Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2013 (25/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Miercoles 25 de diciembre de 2013

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con el personal encargado del control administrativo y documentario, que coadyuve a las funciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 028-2006-DE/SG; Que, mediante Oficio Nº 2121 /ORIE/c 3 del 16 de setiembre de 2013, Oficio Nº 2158 /ORIE/c3 del 19 de setiembre de 2013, el Ejercito del Peru comunica que el senor General de Ejercito Comandante General del Ejercito, propone para el Ano Fiscal 2014, el nombramiento de seis (06) Tecnicos Auxiliares a las Agregadurias de Defensa y Militar a las Embajadas del Peru en el Reino Unido de Gran Bretana e Irlanda del Norte, Canada, Republica MORDAZA, Estados Unidos Mexicanos, la Republica de Corea y la Republica Federal de Alemania, concurrente en MORDAZA y Republica Checa, para lo cual confirma la existencia de sus correspondientes presupuestos; Que, mediante Oficio Nº G.500-3589 del 13 de setiembre de 2013, la MORDAZA de MORDAZA del Peru, solicita crear el cargo de Agregado de Defensa y MORDAZA a la Embajada del Peru en Canada debido al importante incremento de las relaciones de la MORDAZA de MORDAZA del Peru con la MORDAZA Real Canadiense; asi como el cargo de Auxiliar a la Agregaduria propuesta a fin de coadyuvar a las funciones del Agregado de Defensa y Naval; Que, mediante Oficio NC-170-SGFA-COPE-Nº 35787 del 28 de agosto de 2013, la Fuerza Aerea del Peru solicita crear los cargos de Agregado de Defensa y Aereo a las Embajadas del Peru en la Republica Bolivariana de Venezuela y en el Reino de Espana, a fin de fortalecer la cooperacion bilateral en el MORDAZA de la Defensa con ambos paises, para lo cual es preciso crear los cargos de Auxiliares a las Agregadurias propuestas; Que, mediante Oficio Nº 3012/DRIE/c 3 del 03 de diciembre de 2013, el Ejercito del Peru solicita se priorice la creacion de los cargos de Agregado de Defensa y Militar y Auxiliar de Agregaduria para el funcionamiento en la Agregaduria de Defensa a la Embajada del Peru en Canada y Auxiliar de Agregaduria en las Agregadurias de Defensa en la Republica MORDAZA, Estados Unidos Mexicanos y en la Republica de Corea; dejando pendiente la creacion de los cargos de Agregado de Defensa y Militar y Auxiliar de Agregaduria, en el Reino Unido de Gran Bretana e Irlanda del Norte y en la Republica Federal de Alemania, cargos considerados en el Oficio Nº 2121 /ORIE/c 3 del 16 de setiembre de 2013; Que, en atencion a lo MORDAZA expuesto es necesario aprobar los cargos de Auxiliar de Agregaduria a desempenar por el personal tecnico a partir del 01 de febrero de 2014 y por un periodo MORDAZA de dos (02) anos; De conformidad con lo dispuesto por el inciso (8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y en concordancia con la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; el Decreto Legislativo Nº 1144, Decreto Legislativo que regula la situacion militar de los Supervisores, Tecnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas; y el Decreto Supremo Nº 028-2006-DE/SG que aprueba el Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Mision Diplomatica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Crear las vacantes de los cargos a desempenar por Personal Tecnico de las Fuerzas Armadas, a partir del 01 de febrero de 2014 y por un periodo MORDAZA de dos (02) anos en las Agregadurias de Defensa a las Misiones Diplomaticas del Peru en el exterior, de acuerdo al siguiente detalle: 1. Auxiliar a la Agregaduria de Defensa y Militar a la Embajada del Peru en la Republica MORDAZA (EP). 2. Auxiliar a la Agregaduria de Defensa y Militar a la Embajada del Peru en Canada (EP). 3. Auxiliar a la Agregaduria de Defensa y Militar a la Embajada del Peru en la Republica de Corea (EP). 4. Auxiliar a la Agregaduria de Defensa y Militar a la Embajada del Peru en los Estados Unidos Mexicanos (EP). 5. Auxiliar a la Agregaduria de Defensa y MORDAZA a la Embajada del Peru en Canada (MGP). 6. Auxiliar a la Agregaduria de Defensa y Aerea a la Embajada del Peru en el Reino de Espana (FAP). 7. Auxiliar a la Agregaduria de Defensa y Aerea a

Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Defensa. Registrese comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1031886-4

Crean vacantes de los cargos a desempenar por Personal Tecnico de las Fuerzas Armadas en las Agregadurias de Defensa a las Misiones Diplomaticas del Peru en el exterior
RESOLUCION SUPREMA Nº 783-2013-DE/ MORDAZA, 24 de diciembre de 2013 Visto : El Informe Nº 345-2013 DGRIN­AL del 13 de noviembre de 2013, del Asesor Legal de la Direccion General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa; y, CONSIDERANDO: Que el tercer parrafo del articulo 14º del Decreto Legislativo Nº 1144 que regula la Situacion Militar de los Supervisores, Tecnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas, establece que solo el personal en situacion de actividad podra postular y ser seleccionado para ocupar un cargo en el exterior de la Republica, en representacion de su Institucion, hasta un (01) ano MORDAZA de estar incurso en las causales para el pase al retiro previstas en los articulos 42º y 43º del presente Decreto Legislativo. Asimismo, tendran los mismos derechos que el personal auxiliar del Ministerio de Relaciones Exteriores, establecidos en la MORDAZA que regule la materia. Que, los cargos que desempena el personal militar de las Fuerzas Armadas son entre otros, el de Auxiliar de Agregadurias que es ejercido por un Tecnico de las Fuerzas Armadas; Que, el inciso b) del articulo 8º del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Mision Diplomatica, aprobado por Decreto Supremo Nº 0282006-DE/SG, de fecha 13 de diciembre de 2006, establece que los cargos a desempenar por el personal militar, se estableceran mediante Resolucion Suprema, refrendada por el Ministro de Defensa; Que, la propuesta tendra en consideracion la dependencia tecnica, logistica y relaciones existentes entre las Instituciones Armadas con los diferentes paises, Organismos Internacionales y entidades especializadas; Que, el articulo 9º del mismo Reglamento dispone que el nombramiento del personal militar es por un periodo MORDAZA de dos (02) anos; Que, es necesario dotar a las Agregadurias de personal tecnico para que cumpla funciones administrativas, permitiendo su funcionamiento dentro de los niveles de seguridad correspondientes; Que, mediante Informe Nº 005/ORIE/c 3 del 20 de agosto de 2013, el Ejercito del Peru solicita crear los cargos de Agregado de Defensa a la Embajada del Peru en el Reino Unido de Gran Bretana e Irlanda del Norte, Republica Federal de Alemania y Canada, paises con los que es necesario profundizar los proyectos de cooperacion en el ambito de la Defensa; para lo cual es preciso crear los cargos de Auxiliares a las Agregadurias propuestas a fin de coadyuvar a las funciones de los Agregados de Defensa y desempenar las tareas de control administrativo y documentario; Que, con el Oficio indicado en el parrafo anterior, el Ejercito del Peru, solicita ademas crear los cargos de Auxiliar de Agregaduria de Defensa y Militar a las misiones Diplomaticas del Peru en la Republica MORDAZA, Estados Unidos Mexicanos y la Republica de Corea, donde los Agregados de Defensa y Militares no cuentan

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