Norma Legal Oficial del día 22 de diciembre del año 2013 (22/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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del Sistema Nacional de Bienes Estatales aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA. Articulo 4º.- La MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la inscripcion de los actos contenidos en la presente resolucion en el Registro de Predios de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal 1030572-3 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 293-2013/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 18 de Diciembre de 2013 Visto el Expediente Nº 572-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 477 730,02 m², ubicado hacia el lado Este, a la altura del Km. 62 de la Carretera Panamericana Norte- Variante Pasamayo, en el distrito de Aucallama, provincia de Huaral y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, mediante Informe Nº 160-2013/SBN-DGPESDS, de fecha 27 de MORDAZA de 2013, la Subdireccion de Supervision de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales dio cuenta de los resultados de la supervision efectuada al area de 26 951,51 m², la cual senala se encontraria sin inscripcion registral; Que, de acuerdo al diagnostico tecnico efectuado en gabinete y del sistema de medicion con la que cuenta esta Superintendencia, se establecio que el area determinada mediante Informe Nº 160-2013/SBN-DGPE-SDS de 26 951,51 m², corresponde a un area real de 477 730,02 m²; Que, solicitada la consulta catastral pertinente, la MORDAZA Registral NºIX ­ Sede Lima- Oficina Registral de Huaral, con Oficio Nº 2620-2013-SUNARP-Z.R.NºIX/HRL de fecha 28 de Noviembre de 2013 remitio el Certificado de Busqueda Catastral sobre la base del Informe Tecnico Nº 15828-2013-SUNARP-Z.R.NºIX/OC, en el que senala que el predio en consulta se ubica en zonas donde en la base grafica de la Oficina de Catastro no se han identificado anotaciones registrales; Que, realizada la inspeccion tecnica con fecha 05 de Setiembre de 2013, se verifico que el predio es de naturaleza eriaza, con suelos de textura arenosa, ocupado parcialmente por chozas, no encontrandose habitantes; Que, el Articulo 23º de la Ley Nº 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales" establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 477 730,02 m², de conformidad con el Articulo 38º del Reglamento de la Ley Nº 29151, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y la Directiva Nº 001-2002/SBN, modificada por la Directiva Nº 0032004/SBN, que regulan el tramite de inscripcion de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Articulo 44º del "Reglamento de Organizacion y Funciones de la SBN" aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010-VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdireccion de

El Peruano MORDAZA 22 de diciembre de 2013

Administracion del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisicion y administracion de los bienes estatales bajo su competencia, asi como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modificatorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Tecnico Legal Nº 0362-2013/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 10 de diciembre de 2013. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 477 730,02 m², ubicado hacia el lado Este, a la altura del Km. 62 de la Carretera Panamericana Norte- Variante Pasamayo, en el distrito de Aucallama, provincia de Huaral y departamento de Lima; segun el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente Resolucion. Articulo 2º.- La MORDAZA Registral Nº IX - Sede MORDAZA de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el articulo precedente, en el Registro de Predios de Huaral. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA WONG Subdirector de Administracion del Patrimonio Estatal 1030572-4 SUBDIRECCION DE ADMINISTRACION DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCION Nº 294-2013/SBN-DGPE-SDAPE San MORDAZA, 18 de Diciembre de 2013 Visto el Expediente Nº 573-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al tramite de primera inscripcion de dominio a favor del Estado del terreno de 636 265,90 m², ubicado hacia el lado Oeste, a la altura del Km. 62 de la Carretera Panamericana Norte- Variante Pasamayo, en el distrito de Aucallama, provincia de Huaral y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisicion, disposicion, administracion y registro de los bienes estatales a nivel nacional, asi como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, mediante Informe Nº 160-2013/SBN-DGPESDS, de fecha 27 de MORDAZA de 2013, la Subdireccion de Supervision de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales dio cuenta de los resultados de la supervision efectuada al area de 639 413,95 m², la cual senala se encontraria sin inscripcion registral; Que, de acuerdo al diagnostico tecnico efectuado en gabinete y del sistema de medicion con la que cuenta esta Superintendencia, se establecio que el area determinada mediante Informe Nº 160-2013/SBNDGPE-SDS de 639 413,95 m², corresponde a un area real de 636 265,90 m²; Que, solicitada la consulta catastral pertinente, la MORDAZA Registral NºIX ­ Sede Lima- Oficina Registral de Huaral, con Oficio Nº 2620-2013-SUNARP-Z.R.NºIX/HRL de fecha 28 de Noviembre de 2013 remitio el Certificado de Busqueda Catastral sobre la base del Informe Tecnico Nº 15829-2013-SUNARP-Z.R.NºIX/OC, en el que senala que el predio en consulta se ubica en zonas donde en la base grafica de la Oficina de Catastro no se han identificado anotaciones registrales;

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