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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de enero de 2013 485545 Artículo 4º.- Disponer que la presente Resolución y su Anexo “Plan Operativo Institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables” correspondiente al Año Fiscal 2013, sean publicados en el portal institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www. mimp.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 885417-1 PRODUCE Aprueban Reglamento Interno de la Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 015-2013-PRODUCE Lima, 2 de enero 2013 VISTOS: el Informe Técnico Nº 018-2012-PRODUCE/ CLCDAP-ST e Informe Nº 013-2012-PRODUCE/CLCDAP de la Secretaría Técnica de la Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería, los Memorandos Nºs. 01825-2010-PRODUCE/DVMYPE-I y 2321-2012- PRODUCE/DVMYPE-I del Viceministerio de MYPE e Industria y el Informe Nº152-2012-PRODUCE/OGAJ- igonzalez de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Producción; y CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27595 y normas modifi catorias, se creó la Comisión de Lucha contra el Contrabando y la Defraudación de Rentas de Aduana, actualmente denominada Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería; Que, el artículo 2º de la Ley Nº 29013 – Ley que modifi ca la conformación de la Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería dispone que esta Comisión funciona con carácter permanente y se encuentra adscrita al Ministerio de la Producción; Que, en la 12ª Sesión de la Comisión, efectuada el 17 de febrero de 2005, se aprobó el Reglamento Interno, el cual fue dejado sin efecto mediante Acuerdo Nº 06-2007 de la 19ª Sesión de la Comisión, efectuada el 29 de mayo de 2007; Que, en la 21ª Sesión de la referida Comisión, efectuada el 16 de noviembre de 2009 se aprobó la modifi cación parcial de trece artículos del Reglamento Interno de la Comisión; Que, en la 25ª Sesión de la referida Comisión, efectuada el 29 de noviembre de 2010 se aprobó la creación de una Coordinación de Área denominada “Comité Ejecutivo” de la Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería, conllevando ello a la modifi cación parcial del Reglamento Interno de la Comisión; Que, en atención a las modifi caciones señaladas y a la creación del Comité Ejecutivo, se ha modifi cado el Reglamento Interno de la Comisión, por lo que se resulta adecuado proceder a la aprobación de un texto integrado que contenga tales modifi caciones, a fi n de contar con un instrumento jurídico idóneo y actualizado de conformidad con lo previsto en la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2006-JUS; Que, de conformidad con el numeral 3 del artículo 36º de la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, las Comisiones Multisectoriales de naturaleza permanente cuentan con un Reglamento Interno aprobado por Resolución Ministerial del Sector al cual están adscritas; siendo pertinente adecuar el trámite de la presente modifi cación parcial del Reglamento Interno de la Comisión, a los alcances de la citada Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 003-2012- PRODUCE, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27595, modifi cada por las Leyes Nºs. 28289 y 29013, a través de la cual, se creó la Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería, establece que el Reglamento Interno o sus modifi caciones serán aprobados por Resolución Ministerial del Ministro de la Producción a propuesta de la Comisión; Que, en la 28ª Sesión de la referida Comisión, efectuada el 30 de octubre de 2012 se aprobó el texto fi nal del Reglamento Interno de la Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería formulado por la Secretaría Técnica de la Comisión conforme a lo establecido en el artículo 7º del Decreto Supremo Nº 003- 2012-PRODUCE; Con el visado del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, así como de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1047 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y la Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE – Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación Aprobar el Reglamento Interno de la Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería, que consta de dos (2) Títulos, nueve (9) Capítulos, treinta y un (31) Artículos y una Disposición Complementaria Final, que como anexo forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Publicación El Reglamento Interno de la Comisión de Lucha contra los Delitos Aduaneros y la Piratería deberá ser publicado en el portal institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe) en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. GLADYS TRIVEÑO CHAN JAN Ministra de la Producción 884846-1 SALUD Asignan a profesionales del Ministerio de Salud en diversos cargos RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1016-2012/MINSA Lima, 28 de diciembre del 2012 Visto, el Expediente Nº 12-094372-001, que contiene la Nota Informativa N° 595-2012-OGGRH/ MINSA, remitida por el Director General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 020-2012-SA, de fecha 9 de julio de 2012, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Salud, el cual contiene un total de 1361 cargos califi cados y clasifi cados por la Entidad; Que, en el citado Cuadro para Asignación de Personal, al cargo de Jefe/a de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial se le ha denominado como Jefe/a de Gabinete; así como a los cargos de Asesor de Alta Dirección del Despacho Ministerial, Despacho Viceministerial y Secretaría General se les ha denominado como Ejecutivo/ a Adjunto/a II;