimismo, la citada MORDAZA dispone que, con la finalidad que los Gobiernos Regionales se encuentren en capacidad de financiar el pago de los mencionados beneficios, el Ministerio de Educacion queda autorizado a realizar modificaciones presupuestarias a nivel institucional a favor de los mismos, hasta por la suma de CIENTO TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CIENTO TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 103 266 130,00); senalando que dichas transferencias de recursos se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Educacion, a pedido de este ultimo; Que, mediante la Cuadragesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, se autoriza al Ministerio de Educacion y a los Gobiernos Regionales, durante el Ano Fiscal 2014, a implementar lo dispuesto en el literal b) de la Decima Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, quedando autorizados al pago de los beneficios de asignacion por tiempo de servicios, y subsidio por luto y sepelio a partir del Ano Fiscal 2013 en adelante, en virtud de lo cual unicamente para efectuar el pago de estos ultimos beneficios, esta disposicion entra en vigencia al dia siguiente de la publicacion de la citada Ley; asimismo, la citada MORDAZA dispone que para efecto de lo establecido en la presente disposicion el Ministerio de Educacion queda exonerado de las disposiciones legales que se opongan o limiten su aplicacion; Que, mediante Decreto Supremo N° 309-2013-EF, se fija en TRES MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 000,00) el monto unico del Subsidio por Luto y Sepelio a otorgarse a los profesores comprendidos en la MORDAZA Publica Magisterial a que se refiere la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; Que, mediante Oficio N° 2705-2013-MINEDU/ SG, el Ministerio de Educacion remite para el tramite correspondiente, un proyecto de Decreto Supremo que autoriza transferencia de partidas del pliego Ministerio de Educacion a favor de los pliegos de los Gobiernos

2.1 El Grupo de Trabajo esta integrado por los siguientes funcionarios: Cuatro (04) representantes del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo: - Secretaria General, quien la presidira. - Director General de la Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo, en calidad de Secretario Tecnico. - Directora General de la Oficina General de Administracion. - Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica. Cinco (05) representantes de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo: - Directora Ejecutiva (e). - Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. - Jefa de la Oficina General de Administracion. - Jefe de la Oficina de Asesoria Juridica. - Director de las OCEX. 2.2 El Grupo de Trabajo debera instalarse al dia siguiente de publicada la presente Resolucion. Articulo 3.- Incorporacion de recursos en el pliego de PROMPERU Las modificaciones presupuestarias que se generen como consecuencia de lo dispuesto en la Septuagesima MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2014, se coordinaran con la Direccion General de Presupuesto Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, previamente a su aprobacion en el MORDAZA de la autorizacion otorgada en la citada norma. Articulo 4.- Funciones del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo tendra las siguientes funciones: 4.1 Programar, implementar y dar seguimiento al MORDAZA de transferencia, cuyas conclusiones o acuerdos deberan ser recogidos en actas debidamente suscritas. 4.2 Determinar el personal, acervo documentario, inventarios de bienes, la logistica, los recursos financieros y presupuestales y otros que pudiesen corresponder, que estuvieran destinados a la ejecucion de las funciones y competencias de las OCEX en la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo; y que deberan ser transferidos al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. 4.3 Convocar a funcionarios o servidores de las dependencias de las entidades involucradas cuando sea necesario. 4.4 Emitir el Informe Final en el que se plasmara las principales actividades llevadas a cabo para la implementacion del MORDAZA de transferencia y las conclusiones y recomendaciones que se consideren pertinentes, adjuntando los inventarios y actas elaboradas durante el MORDAZA, el mismo que sera presentado ante la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, luego de lo cual culminaran sus funciones. 4.5 Las demas funciones que resulten necesarias para llevar a cabo el objeto senalado en la presente Resolucion. Articulo 5º.- Financiamiento del Grupo de Trabajo El funcionamiento del Grupo de Trabajo no demandara recursos adicionales al tesoro publico. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VELARDE-ALVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1030516-1

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