Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2013 (07/01/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano MORDAZA, lunes 7 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

485665

Preparatoria; asi como por su naturaleza y complejidad, resulta necesario adoptar las medidas pertinentes para que el organo jurisdiccional correspondiente este integrado por un Juez Supremo Provisional a exclusividad, a fin de dar mayor celeridad y eficacia a las causas bajo su competencia. Tercero. Que, al respecto, mediante Resolucion Administrativa N° 153-2012-CE-PJ, de fecha 6 de agosto del ano proximo pasado, se designo a un Juez Superior Titular en el cargo de Juez Supremo Instructor y, en su caso, Juez Supremo de la Investigacion Preparatoria, a dedicacion exclusiva, hasta el 31 de diciembre de 2012. Cuarto. Que, ademas de lo expuesto, y por razones de especialidad, el referido Juez Supremo Provisional debe intervenir en las MORDAZA Penales del Supremo Tribunal cuando se produzcan impedimentos, discordias, vacaciones y/o licencias. En consecuencia, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con cargo a dar cuenta al Organo de Gobierno de este Poder del Estado. RESUELVE: Articulo Primero.- Designar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en el cargo de Juez Supremo Instructor y, en su caso, Juez Supremo de la Investigacion Preparatoria, a dedicacion exclusiva, a partir del 2 de enero al 31 de diciembre del ano en curso. El nombrado Juez Supremo Provisional intervendra en las MORDAZA Penales de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por impedimento, vacaciones y/o licencias de sus integrantes; asi como en las discordias que se pudieran presentar. Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio Publico, Ministerio de Justicia, Ministerio del Interior, Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente

885416-5

GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Aprueban constitucion de la Comision Consultiva de Transporte y MORDAZA de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDIA Nº 019-2012-MPC-AL
Callao, 28 de diciembre de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO: CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru, concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Organica de Municipalidades, senala en sus articulos 194° y 195° que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo competentes para organizar,

reglamentar y administrar los servicios publicos locales de su responsabilidad; Que, la Ley Organica de Municipalidades N° 27972, senala en su articulo 81º numeral 1.4, que son funciones exclusivas de las Municipalidades Provinciales en materia de MORDAZA, vialidad y transporte publico, la de normar y regular el transporte publico y otorgar las correspondientes licencias o concesiones de rutas para el transporte de pasajeros, asi como regular el transporte de carga e identificar las vias y rutas establecidas para tal efecto; Que, la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre N° 27181, establece los lineamientos generales y economicos, organizacionales y reglamentarios del transporte y MORDAZA terrestre, senalando en su articulo 17°, que las Municipalidades Provinciales, en su respectiva jurisdiccion y de conformidad a las leyes y reglamentos nacionales, tienen facultades de caracter normativo, de gestion y fiscalizacion en materia de transporte y MORDAZA terrestre, las cuales se encuentran debidamente consagradas en la Constitucion Politica del Estado; Que, el Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC, Reglamento Nacional de Administracion de Transporte, otorga a los Gobiernos Provinciales competencia en materia de transporte y MORDAZA dentro de su jurisdiccion, asimismo, faculta a las mismas a dictar normas complementarias aplicables al citado ambito territorial, sujetandose a lo previsto en la Ley, el Decreto Supremo N° 017-2009-MTC y demas Reglamentos Nacionales, no debiendo estos trasgredir o desnaturalizar las disposiciones nacionales en materia de transporte; Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2010-MTC, se modifica el Reglamento Nacional de Administracion de Transporte, disponiendo en su Vigesima Cuarta Disposicion Complementaria Transitoria, la conformacion de una Comision Consultiva conformada por representantes de los transportistas autorizados, asociaciones de usuarios, Policia Nacional del Peru, y otros miembros de la sociedad civil, cuya participacion se considere necesaria, la cual se reunira previa convocatoria de la autoridad competente para tratar temas relacionados al desarrollo del transporte y MORDAZA provincial; Que, en tal sentido, la Gerencia General de Transporte MORDAZA recomienda la conformacion de la Comision Consultiva como organo de coordinacion interinstitucional entre los sectores gremiales del transporte y la autoridad competente, para evaluar, desarrollar y proponer medidas que permitan el desarrollo de los servicios de transporte a estandares de calidad y eficiencia y del mejoramiento de las condiciones del transporte en la Provincia Constitucional del Callao; Estando a lo expuesto, con la visacion de la Gerencia General de Transporte MORDAZA, Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion y Gerencia Municipal, en ejercicio de las facultades conferidas por el articulo 20° de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972: DECRETA: Articulo 1º.- Apruebese, la constitucion de la Comision Consultiva de Transporte y MORDAZA de la Municipalidad Provincial del Callao, la cual estara conformada de la siguiente manera: - El Gerente General de Transporte MORDAZA de la Municipalidad Provincial del Callao, quien la presidira. - Un representante de la Comision de Transportes del Concejo Provincial del Callao. - Un representante de la Policia Nacional del Peru. - Un representante de la Asociacion de Empresas del Sindicato de Transportistas del Callao - ASESTRACA. - Un representante del Consorcio Empresarial del Callao - CONECSA. Cada una de las entidades nombrara a un representante titular y a un representante alterno, quien podra reemplazarlo o asistir conjuntamente a las sesiones de la Comision, quienes en caso de votacion actuaran como uno solo. La Comision Consultiva de Transporte y MORDAZA de la Municipalidad Provincial del Callao, en delante se le denominara la Comision. Articulo 2º.- La Comision sera presidida por el Gerente General de Transporte MORDAZA, el mismo que tendra las siguientes atribuciones:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.