Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2013 (07/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, lunes 7 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

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consumo humano indirecto, solo se otorgaran siempre que se sustituya igual volumen de capacidad de bodega de la flota existente." (Texto original del articulo vigente el ano 1994); por lo que para su adquisicion a efectos de destinarla para la extraccion de recursos hidrobiologicos, por no tener derecho administrativo alguno, debia de haber obtenido previamente una autorizacion de incremento de flota; Que, no obstante lo expuesto en los considerandos precedentes, debe cumplirse con la exigencia del articulo 208º de la Ley Nº 27444, como requisito de procedibilidad; esto es la exigencia de MORDAZA de nueva prueba en el recurso de reconsideracion, que esta referido a la MORDAZA de un MORDAZA medio probatorio, que justifique la revision del analisis ya efectuado acerca de alguno de los puntos materia de controversia; pues lo que la MORDAZA pretende es que sobre un punto controvertido ya analizado se presenten un MORDAZA medio probatorio, pues solo asi se justifica que la misma autoridad administrativa tenga que revisar su propio analisis; Que, el administrado, al presentar su recurso de reconsideracion ha adjuntado los medios probatorios descritos en el apartado b) del considerando octavo de la presente resolucion, los mismos que no constituyen nueva prueba, por cuanto, estos documentos han sido objeto de evaluacion al evaluar su solicitud de otorgamiento de permiso de pesca; por lo que, el recurrente no cumplio con presentar el requisito del MORDAZA medio probatorio; De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977; el articulo 70º de la Resolucion Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE - Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar IMPROCEDENTE el recurso administrativo de RECONSIDERACION interpuesto por la empresa PESQUERA MORDAZA S. R. Ltda., contra la Resolucion Directoral Nº 306-2012-PRODUCE/DGEPP modificada por la Resolucion Directoral Nº 307-2012PRODUCE/DGEPP, MORDAZA de fecha 01de agosto de 2012;

por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA GRANDA Directora General (e) Direccion General de Extraccion y Produccion Pesquera para Consumo Humano Indirecto

885410-2

Aceptan desistimiento de solicitud de autorizacion de incremento de flota presentado por personas naturales mediante escrito de registro Nº 00003377-2012
RESOLUCION DIRECTORAL N° 020-2012-PRODUCE/DGCHI
MORDAZA 30 de noviembre de 2012 Visto: El expediente con escrito de registro Nº 000033772012, Adjuntos 1 y 2 de fecha 11 de enero, 17 de febrero y 19 de junio de 2012, respectivamente, presentado por los senores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA NIZAMA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA ALVAREZ; el Informe Tecnico Nº 583-2012-PRODUCE/DGEPP-Dchi, de fecha 20 de junio de 2012, Informe Legal Nº 287-2012PRODUCE/DECHI, de fecha 17 de octubre de 2012; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 019-2003-GOB. REG-PIURA/DIREPE-DR, de fecha 23 de enero de 2003,

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