Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2013 (07/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 7 de enero de 2013

se otorgo permiso de pesca a los armadores MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA de nombre "MI MORDAZA OSWALDO" de matricula PL-3448CM, de arqueo neto 23.36 y de 97.44 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino para el consumo humano directo e indirecto, y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, utilizando redes de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ y 1 ½ pulgada (13 mm) y (38 mm), segun corresponda, en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (05) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina y fuera de las diez (10) millas marinas adyacentes a la costa para el caso de los recursos jurel y caballa; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 494-2007PRODUCE/DGEPP, de fecha 12 de noviembre de 2007, se dispuso la caducidad del permiso de pesca, unicamente en el extremo referido a la extraccion de los recursos jurel y caballa para consumo humano directo; Que, a traves del escrito de registro Nº 00003377-2012 y Adjunto 1, de fecha 11 de enero y 17 de febrero de 2012, respectivamente, presentados por los senores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA NIZAMA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicitan autorizacion de incremento de flota via sustitucion de capacidad de bodega de la embarcacion pesquera "MI MORDAZA OSWALDO" con matricula PL-3448-CM; Que, mediante escrito de registro Nº 00003377-2012 - Adjunto 2, con firmas certificadas de los administrados, presentan su desistimiento a la solicitud de autorizacion de incremento de flota via sustitucion de capacidad de bodega, iniciado con escrito de registro Nº 000033772012, de fecha 11 de enero de 2012; Que, de conformidad con lo senalado en el articulo 189° de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que: "El desistimiento podra hacerse por cualquier medio que permita su MORDAZA y senalando su contenido y alcance. Debe senalarse expresamente si se trata de un desistimiento de la pretension o del procedimiento, sino se precisa se considera que se trata de un desistimiento del procedimiento. Asimismo, se podra realizar en cualquier momento MORDAZA de que se notifique la resolucion final en la instancia"; Que, el numeral 115.2 del articulo 115 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General establece que "para el desistimiento de la pretension o del procedimiento, acogerse a las formas de terminacion convencional del procedimiento o, para el cobro de dinero, es requerido poder especial indicando expresamente el o los actos para los cuales fue conferido. El poder especial es formalizado a eleccion del administrado, mediante documento privado con firmas legalizadas ante notario o funcionario publico autorizado para el efecto, asi como mediante declaracion en comparecencia personal del administrado y representante ante la autoridad"; Que, de la evaluacion efectuada al expediente administrativo y de la solicitud sobre desistimiento, se ha podido observar que los recurrentes son los mismos que presentaron la solicitud de autorizacion de incremento de flota via sustitucion de capacidad de bodega; asimismo, la solicitud de desistimiento cuenta con la firma legalizada de todos los solicitantes; en tal sentido, es pertinente aceptar el desistimiento de la solicitud presentada por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA NIZAMA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA ALVAREZ; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto mediante Informe Tecnico Nº 583-2012PRODUCE/DGEPP-Dchi e Informe Legal Nº 287 -2012PRODUCE/DECHI; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2009-PRODUCE y sus modificatorias; y En uso de las facultades otorgadas por el articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado

por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el articulo 70° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 3432012-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- ACEPTAR el desistimiento de la solicitud de autorizacion de incremento de flota via sustitucion de capacidad de bodega, ingresado con escrito de registro Nº 00003377-2012, de fecha 11 de enero de 2012, formulado por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA NIZAMA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulado mediante escrito de registro Nº 00003377-2012- Adjunto Nº 2, de fecha 19 de junio de 2012. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA GRANDA Directora General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Indirecto (e)

885410-3

Otorgan a Pesquera Exalmar S.A.A. permiso de pesca para operar embarcaciones en la extraccion de anchoveta
RESOLUCION DIRECTORAL N° 022-2012-PRODUCE/DGCHI
MORDAZA, 30 de noviembre de 2012 Visto: Los escritos con Registro Nº 00104266-2011, del 12 de diciembre de 2011, Adjuntos Nº 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 de fechas 11, 23 y 30 de MORDAZA, 20 de MORDAZA, 06 de agosto, 18 de setiembre y 15 de noviembre del 2012 respectivamente, presentados por PESQUERA EXALMAR S.A.A; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 055-2011PRODUCE/DGEPP, de fecha 02 de febrero del 2011, se aprobo a favor de la empresa PESQUERA EXALMAR S.A., el cambio de titular de permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA I con matricula PL-12465-CM de 72.43 m3 de capacidad de bodega, solo en la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, y en los demas terminos y condiciones en que fue otorgado por Resolucion Directoral Nº 018-2000CTAR-ANCASH/DRP-CH de fecha 13 de noviembre del 2000, modificada por Resolucion Directoral Nº 003-2005-REGIONANCASH/DIREPRO, de fecha 10 de febrero de 2005, por las consideraciones expuestas en la indicada resolucion; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 094-2011PRODUCE/DGEPP, de fecha 16 de febrero del 2011, se aprobo a favor de la empresa PESQUERA EXALMAR S.A., el cambio de titular de permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada MORDAZA II con matricula PT-5827-CM de 38.53 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto, y los recursos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo, y en los demas terminos y condiciones en que fue otorgado; Que, a traves del articulo 2° de la Resolucion Directoral Nº 121-2011-PRODUCE/DGEPP de fecha 25 de febrero del 2011, se modifico el articulo 1° de la Resolucion Directoral Nº 094-2011-PRODUCE/DGEPP, y aprobo a favor de la empresa PESQUERA EXALMAR S.A., el cambio de titular de permiso de pesca de la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada MORDAZA II con matricula PT-5827CM de 38.53 m3 de capacidad de bodega, para dedicarse a la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto, y el recurso sardina con destino al consumo humano directo, y en los demas terminos y condiciones en que fue otorgado; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 190-2011PRODUCE/DGEPP de fecha 23 de marzo de 2011, se otorgo a favor de la empresa PESQUERA EXALMAR

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