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El Peruano Miércoles 25 de diciembre de 2013 510846 en anexo adjunto forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Publicar la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano y su anexo en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www. produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción 1031881-1 Disponen la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial, y su exposición de motivos, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 364-2013-PRODUCE Lima, 23 de diciembre de 2013 VISTOS: El Memorando Nº 1525-2013-PRODUCE/ DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Informe N° 138-2013-PRODUCE/DVMYPE- I/DIGEDEPRO de la Dirección General de Desarrollo Productivo, el Memorando N° 1553-2013-PRODUCE/ DVMYPE-I/DGPR y el Informe N° 038-2013-PRODUCE/ DVMYPE-I/DGPR-jsullca, ambos de la Dirección General de Políticas y Regulación y el Informe Nº 77-2013- PRODUCE/OGAJ-sparedes de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, según el artículo 59 de la Constitución Política del Perú, el Estado estimula la creación de riqueza y garantiza la libertad de trabajo y libertad de empresa, comercio e industria, y brinda oportunidades de superación a los sectores que sufren cualquier desigualdad; Que, de acuerdo a lo previsto en la Ley N° 29271, el Ministerio de la Producción es el sector competente en materia de promoción y desarrollo de cooperativas, transfi riéndosele las funciones y competencias sobre micro y pequeña empresa; Que, mediante la Ley Nº 30056, Ley que modifi ca diversas leyes para facilitar la inversión, impulsar el desarrollo productivo y el crecimiento empresarial, se establecen medidas que inciden directamente en el marco regulatorio de las micro, pequeñas y medianas empresa - MIPYME; Que, conforme a lo señalado en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Resolución Ministerial N° 343-2012- PRODUCE, corresponde a la Dirección General de Desarrollo Productivo del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, proponer a la Dirección General de Políticas y Regulación, normas, reglamentos, entre otros, en el marco de sus competencias; Que, en dicho contexto, a través del Informe de Vistos, la Dirección General de Desarrollo Productivo del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria propone la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial; Que, el numeral 1 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, señala entre otros aspectos, que las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario Ofi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su vigencia, a fi n de permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, en tal sentido, a efectos de recibir las respectivas opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía, resulta conveniente disponer la publicación del proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción; Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de las Direcciones Generales de Desarrollo Productivo, Políticas y Regulación y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su Reglamento, aprobado por Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación del proyecto Disponer la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial, en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe), así como la correspondiente exposición de motivos, por el plazo de diez (10) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial “El Peruano”, a efectos de recibir las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía. Artículo 2.- Mecanismo de Participación Encargar a la Dirección General de Desarrollo Productivo del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción, recibir, procesar y sistematizar las propuestas o sugerencias que se presenten, las cuales deben ser remitidas por escrito al Ministerio de la Producción, sito en la Calle Uno Oeste N° 060, Urbanización Córpac, San Isidro y/o a la dirección electrónica reglamentomipyme@ produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción 1031856-1 SALUD Aprueban “Norma Técnica de Salud para la Atención Integral de Salud Materna” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 827-2013/MINSA Lima, 24 de diciembre del 2013 Visto, el Expediente Nº 13-039117-003, que adjunta el Informe N° 458-2013-DGSP-EVN/MINSA, de la Dirección General de Salud de las Personas del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés